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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de abril de 2006 RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de autorización para publicidad estatal mediante material impreso sobre el "Registrón Informativo, destinado a difundir la cultura registral a la población en general,presentada por la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos mediante Oficio Nº 214-2006-SUNARP/II.RR.PP-GG. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. LINARES SAN ROMAN CHAVEZ PERALTAGONZALEZ CORTEZ 05958 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR RESOLUCIÓN Nº 22-2006-JEE/LS Lima, 27 de marzo del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1434-2006-SG/JNE, recibido el 24 de marzo de 2006, mediante el cual se remite a esteJurado el Oficio Nº 031-2005-PE/IRTP, que contiene lasolicitud presentada por el Instituto Nacional de Radio yTelevisión del Perú, a fin que se le otorgue autorizaciónpara la difusión de publicidad estatal mediante material impreso sobre los programas de Televisión Nacional del Perú en Diarios y Revistas; en cumplimiento de lo previstoen el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatalpara las Elecciones Generales aprobado por ResoluciónNº 387-2005-JNE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 delArtículo 6º de la Resolución Nº 387-2005-JNE, despuésde publicada la convocatoria a Elecciones Generales 2006, ninguna Entidad puede realizar actividades de publicidad estatal; que en todo caso, las Entidadesque requieran contratar avisos publicitarios en losmedios de radiodifusión, deberán contar con laautorización expresa del Jurado Nacional deElecciones; que la referida publicidad estatal en ningún caso podrá contener o hacer alusión a colores, nombres, signos distintivos o similares de algunaorganización política de forma tal que la ciudadanía lorelacione, directa o indirectamente, con ésta o con elgobierno de turno; Que, examinada la documentación anexada a la solicitud presentada por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, se verifica que se ha cumplidocon los requisitos previstos en el numeral 7.2 delArtículo 7º de la Resolución Nº 387-2005-JNE,recogidos en el Ítem 11.95 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 016-2006- P/JNE; que revisado el material impreso acompañadoa la referida solicitud, se verifica que el mismo notransgrede las normas acotadas en el párrafoprecedente, tanto más si busca difundir la programaciónde Televisión Nacional del Perú; Por los fundamentos expuestos, y bajo al amparo de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 36ºde la Ley Nº 26486 y el Artículo 1º de la ResoluciónNº 229-2006-JNE, el Jurado Electoral Especial deLima Sur, en uso de las facultades de que estáinvestido por ley; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de autorización para publicidad estatal mediante materialimpreso sobre los programas de Televisión Nacional del Perú en Diarios y Revistas, presentada por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú mediante OficioNº 031-2005-PE/IRTP.Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales delDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. LINARES SAN ROMANCHAVEZ PERALTAGONZALEZ CORTEZ 05959 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR RESOLUCIÓN Nº 23-2006-JEE/LS Lima, 27 de marzo del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1434-2006-SG/JNE, recibido el 24 de marzo de 2006, mediante el cual se remite a esteJurado el Oficio Nº 064-2006-DP-PDA que contiene la solicitud presentada por la Defensoría del Pueblo, a fin que se le otorgue autorización para la difusión depublicidad estatal mediante el afiche sobre neutralidadelectoral que acompaña; en cumplimiento de lo previstoen el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatalpara las Elecciones Generales aprobado por Resolución Nº 387-2005-JNE; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 del Artículo 6º de la Resolución Nº 387-2005-JNE, después de publicada la convocatoria a Elecciones Generales2006, ninguna Entidad puede realizar actividades depublicidad estatal; que en todo caso, las Entidadesque requieran contratar avisos publicitarios en losmedios de radiodifusión, deberán contar con la autorización expresa del Jurado Nacional de Elecciones; que la referida publicidad estatal en ningúncaso podrá contener o hacer alusión a colores,nombres, signos distintivos o similares de algunaorganización política de forma tal que la ciudadanía lorelacione, directa o indirectamente, con ésta o con el gobierno de turno; Que, examinada la documentación anexada a la solicitud presentada por la Defensoría del Pueblo, severifica que se ha cumplido con los requisitos previstosen el numeral 7.2 del Artículo 7º de la Resolución Nº 387-2005-JNE, recogidos en el Ítem 11.95 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 016-2006-P/JNE; que revisado el afiche sobre neutralidad electoralacompañado a la referida solicitud, se verifica que elmismo no transgrede las normas acotadas en el párrafoprecedente, tanto más si busca concienciar a la población sobre la neutralidad que deben observar los funcionarios y empleados el Estado en el Proceso de EleccionesGenerales 2006; Por los fundamentos expuestos, y bajo al amparo de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 36º de laLey Nº 26486 y el Artículo 1º de la Resolución Nº 229- 2006-JNE, el Jurado Electoral Especial de Lima Sur, en uso de las facultades de que está investido por ley: RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de autorización para publicidad estatal mediante un afiche sobre neutralidad electoral, presentada por la Defensoríadel Pueblo mediante Oficio Nº 064-2006-DP-PDA. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales delDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. LINARES SAN ROMANCHAVEZ PERALTA GONZALEZ CORTEZ 05960