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PÆg. 316611 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de abril de 2006 Grupo de Trabajo de Transportes, a realizarse del 22 al 25 de mayo de 2006, en la ciudad de Hanoi, Vietnam.Asimismo, dicho evento comprende, entre otros, actividadesque se inician el 21 y culminan el 26 de dicho mes; Que, con Informe Nº 070-2006-MTC/02.01, de fecha 27 de marzo de 2006, de la Secretaría de Transportes delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, se señala queel Foro Económico Asia Pacífico (APEC) tiene como finalidadla liberalización y facilitación del comercio y la inversión, asícomo la cooperación técnica y económica en las diversas áreas. De este modo, resulta necesario que el Perú participe de manera activa en los eventos del Foro Económico AsiaPacífico (APEC), no sólo por la importancia que ello revisteen el desarrollo comercial y exportador y la convenienciade ser receptores de los proyectos de cooperación que seofrecen en APEC, sino porque el Perú ha sido designado como país anfitrión de la XVI Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) en elaño 2008 ocupando la Presidencia del APEC; Que, asimismo, resulta necesario la interactuación del Perú con los representantes de las economías miembrosdel Foro Económico Asia Pacífico (APEC), para lograr el éxito de la próxima Cumbre de Lima, razón por la cual las economías partícipes deberán adecuarse a los criterios decompetitividad y eficiencia, resultando necesario eldesarrollo de las infraestructuras de transporte de usopúblico; Que, por lo expuesto, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21de enero de 2006; Que, asimismo, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, establece que "mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el PlanAnual de Viajes del Sector, antes del 15 de febrero de2006, el cual pormenorizará la relación de viajes al exteriorde funcionarios y servidores públicos considerando que elgasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, de este modo, con Resolución Ministerial Nº 133- 2006-MTC/01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicadaen el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el año Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, Decreto de Urgencia Nº 002-2006, DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y la Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Néstor Palacios Lanfranco, Viceministro de Transportes del Ministerio deTransportes y Comunicaciones y del señor Mario Arbulú Miranda, Jefe de la Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Hanoi,Vietnam, durante los días 21 al 26 de mayo de 2006, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes yComunicaciones, de acuerdo a los siguientes términos: Pasajes (por 2 personas) US$ 4,426.00 Viáticos (por 2 personas) US$ 4,160.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por 2 personas) US$ 60.50 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los funcionariosmencionados en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberánpresentar un informe al Despacho Ministerial, con copia ala Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación deimpuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Encargar al señor Juan Antonio Pacheco Romaní, Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las funciones del Viceministro de Transportes, a partir del 21 de mayo de2006 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 6º.- Encargar al ingeniero Ricardo Otiniano Moquillaza, Director General de la Dirección General deCaminos y Ferrocarriles, las funciones de Jefe de la Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a partir del 21 de mayo de 2006 y entanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06581 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civila Rusia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2006-MTC/02 Lima, 11 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j)del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes al exteriorde funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos,exceptuándose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funcionesen el marco de las negociaciones orientadas a la suscripciónde los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del año 2006, los que seránaprobados conforme al procedimiento establecido por laLey Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de serviciosdescritas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en concordancia con sus facultades desupervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO- 120E-2006, presentada el 10 de abril de 2006, en el marcodel Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos