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PÆg. 317378 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 General de la Policía Nacional de Ecuador, está de conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Funcionarios y Servidores Públicos que irroguen gastos al Tesoro Público; con lo establecido en el Art. 1º del Decreto Supremo Nº047-2002-PCM del 5JUN2002, en concordancia con lo previsto en el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 21 ENE2006, con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; Que, teniendo en consideración que la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todo acto administrativo que otorga beneficio al administrado se entiende. eficaz desde la fecha de su emisión, salvo disposición diferente del mismo acto; resulta necesario aplicar al presente caso la figura legal de la eficacia anticipada regulada en el artículo 17º de la citada Ley; Que, el numeral 17. 1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera, más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, siendo así, mediante la eficacia anticipada se permite el efecto excepcional de la retroactividad del acto administrativo hasta momentos anteriores a su emisión; por lo que la autorización materia de análisis puede efectuarse a partir del 26FEB2006; Estando a lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje en comisión del servicio, del General PNP Julio César ACURIO MONGE Inspector General de la Policía Nacional del Perú, a la República de Ecuador, del 26FEB al 4MAR2006, para que asista en representación del señor General de Policía Luis Hermilio MONTO YA VILLANUEVA Director General de la Policía Nacional del Perú, a la Ceremonia de Graduación de la Sexagésima Séptima Promoción de Subtenientes de la Escuela Superior de Policía "General Alberto Enríquez Gallo" de la República del Ecuador; en la que se distinguirá con una Condecoración al Director General de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo a la Cadena Funcional del Gasto: Presupuesto del Pliego 007 MININTER, Unidad Ejecutora 019 Dirección de Instrucción y Doctrina PNP, Función 07 Defensa y Seguridad Nacional, Programa 003 Administración, Subprograma 0006 Administración General, Actividad / Proyecto 100257 Gestión Administrativa, Componente 3000693 Gestión Administrativa, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ Aeropuerto US$ General PNP Julio 568.24 1 200.00 30.25 César ACURIO MONGE Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje deberá presentar ante el Ministro del Interior un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 07166Autorizan a procurador iniciar acciones correspondientes para que se declarenulidad de Resoluciones Directoralesque declaran procedentes solicitudes de asignación de vehículos de Comando a oficiales PNP en situación de retiro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1012-2006-IN/PNP Lima, 19 de abril del 2006 VISTO, el Oficio Nº 1148-2005-DIREJADM-DIRLOG- PNP/SEC. de 09MAR2005, mediante el cual la Secretaría DIRLOG-PNP remite al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP, copia de CIENTO TREINTA y NUEVE (139) Resoluciones Directorales que declaran procedente la asignación de vehículo de Comando a Coroneles Policías y de Servicios PNP en Situación de Retiro, correspondiente a los años 2002 - 2003, según relación adjunta. CONSIDERANDO:Que. mediante Informe Nº 13-05-OAJDM-MINT de 10MAR2005, el Asesor Jurídico del Despacho del Ministerio del Interior, opina se autorice al señor Procurador Público de la PNP, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones judiciales para que se declare la nulidad de CIENTO TREINTA y NUEVE (139) Resoluciones Directorales que declaran "Procedente" las solicitudes de asignación de vehículos de Comando a los señores Coroneles Policías y de Servicios PNP en Situación de Retiro correspondiente al período 2002-2003, por contravenir lo establecido en el Artículo 5º del D.S. Nº 035-77-IN de 28SET77, el cual establece lo siguiente: "Se pondrá un automóvil al servicio de los Oficiales Generales, Coroneles e Inspectores Superiores en Situación de Actividad"; Que, mediante Informe Nº 151-03-2005-DIRLOG- PNP/DIVTRA-DCV-2 de 08MAR2005, la División de Transportes DIRLOG-PNP ha observado las Resoluciones Directorales Nºs. 15, 14, 597, 602, 594, 595, 598, 593, 596, 592, 781, 782, 800, 843, 856, 855, 866, 848, 872, 873, 942, 943, 960, 1078, 1155, 1244, 1154, 1246, 1250, 1245, 1251, 1243, 1365, 1740, 1448, 1453, 1452, 1450, 1449, 1451, 1474, 1601, 1610, 1608, 1615, 1609, 1611, 1613, 1603, 1612, 1640, 1643, 1683, 1686, 1691, 1707, 1708, 1710, 1705, 1704, 1701, 1702, 1706, 1709, 1703, 1721, 1878, 1952, 2367 y 2365-2003- DIRGEN/DIRLOG y 432, 516, 986, 1045, 1063, 1048, 1057, 1062, 1060, 1051, 1059, 1058, 1053, 1052, 1061, 1330, 2231, 3174, 3176 y 3173-2002-DIRGEN/DIRLOG, correspondientes a Oficiales Coroneles PNP en Situación de Retiro y Nºs. 16, 17, 785, 857, 941, 1080, 1079, 1081, 1082, 1241, 1152, 1249, 1247, 1242, 1248, 1470, 1472, 1471, 1473, 1614, 1605, 1602, 1604, 1607, 1606, 1642, 1644. 1639. 1669, 1682, 1892, 1890. 1891, 1893, 1894, 1920, 1929, 2050, 2049, 2067, 2066 y 2364-2003- DIRGEN/DILOG y 297, 431, 987, 1054, 1055, 1056 y 1712-2002-DIRGEN/DIRLOG, correspondientes a Oficiales Coroneles de Servicios PNP en Situación de Retiro, en las que se declaran "Procedente" la asignación de vehículo de Comando; pedido que contraviene lo establecido en el Artículo 5º del D.S. Nº 035-77-IN de 28SET77, el cual establece que se asignará un automóvil al servicio de los señores Generales y Coroneles PNP en Situación de Actividad; Que, es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en representación del Estado interponga las acciones legales que corresponda de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Que, mediante Dictamen Nº 195- 2006-DIRLOG-PNP/ UAJ de 8FEB2006, la Unidad de Asesoría Jurídica DIRLOG-PNP, opina: que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 202º, numerales 202.2, 202.3 y 202.4 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General,