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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (26/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 317384 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 Que, la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 31 de octubre de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de San Francisco, se observa que Volunteers for Inter American Assistance - VIDA en cooperación con AmeriCares, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ; Que, los bienes donados consisten en 21 pallets conteniendo suplementos nutricionales: suplemento nutricional Ensure frasco x 237 mi., con un peso bruto de 19,535.70 kilos, y con un valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares americanos) según Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005- 10-177187-01-0-00 de fecha 25-Nov-05, esta donación se distribuirá entre los beneficiarios que VIDA-Perú seleccione; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter American Assistance - VIDA en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter American Asístanse - VIDA en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ que consisten en 21 pallets conteniendo suplementos nutricionales: suplemento nutricional Ensure frasco x 237 ml., con un peso bruto de 19,535.70 kilos, y con un valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares americanos) según Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10- 177187-01-0-00 de fecha 25-Nov-05, esta donación se distribuirá entre los beneficiarios que VIDA-Perú seleccione. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07222 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0463-2006-RE Lima, 20 de abril de 2006 Visto, el Expediente Nº 296-2006, presentado por la asociación ROTARY CLUB EL RÍMAC, mediante el cual se solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de THE DOE RUN COMPANY.CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación ROTARY CLUB EL RÍMAC, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación lnternacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 26 de agosto, legalizada por el Consulado General del Perú en San Luis Missouri se observa que THE DOE RUN COMPANY ha efectuado una donación a favor de la asociación ROTARY CLUB EL RÍMAC; Que, los bienes donados consisten en veintiocho mil novecientos ochenta (28,980) piezas de diversos artículos ropa, juguetes, artículos de escuela y máquina de escribir, amparados con DUA 118-2004-10-127299 de fecha 06/10/04, con un peso recibido 7,980.00 K.B con un valor FOB de US$ 9,901.85 (Nueve mil novecientos uno y 85/100 dólares americanos) que será donado a los miembros más necesitados de las comunidades de Cobriza y/o La Oroya; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por THE DOE RUN COMPANY ha efectuado una donación a favor de la asociación ROTARY CLUB EL RÍMAC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por THE DOE RUN COMPANY a favor de la asociación ROTARY CLUB EL RÍMAC consistente en veintiocho mil novecientos ochenta (28,980) piezas de diversos artículos ropa, juguetes, artículos de escuela y máquina de escribir, amparados con DUA 118-2004-10-127299 de fecha 06/10/04, con un peso recibido 7,980.00 K.B con un valor FOB de US$ 9,901.85 (Nueve mil novecientos uno y 85/100 dólares americanos) que será donado a los miembros más necesitados de las comunidades de Cobriza y/o La Oroya; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07223