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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G31/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de octubre de 2005 fierro, entre otros), es necesario que el Gobierno Regional destine una partida económica que permita atender yrehabilitar los daños ocasionados por este fenómeno en las instituciones educativas y otros sectores del ámbito regional en forma inmediata; Que, para atender los requerimientos, es necesario que el Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas declare en Situación de Emergencia la Región Amazonasy siendo el caso que nos ocupa, es aplicable los Arts. 19º, 20º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, modificado por la Ley Nº 28267 de la Ley de Adquisicionesy Contrataciones del Estado, que autoriza la exoneración de procesos de selección, mediante acciones inmediatas para remediar el evento producido y satisfacer la necesidadsobrevenida sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley; todo ello, en concordancia con los Arts. 142º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que faculta a la entidad actuar de manera inmediata a causa de acontecimientoscatastróficos en la que efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con lascaracterísticas y condiciones establecidas en las Bases; Que, con informe favorable de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el Art. 37º, Inc. a) dela Ley Nº 27867 y su Modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria Nº 007 de fecha 29 de setiembre del2005, mediante Acuerdo Nº 013-2005 de Consejo Regional, con el voto unánime del Pleno; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Emergencia la Región Amazonas, en aplicación de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás disposiciones legales vigentes. Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección las Adquisiciones y Contrataciones que se deriven, para solucionar el problema ocasionado por el sismo, dentro dellapso de diez días de la dación del presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero.- Transcribir el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Regional 17397 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G50/G69/G75/G72/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 083-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica deGobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680,establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones,actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, señala en su artículo 6º, que dentro de los objetivos que la descentralización cumplirá a lo largode su desarrollo a nivel económico, está la del desarrollo económico autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones; Que, el artículo 6º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 establece como objetivo a nivel económico de los Gobiernos Regionales el desarrolloeconómico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, en base a su vocación y especialización productiva, asimismo el artículo18º en el numeral 18.3 establece que la planificación y la promoción del desarrollo debe proponer y optimizar las inversiones con iniciativa privada, la inversión pública conparticipación de la comunidad y de la competitividad a todo nivel; Que, el literal d. del artículo 35º de la norma aludida, señala como competencia exclusiva del Gobierno Regional, el promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética,de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad y competitividad; Que, de conformidad con los principios rectores de las políticas y la gestión regional, el artículo 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que el Gobierno Regional tienecomo objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público yprivado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y facilitael aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; Que, según el artículo 9º de la Ley aludida, los gobiernos regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para laejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; y en su artículo 36º establece como competencia compartida de los GobiernosRegionales la competitividad regional y la promoción de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados; Que, el concepto de competitividad es definido como los aumentos continuos y sostenidos de la Productividad y Competencia Internacional de los sectores productivos yempresas que operan en nuestro país; Que, mediante D.S. Nº 024-2002-PCM de fecha 18 de abril de 2002, se crea el Consejo Nacional de laCompetitividad, comisión de coordinación de asuntos específicos de la Presidencia del Consejo de Ministros encargada de desarrollar un Plan Nacional deCompetitividad que incluya objetivos, políticas y medidas específicas, así como metas tentativas e indicadores de seguimiento que permitan medir avances en sucumplimiento; Que, el Programa Regional de Competitividad del Gobierno Regional Piura, aprobado por la OrdenanzaRegional Nº 026-2003/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero del 2004, es un instrumento elaborado por el Grupo Impulsor, que sirve deruta en los próximos siete años para avanzar hacia el fortalecimiento de la base productiva regional, en un entorno de cambios impuestos por la globalización y dentro delmarco fijado por el proceso de descentralización. Se trata de un proyecto pionero en la región, que busca dar cumplimiento a lo establecido en la norma; Que, mediante Informe Nº 052-2005/GRP-400000, de fecha 22 de setiembre del 2005, la Gerencia General Regional alcanza el Informe Nº 030-2005/GRP-420400emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, relacionado con la conformación del Consejo Regional de Competitividad, a fin de que sea aprobado medianteOrdenanza Regional; Que, con Informe Nº 936-2005/GRP-460000, de fecha 29 de setiembre del 2005, la Oficina Regional de Asesoría