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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (12/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 316624 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de abril de 2006 Descentralización (CND), de conformidad con las competencias, atribuciones, facultades, funciones,deberes, obligaciones y responsabilidades que le asignanlas Leyes Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización (LBD), 27795 - Ley de Demarcación y Organización Territorial (LDOT), 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales (LOGR), 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades (LOM), 28056 - Ley Marco del PresupuestoParticipativo (LMPP), 28059 - Ley Marco de Promoción dela Inversión Descentralizada (LMPID), 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales (LSA), 28274 - Ley de Incentivos para laIntegración y Conformación de Regiones (LIICR), elDecreto Legislativo N° 955, Ley de Descentralización Fiscal(LDF), sus correspondientes normas modificatorias,reglamentarias y complementarias, y las demás normas del ordenamiento jurídico vinculadas a la política pública de descentralización. Artículo 2º.- Objetivo general El CND, atendiendo a que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, a que este último es uno e indivisible, su gobierno en los tres (3) niveles es unitario, representativo y descentralizado, y en cumplimientodel rol que le asigna el artículo 22º de la LBD, tiene comoobjetivo general fortalecer las bases estructurales delproceso de descentralización que dirige y conduce, dándolecontinuidad a la estrategia territorial del desarrollo que ha implementado a partir de las iniciativas locales y regionales que se han articulado en torno a los grandes objetivos deldesarrollo nacional. Artículo 3°.- Objetivos específicos Son objetivos del CND, en el marco de los artículos 4º y 5º de la LBD y de la Resolución Presidencial Nº 162-CND- P-2003, Plan Nacional de Descentralización 2004-2006,los siguientes: a) Fortalecer las capacidades de los Gobiernos Locales y Regionales para la promoción del desarrollo y la prestación de servicios a la población en sus circunscripciones. b) Asegurar el financiamiento sano y equilibrado de la descentralización a través de la provisión de recursos a losGobiernos Locales y Regionales y del aporte de ambos asu propio desarrollo. c) Transferir fondos, programas, proyectos y funciones sectoriales a Gobiernos Locales y Regionales, según los mecanismos de verificación y el sistema de acreditación,respectivamente. d) Propiciar el desarrollo de zonas estratégicas, contener el deterioro de ciertas áreas territoriales críticas e impulsarla inversión descentralizada y la competitividad local y regional para reestructurar el mapa productivo del país. e) Promover los procesos de integración territorial y la conformación de regiones económicamente viables. f) Lograr la participación institucionalizada de la sociedad civil en la gestión y vigilancia del desarrollo local y regional. g) Fomentar la viabilidad política y el respaldo amplio de la sociedad al proceso de descentralización, potenciando la dirección institucional del proceso e incrementando laconvergencia y el impacto de los actores clave dentro deél. h) Completar el marco normativo de la descentralización, con el fin de asegurar la estabilidad jurídica del proceso en el largo plazo. Artículo 4º.- Funciones Son funciones del CND, las expresamente establecidas para la Entidad en la normatividad señalada en el artículo1° precedente, así como las que le sean encargadas por mandato legal expreso. Artículo 5º.- Naturaleza El CND, de acuerdo al numeral 23.1 del artículo 23º y el numeral 24.1 del artículo 24º de la LBD, es un organismoindependiente y descentralizado, con calidad de Pliego Presupuestario, que goza de autonomía técnica, administrativa y económica en el ejercicio de sus funciones.De conformidad con el numeral 46.6 del artículo 46° delDecreto Supremo Nº 094-2005-PCM, Reglamento deOrganización y Funciones de la Presidencia del Consejode Ministros (PCM), se encuentra adscrito a dicho Sector del Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuestoen el tercer párrafo del artículo 54º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo (LOPE). Artículo 6º.- Consejo Directivo El CND cuenta en su estructura orgánica con un Consejo Directivo, que constituye la suprema instancia de la Entidady su composición tiene carácter intergubernamental. Artículo 7º.- Mandato Con la finalidad de garantizar la continuidad de la descentralización, en tanto forma de organización democrática y política permanente del Estado de carácterobligatorio, los Miembros del Consejo Directivo del CND,conforme al mandato del numeral 23.3 del artículo 23º dela LBD, son designados por un período de cuatro (4) años.La representación de los Miembros rige a partir de la vigencia de la Resolución Suprema que formaliza la designación, la misma que es refrendada por el Presidente del Consejo deMinistros. Los representantes de los niveles de gobierno regional y local son designados, en el marco del artículo 79º de laLOGR, con arreglo a las disposiciones de la Resolución Presidencial Nº 008-CND-P-2003 y sus normas modificatorias y complementarias - Reglamento deElecciones de Representantes al CND. Los Miembros del Consejo Directivo del CND pueden formular renuncia a la representación que ejercen,cursando comunicación escrita ante la instancia que los designó. La representación tiene vigencia hasta la dación de la Resolución Suprema que designa alMiembro reemplazante. Artículo 8º.- Secretaría Técnica El CND, a efecto de ejecutar las políticas institucionales que dicta la Alta Dirección, cuenta con una Secretaría Técnica, conforme lo dispone el numeral 24.2 del artículo24º de la LBD. Artículo 9º.- Jurisdicción El CND, siendo el responsable directo de todas las acciones y transferencias señaladas en cada una de lasetapas del proceso de descentralización, tiene jurisdicciónen todo el territorio nacional. Las normas que dicta en cumplimiento de mandatos legales, según su naturaleza, son de alcance nacional y se publican en el Diario Oficial ElPeruano. Artículo 10º.- Domicilio El CND tiene su domicilio legal en la Capital de la República, pudiendo desarrollar sus funciones a través deoficinas ubicadas en el territorio nacional. CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 11º.- Estructura organizativa El CND, para el cumplimiento del rol que la LBD le asigna, tiene la siguiente estructura orgánica: I. Órganos de la Alta Dirección a.1 Consejo Directivoa.2 Presidencia a.2.1Despacho Presidencial a.2.2Órgano de Asesoramiento a.2.2.1Gabinete de Asesores II. Órgano de Control b.1 Órgano de Control Institucional III.Órganos de Ejecución c.1 Secretaría Técnica c.1.1Despacho Secretarial c.1.2Órgano de Asesoramiento C.1.2.1Oficina de Asesoría Jurídica c.1.3Órganos de Apoyo c.1.3.1 Gerencia de Administración y Finanzas c.1.3.2 Oficina de Cooperación Internacional c.1.3.3 Oficina de Comunicaciones c.2 Órganos de Línea c.2.1Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica c.2.2Gerencia de Desarrollo e Integración Territorial c.2.3Gerencia de Gestión Pública Descentralizada c.2.4Gerencia de Transferencias y Acreditación c.3 Órganos Desconcentrados c.3.1Oficinas Territoriales Artículo 12º.- Organigrama