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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (26/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 317398 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, de la fotocopia certificada del Acta de Defunción expedida por la Municipalidad Distrital de Los Olivos, aparece que el día 31 de diciembre del 2005 se produjo el sensible fallecimiento de la señora doctora Maribel María Reyes Mayaute, Juez Titular de Paz Letrado de Independencia, Distrito Judicial del Cono Norte de Lima; Que, el inciso primero del artículo 245º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el cargo de magistrado termina por fallecimiento; Que, en tal sentido, y habiéndose determinado que la magistrada Maribel María Reyes Mayaute, falleció el 31 de diciembre del año próximo pasado, corresponde en consecuencia formalizar su cese, de conformidad con la norma cintada precedentemente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los señores Consejeros Javier Román Santisteban por encontrarse conformando Sala y Luis Alberto Mena Núñez por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer en vía de regularización, el cese por fallecimiento de la doctora Maribel María Reyes Mayaute en el cargo de Juez Titular de Paz Letrado de Independencia, Distrito Judicial del Cono Norte de Lima; reconociéndosele póstumamente por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO07383 Autorizan a las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ica y Apurímac aestablecer horarios de refrigerio en susrespectivas jurisdicciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 046-2006-CE-PJ Lima, 27 de marzo del 2006 VISTO:El Oficio Nº 3412-2005-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, expidió la Resolución Administrativa Nº 072-2002-CE-PJ, su fecha 5 de junio del 2002, aprobando la Directiva que regula la jornada laboral en las Cortes Superiores de Justicia del país, en la que se establece el marco normativo para que las Cortes Superiores de Justicia de acuerdo a su realidadgeográfica, usos y costumbres, adopten las decisiones pertinentes respecto a la jornada laboral en el ámbito de su competencia; disponiéndose, asimismo, que se respete estrictamente lo prescrito por el artículo 25º de la Constitución Política del Estado, en cuanto a que la jornada ordinaria de trabajo es de 8 horas diarias, y que en las sedes judiciales ubicadas en la Costa y Sierra, la jornada laboral deberá comenzar no antes de las 7:45 de la mañana, y para la Selva no antes de las 7:00 de la mañana, debiendo agregarse, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27671, el tiempo de 45 minutos de refrigerio, el cual no forma parte ni de la jornada ni del horario de trabajo; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash mediante Oficio Nº 3412-2005-P-CSJAN/PJ, conforme al Acuerdo adoptado en Sala Plena y a la solicitud presentada por el Sindicato de Trabajadores de ese Distrito Judicial, solicita a este Órgano de Gobierno autorización para ampliar el horario de refrigerio en dicha Corte Superior de 45 a 60 minutos, esto es de 13:30 a 14:30 horas, incrementando el horario de salida en 15 minutos; Que, sobre el particular, la mencionada resolución administrativa dispuso en el inciso 2) de sus Normas Específicas que “cualquier decisión con relación al horario de refrigerio distinto a lo preceptuado, requerirá previo acuerdo con los trabajadores y autorización del Consejo Ejecutivo”; al respecto aparece de fojas 4 a 6 los Oficios Nºs. 70 y 72-2005-STPJ-BA-HZ/DIR cursados por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Ancash en los que expresan conformidad con la variación del horario de refrigerio; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del Consejero Luis Alberto Mena Núñez por encontrarse de vacaciones, por unanimidad: RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Corte Superior de Justicia de Ancash a establecer en el ámbito de su circunscripción el horario de refrigerio de 13:30 a 14:30 horas, incrementándose el horario de salida en 15 minutos. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTÉBANJOSÉ DONAIRES CUBASWÁLTER COTRINA MIÑANO 07384 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 047-2006-CE-PJ Lima, 27 de marzo del 2006 VISTOS:Los Oficios Nºs. 1254-2005-P-CSJIC/PJ, 4069- 2005-P-CSJIC/PJ y 7572-2005-P-CSJIC/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica; y,