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PÆg. 317425 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Declaran en situación de emergencia la seguridad de la ciudadanía y bienesen el departamento de Tacna ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 011-2006-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 20 de abril del 2006EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSIDERANDO: Que, ante el déficit de efectivos policiales y la incipiente implementación del servicio de seguridad ciudadana que limitan la eficaz intervención operativade la PNP de Tacna, se hace necesario declarar en situación de emergencia social al departamento de Tacna, a efectos de dotar recursos para gastos deoperatividad de la PNP, lo cual permitirá hacer frente a la delincuencia común y asegurar con ello, la convivencia pacífica de la ciudadanía; Que, la situación expuesta, repercute gravemente en la actividad turística ocupacional de la población tacneña, más aún, si se encuentra ubicada en zonafronteriza; por lo tanto, se requiere con urgencia realizar continuos operativos que conlleven a erradicar la delincuencia organizada, en salvaguardia de los turistasy ciudadanía en general; Que, el tema de la Seguridad Ciudadana, es una Política de Estado; así ha sido considerado en el séptimopunto del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, en el cual expresamente se señala: "Erradicación de la Violencia y Fortalecimiento del Civismo y de laSeguridad Ciudadana"; Que, conforme a lo solicitado por la Presidencia del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, el Pleno delConsejo Regional, estima oportuno y prioritario considerar las limitaciones logísticas de comunicaciones por la cual viene atravesando la Policía Nacional delPerú, situación que dificulta la operatividad eficaz de lucha contra la delincuencia; asimismo, acuerda gestionar ante los niveles correspondientes ladeclaratoria de urgencia del sistema informático y de comunicaciones de la PNP, debiendo la Jefatura Regional Policial de Tacna, efectuar el diagnóstico en sustentodel pedido de urgencia; Por lo expuesto, y con las atribuciones conferidas en los artículos 37º literal a) y 39º de la Ley Nº 27867 -LeyOrgánica de Gobiernos Regionales- sus normas modificatorias y complementarias; y, estando a lo debatido y aprobado en la Sesión Extraordinaria de fechaveinte de abril del presente, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con el voto unánime de sus miembros presentes; ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR en situación de emergencia la seguridad de la ciudadanía y bienes, debido al incremento de la delincuencia en el departamento deTacna, especialmente en el ámbito urbano. Artículo 2º.- DISPONER que el Gobierno Regional, en forma inmediata, afecte presupuesto del Año Fiscal 2006, del componente: "Atención de Situaciones de Emergencias y Urgencias", para el cumplimiento delpresente Acuerdo; consecuentemente, se dispone que la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectúe las gestionescorrespondientes. Artículo 3º.- APROBAR que el Gobierno Regional, solicite al Gobierno Central, el incremento de Efectivos Policiales y la asignación presupuestaria suficiente para atender las necesidades que demandarán los gastosde operatividad, en cumplimiento de los acuerdos previstos en el Plan Regional de Seguridad Ciudadana.Artículo 4º.- APROBAR, que el Gobierno Regional, participe en forma directa en el resguardo de la seguridad ciudadana y/o mediante convenios con la Policía Nacional, con las prerrogativas que ambas partesdeterminen; así como, participar en la programación, ejecución y supervisión de los proyectos de seguridad ciudadana que se ejecutarán en el presente EjercicioFiscal. Artículo 5º.- Publíquese el presente, en el Diario Oficial El Peruano; y, difúndase su contenido, en el PortalElectrónico de la institución, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda y cumpla.JULIO A. ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional 07398 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LIMA METROPOLITANA Amplían plazo establecido en la Ordenanza N” 893-MML sobre Reajuste Integral de Zonificación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima ORDENANZA Nº 931 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de abril de 2006, el Proyecto de Ordenanza de Ampliaciónde Plazo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 893-MML, presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 025-2006-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA Nº 893-MML. Artículo Único.- Ampliar el Plazo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 893- MML, Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima, que tiene el tenorsiguiente: “Primera.- Manténgase en vigencia el Capítulo IV de la Ordenanza Nº 062-MLM, en lo que corresponde a Alturas de Edificaciones, hasta la aprobación del nuevo Plano de Alturas de Edificaciones del Centro Históricode Lima, el cual será elaborado por una Comisión Especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima y elevado al Concejo Metropolitano, por manzanas o ejesviales, para su aprobación por Ordenanza, en un plazo de 90 días hábiles a partir de la puesta en vigencia de la presente Ordenanza”, correspondiente al ReajusteIntegral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima. Quedando redactada de la siguiente manera: “Primera.- Manténgase en vigencia el Capítulo IV de la Ordenanza Nº 062-MLM, en lo que corresponde a