Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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tanto en los tramites de oficio o en los seguidos a solicitud de parte de la Municipalidades de los Centros Poblados de la provincia de Huarochiri, No existiendo excepcion alguna. Salvo disposicion contraria posterior. TITULO III TRAMITE DE ADECUACION Capitulo I DEL TRAMITE DE OFICIO Articulo 20º.- Cuando el tramite es de oficio, la Municipalidad Provincial comunicara mediante oficio al MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado de su jurisdiccion, a traves de la Comision de Adecuacion (COAMCEP), que se iniciara el procedimiento de adecuacion, desde el dia siguiente de la publicacion de la Ordenanza correspondiente. Articulo 21º.- La Comunicacion se MORDAZA adjuntando la Ordenanza provincial sobre adecuacion y el respectivo reglamento, comunicando con la debida anticipacion la fecha de la publicacion de la mencionada MORDAZA municipal, precisando que el termino de 90 dias naturales corre a partir del dia siguiente de la publicacion de la Ordenanza mencionada. Articulo 22º.- La Municipalidad provincial a traves del Organo de Adecuacion correspondiente, requerira a las Municipalidades de Centros Poblados el cumplimiento de los requisitos y los documentos que se mencionan en los articulos 17º y 19º del presente Reglamento. Articulo 23º.- La MORDAZA de los documentos se MORDAZA en la mesa de Partes de la Municipalidad provincial de Huarochiri, dentro de los 30 dias naturales de publicada la Ordenanza de adecuacion, con la finalidad de poder proseguir el tramite y resolver dentro de los 90 dias que senala la ley. Articulo 24º.- Los documentos se presentaran mediante Oficio dirigido a la Alcaldesa, y con atencion de la COMISION DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), y esta comision procedera a su evaluacion inmediata para luego presentar el infor me debidamente sustentado y documentado, opinando por la procedencia o improcedencia de la adecuacion. Articulo 25º.- Con el informe a que se refiere el articulo anterior, se seguira el mismo tramite que corresponde a los expedientes iniciados a solicitud de parte de cada Municipalidad de Centro Poblado. Capitulo II DEL TRAMITE A SOLICITUD DE PARTE Articulo 26º.- El tramite se inicia mediante la MORDAZA de una solicitud en la Mesa de Partes de la Municipalidad provincial de Huarochiri, cumpliendo lo que establece el Articulo 113º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, y adjuntando los requisitos y documentos que especifica los articulos 17º y 18º del presente Reglamento. Articulo 27º.- La solicitud y los documentos, deben ser recibidos por el personal de Mesa de Partes sin ser calificado, negado o diferir su admision, solamente debe anotar bajo su firma en el propio escrito, la hora fecha y lugar de recepcion y el numero de fojas que contenga, entregando MORDAZA del cargo al que lo presenta, en aplicacion del Art. 124º de la Ley Nº 27444. Articulo 28º.- Las solicitudes deben ser recibidos, no obstante incumplir los requisitos establecido en este reglamento o lo establecido en el TUPA. Pero de inmediato y por una sola vez la unidad de recepcion anotara la observacion correspondiente en la solicitud y el cargo, para que el recurrente lo subsane en el termino de dos dias. Articulo 29º.- En la observacion se anotara que si no hiciere la subsanacion en el plazo indicado en el articulo anterior, se tendra por no presentado la solicitud, en aplicacion del articulo 125º de la Ley Nº 27444. Articulo 30º.- La solicitud de adecuacion sera remitida de inmediato a la COMISION DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP) con la finalidad de que inicie su evaluacion y

luego emita su informe debidamente sustentado y documentado, en un lapso de 30 dias naturales. Articulo 31º.- Vencido el termino la COAMCEP presentara el informe correspondiente al despacho de Alcaldia, opinando sobre la procedencia o la improcedencia de la adecuacion. Si el informe es por la procedencia, se dispondra que el expediente pase a sesion de concejo para su aprobacion o desaprobacion. Articulo 32º.- Si el dictamen es por la improcedencia de la solicitud de adecuacion, el expediente pasara a sesion de concejo con la finalidad de que se discuta si procede o no conceder un plazo de regularizacion de los requisitos y documentos presentados, pero que no podra exceder de 30 dias naturales. Articulo 33º.- Si en el pleno del Concejo se aprueba que la Municipalidad del Centro Poblado ha cumplido con los requisitos que senala la Ley y el presente Reglamento, se aprobara la ordenanza de adecuacion correspondiente. Capitulo III DE LA MORDAZA DE ADECUACION Articulo 34º.- La MORDAZA que aprueba la adecuacion de cada Municipalidad de Centro Poblado sera una Ordenanza Municipal provincial, que debe contener todo los requisitos que se estable en el Reglamento, y ademas lo que establece los ar ticulos 128º y 129º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo 35º.- La Ordenanza se expedira teniendo en consideracion la realidad concreta de cada Municipalidad de Centro Poblado de la provincia de Huarochiri. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposicion Complementaria.- Para el MORDAZA de adecuacion de oficio o a peticion de parte, la Municipalidad provincial de Huarochiri brindara el apoyo tecnico necesario a las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Huarochiri, a traves de la COMISION DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP). MORDAZA Disposicion Complementaria.- La COMISION DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), en el ejercicio de sus funciones instruira al personal de mesa de partes sobre la aplicacion del presente Reglamento sobre la recepcion y tramitacion de los expedientes de adecuacion que presenten las municipalidades de centros poblados de la provincia de Huarochiri. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Unica disposicion transitoria.- La COMISION DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), debera ser constituidas e instalada inmediatamente despues de aprobada la Ordenanza de adecuacion y el presente Reglamento. Matucana, 30 de setiembre del 2005. 17241

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Exoneran de MORDAZA de seleccion a la obra "Ampliacion Red Colectora de Uliachin" y la "Construccion de Veredas Via La MORDAZA - Buenos Aires - Way"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 370-2005-A-HMPP Cerro de Pasco, 26 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO; que suscribe;

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