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PÆg. 317409 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil para que, en nombre y representación de los intereses del WILFREDO MURAYARI SALDAÑA, IDA ESPINOZA ISIDRO, JOSEALCIDES VENERO QUINTANILLA, FELIX ABOLLANEDA BENITES, JULIAN CANCHARI ILANZO, JULIO DEL AGUILA SAHUARICO y RICARDO PALERMO CUEVAGUTIERREZ, por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil. Articulo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrase, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 07365 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de soporte yactualización de software Oracle RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 291-2006-JEF/RENIEC Lima, 24 de abril de 2006VISTO, el informe N° 526-2006/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 6 de abril del 2006, de la Subgerencia deLogística, Oficio N° 1280-2006-GAD/RENIEC, de fecha 7 de abril del 2006 de la Gerencia de Administración y el Informe N° 384-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 10 de abrildel 2006 de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497 se crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los Artículos 177º y 183º de la ConstituciónPolítica del Perú, como un organismo con personería jurídica de derecho público interno y con atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica yfinanciera; Que, mediante Informe Nº 526-2006-SGLG/GAD de 6 de abril del 2006, la Subgerencia de Logística mencionaque la Gerencia de Informática y Estadística ha señalado la necesidad de renovar por el periodo de un año, el “Soporte y Actualización de Software Oracle” gracias alcual se administra la base de todos los ciudadanos a nivel nacional; Que, en el referido informe se señala que a partir de las Especificaciones Técnicas remitidas por el área usuaria, se ha realizado el estudio de mercado correspondiente, y se ha determinado que la empresaOracle del Perú S.A. constituye la única empresa autorizada por Oracle Corporation para renovar los servicios de soporte técnico y distribuir todos losproductos y servicios Oracle, tal como se acreditó mediante la carta fecha 14 de marzo del 2006, de Oracle Latin America, es decir, que se debe llevar a cabomediante la calidad de bien que no admite sustituto dado que existe un único proveedor del mismo; Que, se precisa que el requerimiento de Soporte y Actualización de Software Oracle se deberá tramitarse como la adquisición de un bien, de acuerdo a lo establecido en el numeral 51. Equipamiento de BienesDuraderos del Clasificador del Gasto Público para el año fiscal 2006, naturaleza que se ha tenido en años anteriores, por lo que no corresponde su contratacióncomo servicios; Que, además, se señala que no se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2006,el proceso de selección para la Adquisición de Soporte yActualización de Software Oracle, señalando que acuerdo al estudio de mercado, el monto de la contrataciónasciende a US$160,297.06, contando con cobertura presupuestal tal como fue establecido en el informe N° 520-2006/SGP/GPP/RENIEC de fecha 6 de abril del2006; Que, la Gerencia de Administración, a través de su Oficio N° 1280-2006-GAD/RENIEC, de fecha 7 de abrildel 2006, solicita viabilizar el pedido efectuado por la unidad orgánica en consecuencia, se deberá proyectar la Resolución Jefatural que formalice la inclusión delproceso de selección de “Soporte y Actualización del Software Oracle”, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones institucional correspondiente al ejerciciopresupuestal 2006 y la exoneración del proceso de selección correspondiente por la causal de bien que no admite sustituto, por ser proveedor único; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 052º -2006- JEF/RENIEC, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad para el EjercicioPresupuestal 2006; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º último párrafo del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones, conindependencia del régimen que las regula; Que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 25° y 27° del mencionado Reglamento del Texto ÚnicoOrdenado, toda modificación del Plan Anual, sea por inclusión y/o exclusión de algún proceso de selección para la adquisición y/o contratación de bienes, serviciosu obras, debe ser aprobada, por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa; debiendo ser publicado el Plan Anual modificado y el documento que lo apruebaen el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado; Que, por Informe Nº 384-2006-GAJ/RENIEC de 10 de abril del 2006, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la exoneración del proceso de selección respectivo por la causal de bien que no admitesustituto de la Licitación Pública; Que, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los servicios no admiten sustitutos, debiendollevarse la contratación directamente, en atención a lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento, requiriendo invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla conlas características y condiciones establecidas en las bases. Que, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo, literal a) del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, dichaexoneración se aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriéndose obligatoriamente, a tal efecto, un informe técnico-legal previo, según loestablecido en el tercer párrafo del mismo artículo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas en la LeyN° 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 11° del Reglamentode Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 1183-2005-JEF/RENIEC del 7 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Nacional y Estado Civil, para el ejercicio presupuestal2006 del proceso de Licitación Pública, para la contratación de Soporte y Actualización de Software Oracle, con un valor referencial de US$ 160,297.06(ciento sesenta mil doscientos noventa y siete y 06/100 dólares americanos) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, conforme consta