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PÆg. 316605 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de abril de 2006 a) Modalidad de la venta: sobre cerrado. b) Relación de bienes a venderse: agrupados en lotes.c) Precio base por lote.d) La garantía que deberán abonar los postores al momento de la adjudicación y fecha para la cancelación. e) Lugar y horario para la recepción de los sobres.f) Lugar, fecha y hora del acto de venta directa.” “ Artículo 143.- Selección de Notario Público y convocatoria La Dirección General de Administración o quien haga sus veces, seleccionará a un Notario Público para que défe del acto de venta directa. La entidad pública vendedora deberá invitar a ofrecer a por lo menos cinco (05) postores y, en caso que cuente con portal electrónico, deberá adicionalmente, realizar la convocatoria a través de este medio.” “ Artículo 144.- Presentación de ofertas y acto de adjudicación Las ofertas se presentarán en sobre cerrado y serán recibidas por el Comité de Gestión Patrimonial de la entidadpública vendedora, hasta 24 horas antes de la fechaseñalada para la apertura de los sobres. El Presidente del Comité de Gestión Patrimonial, en presencia de Notario Público se encargará, en la fecha fijada, de abrir los sobres y otorgar la buena pro al postor que hubiera presentado la mejor oferta. De presentarsedos o más ofertas con el mismo monto, se adjudicará elbien a la primera oferta recibida. El postor que obtenga la buena pro, deberá depositar la garantía señalada en las bases administrativas; y dentro de las 24 horas de culminado el proceso de venta, realizar la cancelación del lote adjudicado.” “ Artículo 145.- Recaudación del dinero y producto de la venta La Dirección General de Administración de la entidad pública es la encargada de recaudar el dinero obtenido porla venta directa y emitir el comprobante de pagocorrespondiente que se entregará al adjudicatario. Asimismo, elaborará la hoja de liquidación en la cual se descontará del ingreso recaudado por la venta, los honorarios del Notario Público. Realizada esta deducción, el producto resultante se distribuirá de la siguiente manera: a) 97% a favor de la entidad pública y constituirán recursos propios. b) 3% a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales.” “ Artículo 146.- Acta de adjudicación y entrega de bienes El Comité de Gestión Patrimonial de la entidad pública, culminado el acto de venta, deberá elaborar el Acta de Adjudicación donde conste el resultado de la venta, la misma que será suscrita por el referido Comité y el Notario Público. El adjudicatario, deberá apersonarse a la entidad pública con el comprobante de pago correspondiente, a fin dehacer efectiva la entrega de los bienes adjudicados, la quedeberá realizarse mediante un Acta que será suscrita por la entidad pública y el adjudicatario.” “ Artículo 147.- Bienes desiertos y/o abandonados en la venta directa La entidad pública podrá realizar las convocatorias que considere necesarias para la venta directa de sus bienes muebles que quedaron desiertos y/o abandonados, cuyoprecio base de venta será el resultado del castigo del 20%respecto del precio base de la anterior convocatoria. La segunda y demás ventas directas se realizarán siguiendo el mismo procedimiento formal.” “ Artículo 148.- Transferencia de propiedad de los bienes muebles registrables El Comité de Gestión Patrimonial de la entidad deberá entregar a los adjudicatarios copia certificada de la siguiente documentación: a) Resolución que aprobó la Baja de los bienes muebles registrables.b) Resolución que autorizó la venta directa. c) Acta de Adjudicación. Con la documentación antes mencionada, el comprobante de pago debidamente cancelado y el Acta de Entrega-Recepción, el adjudicatario deberáapersonarse ante la Zona Registral correspondiente pararealizar el trámite de transferencia de propiedad a sufavor.” “ Artículo 149.- Obligación de informar El Comité de Gestión Patrimonial dentro de los 20 días de realizada la venta directa, remitirá a la Superintendenciade Bienes Nacionales el expediente administrativo quesustente los resultados obtenidos en la venta directa, elcual contendrá la siguiente documentación: a) Informe de Tasación. b) Bases Administrativas. c) Comprobante de pago emitido por el Notario Público. d) Cargo de las invitaciones cursadas.e) Acta de Adjudicación.f) Hoja de Liquidación.g) Comprobantes de Pago emitidos por la entidad pública por los lotes adjudicados. h) Constancias de depósito del dinero a favor de la SBN y de la entidad pública.” “ Artículo 156.- Designación del Martillero Público El Martillero Público será designado por la Dirección General de Administración o quien haga sus veces, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: a) Deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Martilleros Públicos de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos. b) No debe haber dirigido más de dos ventas por subasta pública consecutivas para la misma entidad estataldurante un mismo año.” “ Artículo 159.- Ausencia del director al acto de la venta por subasta pública De no presentarse al acto público el Martillero Público o el Juez de Paz designado, el Presidente del Comité deGestión Patrimonial dirigirá la venta por subasta pública enpresencia de un Notario Público.” “Artículo 160.- Acta de la Subasta Pública El director de la venta por subasta pública elaborará un Acta de la Subasta Pública en la que se consignará: a) Fecha, hora y lugar de la realización de la subasta. b) Características de los bienes a subastarse.c) Nombres de los adjudicatarios.d) Precio por el que fueron adjudicados los bienes. e) Firmas de los intervinientes. f) Constancia de la designación del Presidente del Comité de Gestión Patrimonial como director de la ventapor subasta pública, de ser el caso. g) Visación de los miembros del Comité de Gestión Patrimonial.” “Artículo 161.- Recaudación del producto de la venta por subasta pública El dinero de la venta por subasta pública será recaudado por el Martillero Público, quien deberá descontar el porcentaje correspondiente a sus honorarios y el 3%correspondiente a la Superintendencia de BienesNacionales, debiendo abonar este último monto en la cuentabancaria que dicha Superintendencia le indique o hacerleentrega de un cheque de gerencia bancario por el mencionado monto. Efectuada esta deducción, el producto resultante deberá ser entregado a la entidad pública, en efectivo omediante un cheque de gerencia bancario. Si la venta por subasta pública es dirigida por un Juez de Paz o por el Presidente del Comité de Gestión Patrimonial, la entidad pública será la responsable de la recaudación del dinero obtenido.”