Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de junio del 2003 se expidio el Acuerdo de Concejo Nº 034-03/MDLV, publicado el 21 de junio del mismo ano en el Diario Oficial El Peruano, por el que se dispuso reiniciar los Procesos de Privatizacion de los Mercados de propiedad de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, y se nombro a la Comision de Privatizacion de dichos Mercados, en cumplimiento con la Ley Nº 26569 y los Decretos Supremos Nºs. 004-2000-PRES, 021-96-PCM y 002-2000-PRES, y en acatamiento a los Mandatos del Tribunal Constitucional de fechas 5 de MORDAZA del 2000, 4 de agosto del 2000 y 25 de marzo del 2002; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0139-05/MDLV de fecha 20 de MORDAZA del 2005, se reformulo la Comision de Privatizacion de los Mercados de propiedad de la Municipalidad de La MORDAZA, autorizando su nueva conformacion; Que, por Ordenanza Nº 057/MDLV de fecha 3 de noviembre del 2000, se aprobo la MORDAZA Conductiva de los Puestos-Tiendas-Stands-Almacenes del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, de propiedad de la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 208-03-ALC/ MDLV de fecha 11 de MORDAZA del 2003, publicada el 17 de MORDAZA del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, en su Articulo MORDAZA, se autorizo a la Comision de Privatizacion para que reinicie el Reempadronamiento de los legitimos conductores del MORDAZA mayorista de Frutas Nº 2; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 519-03/MDLV de fecha 3 de diciembre del 2003, publicada el 14 de diciembre del 2003, en el Diario Oficial El Peruano, se autorizo a la Comision de Privatizacion a fin de que proceda a conformar, para cada caso, el Expediente correspondiente dentro del MORDAZA de Reempadronamiento General, de todos los conductores de Puestos-Tiendas-StandsAlmacenes, del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, verificando la controversia administrativa y judicial que tienen la mayoria de conductores en referencia, calificando asi a los verdaderos conductores que acrediten sus derechos adquiridos conforme a la Ley Nº 26569; Que, se ha podido verificar que el Padron de Conductores de Puestos-Tiendas-Stands-Almacenes, registrado en la Municipalidad no refleja la realidad actual que presenta el MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, toda vez que se ha ido produciendo al interior del MORDAZA transferencias al margen de la Autoridad competente como es la Municipalidad de La MORDAZA, festinando los tramites administrativos correspondientes que se tiene establecido, lo que conlleva a una regularizacion de la citada conduccion y consiguientemente al Reempadronamiento, actualizando asi el Padron originalmente estructurado; Que, el MORDAZA de Regularizacion de la Conduccion de los Puestos-Stands-Tiendas-Almacenes del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, de propiedad de la Municipalidad de La MORDAZA y el consiguiente Reempadronamiento es de caracter netamente administrativo independientemente a las funciones que corresponde a la Comision de Privatizacion del MORDAZA y en ese orden de ideas se hace necesario desarrollar este MORDAZA a fin de que dicha Comision pueda cumplir adecuadamente con el objetivo esencial para el cual fue conformada como es la venta del MORDAZA a sus legitimos conductores legalmente constituidos con derecho a la primera opcion de compra; Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con personeria juridica de derecho publico y tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, y concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el Ar ticulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, precisa como bienes de las Municipalidades: inciso 2) Los Edificios Municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la Municipalidad; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Alcaldia

es el organo ejecutivo del Gobierno Local. El MORDAZA es el representante legal de la Municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa; y el Articulo 55º del mismo cuerpo legal, senala que los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad constituyen su patrimonio. El patrimonio municipal se administra por cada Municipalidad en forma autonoma con las garantias y responsabilidades de Ley; Que, por el merito de las consideraciones expuestas y de conformidad con las disposiciones contenidas en el Articulo 20º numeral 6) y Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Gerencia de Comercializacion y Promocion Empresarial, a fin de que proceda a la REGULARIZACION DE LA CONDUCCION DE LOS PUESTOS-STANDS-TIENDAS-ALMACENES del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, de propiedad de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Articulo Segundo.- La Gerencia de Comercializacion y Promocion Empresarial, actualizara el Padron General de todos los conductores de los Puestos-Tiendas-StandsAlmacenes del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, para cuyo efecto se otorgara la Resolucion Municipal de Reempadronamiento y Reconocimiento de Conductor, sujeto a calificacion por el ente encargado Municipal, debiendo acreditarse ademas el cumplimiento de pagos pendiente, a fin de participar en el MORDAZA de privatizacion del referido Mercado. Articulo Tercero.- La Gerencia de Comercializacion, dispondra de un plazo de 30 dias para el debido cumplimiento de lo dispuesto a traves del presente acto resolutivo. Articulo Cuarto.- Deroguese todas las disposiciones administrativas de Alcaldia que se opongan al presente acto resolutivo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17390

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Condonacion de Deudas Tributarias a Centros Educativos Estatales y Particulares ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 224-MDMM MORDAZA MORDAZA, 12 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 195º de la Carta

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