Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005 VISTA:

NORMAS LEGALES

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La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru para que esta Superintendencia autorice la apertura de tres oficinas especiales permanentes segun se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente para la mencionada apertura de las oficinas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "A" mediante el Informe Nº 150-2005DEB "A"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la apertura de tres oficinas especiales permanentes ubicadas segun se indica: - Oficina Petrox Hipodromo en la avenida MORDAZA MORDAZA s/n, Hipodromo de Monterrico, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Oficina Petrox MORDAZA Hermoso en la avenida Angamos Este esquina con MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Oficina Petrox El MORDAZA en la avenida Angamos esquina con avenida MORDAZA Marsano, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 17361

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de estudio de abogados para prestar servicios de asesoria juridica externa
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 128-IGP/05 Mayorazgo, 26 de septiembre de 2005 VISTO: El Informe Nº 111-LOG-IGP/05 de la Direccion de Logistica, de fecha 21 de septiembre de 2005, sobre la contratacion de los servicios de Asesoria Juridica del Estudio MORDAZA Canelo Abogados S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geofisico del Peru ha requerido durante mas de ocho anos de los servicios de Asesoria Legal Externa de diversos profesionales en distintas materias juridicas, como son la tributaria, laboral, civil, administrativa, arbitral, etc.; Que, debido a un mejor manejo de los temas y procesos que el Instituto tiene pendientes, es que se considera conveniente ver la reunion de dichas disciplinas en un solo profesional, que haga mas eficiente las labores del IGP; Que, se ha propuesto la contratacion de los servicios de Asesoria Legal de un Estudio Juridico multidisciplinario,

el Estudio MORDAZA Canelo Abogados S.A.C., con el objeto de atender consultas en materia de toda indole, que MORDAZA necesarias para el normal desarrollo de la institucion. La contratacion sera bajo la modalidad de ser vicios personalisimos, siendo el monto a pactarse, la suma total de S/. 37,500.00 Nuevos Soles, valor referencial que corresponde a un MORDAZA selectivo de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, en atencion al valor referencial a contratar y conforme a lo dispuesto en el literal f) del Articulo 19º de la T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, las contrataciones para los servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion que les correspondan para el presente caso, debiendo utilizar el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo dispuesto por el Articulo 145º del Reglamento de la Ley, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, el Articulo 145º del Reglamento de la precitada MORDAZA establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores, conforme al informe tecnicolegal presentado que sustenta la presente Resolucion; Que, el Articulo 146º del Reglamento citado prescribe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal, que contiene la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 148º del citado Reglamento senala que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, en atencion a lo expuesto precedentemente, resulta necesario aprobar la exoneracion materia de la presente Resolucion, en estricta observancia por lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Comunicado Nº 002-2003 (PRE) del CONSUCODE; y, Que, en consecuencia y de conformidad con el Articulo 20º del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 10º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 136 - Ley de Instituto Geofisico del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA selectivo de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Estudio MORDAZA Canelo Abogados S.A.C. para que se encargue de prestar los servicios de asesoria juridica externa que requiere el Instituto Geofisico del Peru, conforme los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La contratacion a efectuarse segun el Articulo 1º de la presente Resolucion, se realizara con cargo al presupuesto del Pliego 112- Instituto Geofisico del Peru, por el valor referencial de S/. 37,500.00 (TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), incluido el Impuesto General a las Ventas, siendo su fuente de financiamiento Recursos Publicos, hasta el 31 de diciembre de 2005. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Logistica del Instituto Geofisico del Peru se encargue de llevar a cabo la contratacion referida en el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante la realizacion de las acciones inmediatas correspondientes, debiendo observar lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- La presente Resolucion de Presidencia, junto con el Informe Tecnico-Legal que la sustentan, asi

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