Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, entre otros), es necesario que el Gobierno Regional destine una partida economica que permita atender y rehabilitar los danos ocasionados por este fenomeno en las instituciones educativas y otros sectores del ambito regional en forma inmediata; Que, para atender los requerimientos, es necesario que el Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas declare en Situacion de Emergencia la Region Amazonas y siendo el caso que nos ocupa, es aplicable los Arts. 19º, 20º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, modificado por la Ley Nº 28267 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, que autoriza la exoneracion de procesos de seleccion, mediante acciones inmediatas para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley; todo ello, en concordancia con los Arts. 142º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que faculta a la entidad actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos en la que efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; Que, con informe favorable de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el Art. 37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su Modificatoria Nº 27902 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado en Sesion Extraordinaria Nº 007 de fecha 29 de setiembre del 2005, mediante Acuerdo Nº 013-2005 de Consejo Regional, con el MORDAZA unanime del Pleno; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Emergencia la Region Amazonas, en aplicacion de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y demas disposiciones legales vigentes. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se deriven, para solucionar el problema ocasionado por el sismo, dentro del lapso de diez dias de la dacion del presente Acuerdo Regional. Articulo Tercero.- Transcribir el presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 17397

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Conforman el Consejo Regional de Competitividad de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 083-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Refor ma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680,

establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, senala en su articulo 6º, que dentro de los objetivos que la descentralizacion cumplira a lo largo de su desarrollo a nivel economico, esta la del desarrollo economico autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones; Que, el ar ticulo 6º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 establece como objetivo a nivel economico de los Gobiernos Regionales el desarrollo economico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del MORDAZA, en base a su vocacion y especializacion productiva, asimismo el articulo 18º en el numeral 18.3 establece que la planificacion y la promocion del desarrollo debe proponer y optimizar las inversiones con iniciativa privada, la inversion publica con participacion de la comunidad y de la competitividad a todo nivel; Que, el literal d. del articulo 35º de la MORDAZA aludida, senala como competencia exclusiva del Gobierno Regional, el promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos de ambito regional, con estrategias de sostenibilidad y competitividad; Que, de conformidad con los principios rectores de las politicas y la gestion regional, el articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestion estrategica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovacion, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores publico y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboracion entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo y corredores economicos, la ampliacion de mercados y la exportacion; Que, segun el articulo 9º de la Ley aludida, los gobiernos regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; y en su articulo 36º establece como competencia compar tida de los Gobier nos Regionales la competitividad regional y la promocion de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos publicos y privados; Que, el concepto de competitividad es definido como los aumentos continuos y sostenidos de la Productividad y Competencia Internacional de los sectores productivos y empresas que operan en nuestro pais; Que, mediante D.S. Nº 024-2002-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2002, se crea el Consejo Nacional de la Competitividad, comision de coordinacion de asuntos especificos de la Presidencia del Consejo de Ministros encargada de desarrollar un Plan Nacional de Competitividad que incluya objetivos, politicas y medidas especificas, asi como metas tentativas e indicadores de seguimiento que per mitan medir avances en su cumplimiento; Que, el Programa Regional de Competitividad del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 026-2003/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero del 2004, es un instrumento elaborado por el Grupo Impulsor, que sirve de ruta en los proximos siete anos para avanzar hacia el fortalecimiento de la base productiva regional, en un entorno de cambios impuestos por la globalizacion y dentro del MORDAZA fijado por el MORDAZA de descentralizacion. Se trata de un proyecto pionero en la region, que busca dar cumplimiento a lo establecido en la norma; Que, mediante Informe Nº 052-2005/GRP-400000, de fecha 22 de setiembre del 2005, la Gerencia General Regional alcanza el Informe Nº 030-2005/GRP-420400 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, relacionado con la conformacion del Consejo Regional de Competitividad, a fin de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, con Informe Nº 936-2005/GRP-460000, de fecha 29 de setiembre del 2005, la Oficina Regional de Asesoria

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