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PÆg. 316621 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de abril de 2006 para el cual, las Jefaturas Regionales remitirán las solicitudes de autenticación a la Agencia delegada, debiéndose, por lotanto, dejar sin efecto la delegación de la referida labor a losfuncionarios y servidores de las Jefaturas Regionales de Piura, Iquitos, Arequipa, Cusco, Trujillo, Huancayo y Puno; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC y el Reglamento de lasInscripciones en el RENIEC, aprobado por DecretoSupremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la delegación de funciones para la autenticación de firmas de Registradoresdel Estado Civil, conferida mediante Resolución JefaturalNº 917-2005-JEF/RENIEC, y sus modificatorias, al personal de las Jefaturas Regionales de Piura, Iquitos, Arequipa, Cusco, Trujillo, Huancayo y Puno. Artículo Segundo.- Ratificar la delegación de funciones para la autenticación de firmas de Registradores del EstadoCivil, al personal de la Jefatura Regional de Lima. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la implementación de lo dispuesto por la presenteResolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06589 Renuevan facultades registrales conferidas a la Oficina de Registro delEstado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Isidro RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 248-2006-JEF/RENIEC Lima, 10 de abril de 2006 VISTO:El Oficio Nº 024-2006/CTRC/RENIEC, emitido por la Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civil, el Oficio Nº 1487-2006/GO/RENIEC, emitido por la Gerenciade Operaciones y el Informe Nº 000378-2006-GAJ/RENIEC,emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargadode manera exclusiva y excluyente de las funciones deorganizar y actualizar el Registro Único de Identificación delas Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de abril de1996, se delegó a las Oficinas de Registros del Estado Civilque funcionan en las Municipalidades Provinciales yDistritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiososautorizadas a inscribir, las funciones previstas en los literalesa), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44º de la LeyNº 26497, autorizando a las referidas dependencias adisponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Oficinas del Registro del Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que la Jefatura Nacional quedaautorizada a establecer los mecanismos necesarios para latransferencia e integración de las Oficinas del Registro delEstado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme la Octava Disposición Final delReglamento de las Inscripciones en el RENIEC; Que, por Resolución Jefatural Nº 632-2003-JEF/RENIEC de 24 de diciembre de 2003, se conformó la ComisiónEspecial encargada de estudiar, analizar y proponer a la Jefatura Nacional, en un plazo de noventa días útiles, losmecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la institución, para la incorporación progresiva de las Oficinasdel Registro del Estado Civil que funcionan en lasMunicipalidades del país al RENIEC, plazo que fue ampliado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 233 y 352-2004-JEF/ RENIEC, a cuyo término, procedió a emitir el Informe Finalcorrespondiente con sus respectivas sugerencias; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en base a las recomendaciones del Informe Final de la ComisiónEspecial acotada, ha desarrollado el Software correspondiente, habiendo creado la base de datos de los Registros Civiles e implementado un local especial, capacitando al personalnecesario así como adquiriendo los equipos informáticos parala progresiva incorporación de las Oficinas del Registro delEstado Civil al RENIEC, que se viene llevando a cabo; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/ RENIEC de 13 de setiembre de 2005, se constituyó la Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civildel RENIEC, encargada de la coordinación, inventario,recepción y traslado del acervo documentario obrante encada una de las Oficinas del Registro del Estado Civil,resultando necesario dictar las disposiciones respecto a la revocatoria de facultades registrales, en forma progresiva y según el calendario previsto por la Comisión deTransferencia; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497, Orgánica del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) yq) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a laOficina del Registro del Estado Civil que funciona en laMunicipalidad Distrital de San Isidro, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, la que se hará efectiva a partir del día 12 de abril de 2006. Artículo Segundo.- Disponer la incorporación de la Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en laMunicipalidad Distrital de San Isidro al Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, proceso que comprende el acervo documentario de tal dependencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada porResolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/RENIEC, a realizartodas las coordinaciones y acciones pertinentes con lasautoridades de la Municipalidad Distrital de San Isidro, para el traslado del acervo documentario al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo precedente. Artículo Cuarto.- Disponer que las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Imagen Institucional proporcionen ala Comisión de Transferencia de los Registros Civiles el apoyo que requiera en el marco del proceso de incorporación de la Oficina del Registro del Estado Civil de la MunicipalidadDistrital de San Isidro al RENIEC, conforme el ArtículoPrimero de la presente Resolución, para el cumplimientode lo previsto por la Primera Disposición Complementariade la Ley Nº 26497. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06588 MINISTERIO PUBLICO Amplían competencia de Fiscalías Pro- vinciales de Prevención del Delito de los Distritos Judiciales de Loreto, Madre de Dios, Ucayali y Lima paraconocer delitos contra los recursos na-turales y el medio ambiente RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 401- 2006-MP-FN Lima, 11 de abril de 2006