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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G31/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de octubre de 2005 tanto en los tramites de oficio o en los seguidos a solicitud de parte de la Municipalidades de los Centros Poblados dela provincia de Huarochirí, No existiendo excepción alguna. Salvo disposición contraria posterior. TÍTULO III TRÁMITE DE ADECUACIÓN Capítulo I DEL TRÁMITE DE OFICIO Artículo 20º.- Cuando el trámite es de oficio, la Municipalidad Provincial comunicará mediante oficio al alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de su jurisdicción, a través de la Comisión de Adecuación(COAMCEP), que se iniciará el procedimiento de adecuación, desde el día siguiente de la publicación de la Ordenanza correspondiente. Artículo 21º.- La Comunicación se hará adjuntando la Ordenanza provincial sobre adecuación y el respectivo reglamento, comunicando con la debida anticipación lafecha de la publicación de la mencionada norma municipal, precisando que el termino de 90 días naturales corre a partir del día siguiente de la publicación de la Ordenanzamencionada. Artículo 22º.- La Municipalidad provincial a través del Órgano de Adecuación correspondiente, requerirá a lasMunicipalidades de Centros Poblados el cumplimiento de los requisitos y los documentos que se mencionan en los artículos 17º y 19º del presente Reglamento. Artículo 23º.- La presentación de los documentos se hará en la mesa de Partes de la Municipalidad provincial de Huarochirí, dentro de los 30 días naturales de publicadala Ordenanza de adecuación, con la finalidad de poder proseguir el tramite y resolver dentro de los 90 días que señala la ley. Artículo 24º.- Los documentos se presentaran mediante Oficio dirigido a la Alcaldesa, y con atención de la COMISION DE ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALI-DADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), y esta comisión procederá a su evaluación inmediata para luego presentar el informe debidamente sustentado ydocumentado, opinando por la procedencia o improcedencia de la adecuación. Artículo 25º.- Con el informe a que se refiere el artículo anterior, se seguirá el mismo trámite que corresponde a los expedientes iniciados a solicitud de parte de cada Municipalidad de Centro Poblado. Capítulo II DEL TRÁMITE A SOLICITUD DE PARTE Artículo 26º.- El trámite se inicia mediante la presentación de una solicitud en la Mesa de Partes de la Municipalidad provincial de Huarochirí, cumpliendo lo que establece el Artículo 113º de la Ley Nº 27444 delProcedimiento Administrativo General, y adjuntando los requisitos y documentos que especifica los artículos 17º y 18º del presente Reglamento. Artículo 27º.- La solicitud y los documentos, deben ser recibidos por el personal de Mesa de Partes sin ser calificado, negado o diferir su admisión, solamente debeanotar bajo su firma en el propio escrito, la hora fecha y lugar de recepción y el numero de fojas que contenga, entregando copia del cargo al que lo presenta, en aplicacióndel Art. 124º de la Ley Nº 27444. Artículo 28º.- Las solicitudes deben ser recibidos, no obstante incumplir los requisitos establecido en estereglamento o lo establecido en el TUPA. Pero de inmediato y por una sola vez la unidad de recepción anotará la observación correspondiente en la solicitud y el cargo, paraque el recurrente lo subsane en el término de dos días. Artículo 29º.- En la observación se anotará que si no hiciere la subsanación en el plazo indicado en el artículoanterior, se tendrá por no presentado la solicitud, en aplicación del artículo 125º de la Ley Nº 27444. Artículo 30º.- La solicitud de adecuación será remitida de inmediato a la COMISIÓN DE ADECUACION DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP) con la finalidad de que inicie su evaluación yluego emita su informe debidamente sustentado y documentado, en un lapso de 30 días naturales. Artículo 31º. - Vencido el término la COAMCEP presentará el informe correspondiente al despacho de Alcaldía, opinando sobre la procedencia o la improcedenciade la adecuación. Si el informe es por la procedencia, se dispondrá que el expediente pase a sesión de concejo para su aprobación o desaprobación. Artículo 32º.- Si el dictamen es por la improcedencia de la solicitud de adecuación, el expediente pasará a sesión de concejo con la finalidad de que se discuta si procede ono conceder un plazo de regularización de los requisitos y documentos presentados, pero que no podrá exceder de 30 días naturales. Artículo 33º.- Si en el pleno del Concejo se aprueba que la Municipalidad del Centro Poblado ha cumplido con los requisitos que señala la Ley y el presente Reglamento,se aprobará la ordenanza de adecuación correspondiente. Capítulo III DE LA NORMA DE ADECUACIÓN Artículo 34º.- La norma que aprueba la adecuación de cada Municipalidad de Centro Poblado será una Ordenanza Municipal provincial, que debe contener todo los requisitosque se estable en el Reglamento, y además lo que establece los artículos 128º y 129º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 35º.- La Ordenanza se expedirá teniendo en consideración la realidad concreta de cada Municipalidad de Centro Poblado de la provincia de Huarochirí. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposición Complementaria.- Para el proceso de adecuación de oficio o a petición de parte, la Municipalidad provincial de Huarochirí brindará el apoyotécnico necesario a las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Huarochirí, a través de la COMISION DE ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROSPOBLADOS (COAMCEP). Segunda Disposición Complementaria.- La COMISIÓN DE ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADESDE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), en el ejercicio de sus funciones instruirá al personal de mesa de partes sobre la aplicación del presente Reglamento sobre la recepción ytramitación de los expedientes de adecuación que presenten las municipalidades de centros poblados de la provincia de Huarochirí. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Única disposición transitoria.- La COMISIÓN DE ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS (COAMCEP), deberá serconstituidas e instalada inmediatamente después de aprobada la Ordenanza de adecuación y el presente Reglamento. Matucana, 30 de setiembre del 2005. 17241 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61 /G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G41/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G64/G20/G43/G6F/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G55/G6C/G69/G61/G63/G68/G69/G6E/G22/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G22/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G72/G65/G64/G61/G73/G56/GED/G61/G20/G4C/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G2D/G20/G42/G75/G65/G6E/G6F/G73/G20/G41/G69/G72/G65/G73/G20/G2D/G20/G57/G61/G79/G22 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 370-2005-A-HMPP Cerro de Pasco, 26 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO; que suscribe;