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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G31/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de octubre de 2005 de la Parcela A con 76,709.15 m² y Parcela B con 1,336.00 m²; Que, el Área Legal de esta Dirección ha emitido el Informe Nº 227-2005-MML-DMDU-DHU-AL del 9 de junio de 2005 (fs. 229 al 230) en el que manifiesta que laResolución N° 055-2001-MML-DMDU-DHU de fecha 31 de agosto de 2001, fue emitida teniendo en consideración los antecedentes registrales contenidos en la Ficha N° 1626870continuada en la Partida Electrónica N° 45245071 del Registro de Predios de Lima (fs. 08 al 13), que establecía un área del terreno matriz de 78,270.00 m², por lo que dicharesolución fue válidamente emitida de acuerdo a la normativa vigente, no procediendo por tanto su rectificación al no haber incurrido la administración en algún errormaterial; Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior se ha verificado que mediante algunas accionesrealizadas por la Superintendencia de Bienes Nacionales sobre reversiones de dominio a favor del Estado en vía de regularización, el área del terreno matriz ha sido modificado,quedando reducido a un área remanente de 78,045.15 m², modificándose asimismo las medidas perimétricas, según corre inscrito desde el 7 de octubre de 2003, en el AsientoB00002 de la Partida Electrónica N°45245071 del Registro de Predios de Lima (fs. 162 y 163); en consecuencia la Resolución N° 055-2001-MML-DMDU-DHU ha devenido eninejecutable al no poder ser inscrita en los Registros Públicos, en la medida que el predio materia de dicha resolución no guarda identidad con el asiento registralvigente; Que, por lo señalado en los puntos precedentes y encaminándose el presente procedimiento, se hacenecesario emitir una resolución que declare inejecutable la Resolución N° 055-2001-MML-DMDU-DHU y se apruebe una nueva independización y sus respectivos planos ymemoria descriptiva, para adecuarlo a los antecedentes registrales, con el objeto de que la misma cumpla con su finalidad y pueda inscribirse en los Registros Públicos, deconformidad al Principio de Eficacia establecido en el numeral 1.10 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, que dispone que se debe hacer prevalecer elcumplimiento de la finalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez, y al principio de Informalismo a que alude el numeral1.6 del mismo artículo, que establece que las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de losadministrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que pueden ser subsanados dentro del procedimiento; Que, mediante el presente procedimiento se está aprobando la independización de la Parcela B con 1,336.00 m² para que se acumule al terreno de 1,307.00 m², inscritoen la Ficha Registral Nº1170015 y conformar una sola unidad inmobiliaria de 2,643.00 m², al efecto se le deberá imponer una carga a los administrados, para que lo ejecuteen un acto posterior a la inscripción de la independización; Que, asimismo es necesario precisar que la independización de la Parcela Matriz de 78,045.15 m² debeser exceptuada de la aprobación del Planeamiento Integral o Proyecto de Diseño Urbano teniendo en cuenta los antecedentes que motivaron la transferencia de la Parcela Bde 1,336.00 m² (Fondo de Lote) a favor de los administrados, lo acordado por las partes en la Claúsula Quinta del Testimonio de la Escritura de Subdivisión de Lotes de Terrenoy Compraventa de fecha 4 de noviembre de 1999 y finalmente porque desde el punto de vista técnico, dicha parcela que se independiza, por su ubicación (rodeada de zonasconsolidadas) y sus características topográficas (cerros) no alterará el desarrollo urbano de la zona. En todo caso la Parcela A de 76,709.15 m² deberá sujetarse a la aprobacióndel proyecto de diseño urbano por la Municipalidad Distrital de La Molina en el caso que su proceso de habilitación urbana se proyecte por etapas; Que, mediante Recibo Nº 0155338 otorgado por la Caja Metropolitana con fecha 22 de marzo de 2002 (fs. 148) se acredita la cancelación de la suma de S/. 1,496.30 NuevosSoles por concepto de los derechos administrativos establecidos en el Artículo II-XXIII.5 del Reglamento Nacional de Construcciones, que quedaron pendientes depago respecto de la Parcela A de 76,934.00 m² la misma que ha sido reajustada a 76,709.15 m²; y en ese sentido se colige que los derechos administrativos en el trámite deIndependización del predio matriz se han cumplido a cabalidad. En ese orden el administrado también adjuntael recibo de fecha 8 de junio de 2005 (fs. 228) por el monto de S/. 702.60 Nuevos Soles correspondiente al procedimiento de aprobación de la nueva independización; Con el visto bueno de la División de Subdivisiones y de la Unidad Técnico Legal, y de conformidad con lo previsto en las Leyes Nº 27972, N° 27444, el Edicto MetropolitanoNº 021 y el Decreto de Alcaldía Metropolitano N° 081; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inejecutable la Resolución Nº 055-2001-MML-DMDU-DHU de fecha 31 de agosto de2001 por lo expuesto en los considerandos que anteceden y en consecuencia autorízase de conformidad con los Planos N° 017-2005-MML-DMDU-DHU y N° 018-2005-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva Nº 012-2005- MML-DMDU-DHU la Independización del terreno de 78,045.15 m², ubicado en el distrito de La Molina, provinciay departamento de Lima, registrado a nombre de Consorcio Inmobiliario Los Portales S.A. (hoy Los Portales S.A.) en dos parcelas denominadas: Parcela “A” con 76,709.15 m2 (SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CONQUINCE DECÍMETROS CUADRADOS). Parcela “B” con 1,336.00 m2 (UN MIL TRECIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS). Artículo Segundo.- La Parcela “B” de 1,336.00 m² deberá acumularse posteriormente al terreno de 1,307.00 m² inscrito en la Ficha Registral Nº 1170015 para conformar una sola unidad inmobiliaria de 2,643.00 m², obligándose lospropietarios o futuros adquirientes de la misma a efectuar el proceso de habilitación urbana correspondiente. Artículo Tercero.- Exceptuar al presente trámite de Independización, de la aprobación del Planeamiento Integral o Proyecto de Diseño Urbano del terreno de 78,045.15 m², por los fundamentos técnico y legales expuestos en elnoveno considerando de la presente resolución Artículo Cuarto.- Disponer que el Consorcio Inmobiliario Los Portales S.A. (hoy Los Portales S.A.) estaráobligado a presentar el planeamiento integral del terreno de 76,709.15 m², conformado por la Parcela A cuya independización se autoriza por la presente resolución, enel caso que proyecte un proceso de habilitación urbana por etapas del terreno en mención. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de su notificación. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a los Registros Públicos, al Consorcio Inmobiliario Los Portales S.A., al Banco Wiese Sudameris y a laMunicipalidad Distrital de La Molina para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO Directora Dirección de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 17326 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G2D /G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G72/G69/G61/G6C/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G73/G2C/G20/G73/G74/G61/G6E/G64/G73/G2C/G20/G74/G69/G65/G6E/G64/G61/G73/G79/G20/G61/G6C/G6D/G61/G63/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G46/G72/G75/G74/G61/G73/G20/G4E/GBA/G20/G32 RESOLUCIÓN Nº 1188-05-ALC/MDLV La Victoria, 29 de setiembre de 2005