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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (26/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 317426 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2006 Alturas de Edificaciones, hasta la aprobación del nuevo Plano de Alturas de Edificaciones del Centro Histórico de Lima y elevado al Concejo Metropolitano, por manzanas o ejes viales, para su aprobación porOrdenanza, en un plazo de 90 días hábiles contados a partir de la expedición de la Resolución de Alcaldía que conforma la mencionada Comisión Especial”. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En Lima, a los once días del mes de abril del año dos mil seis. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 07212 MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan plazos de vencimiento para pago del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013 Ate, 19 de abril de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 096-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 104-MDA, en la cual se establecen los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondiente alejercicio fiscal 2006, la Ordenanza Nº 095-MDA, con la que se aprueba las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias correspondiente al año 2006, elInforme Nº 098-GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Proveído Nº 1367-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal y el Informe Nº 929-06-GAJ/MDA de laGerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011 de fecha 31 de marzo de 2006, se prorrogó el plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y del 1er. trimestre y pago alcontado de la Tasa de Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2006, para los propietarios de más de un predio o un solo predio con uso distinto a vivienda o terreno sinconstruir. Que, la presente Administración considera por pertinente el otorgamiento de facilidades para el pago delas obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos tanto las personas naturales como jurídicas en el ámbito de la jurisdicción del distrito, motivo por el cuales necesario flexibilizar los plazos de cumplimiento de las mismas. Que, mediante Informe Nº 929-06-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, estableceque el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que mediante Decreto de Alcaldía se disponga la prórroga del vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios, según la propuesta de laGerencia de Rentas. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidaedes Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento establecido en los artículos 1º y 2º de la OrdenanzaNº 95-MDA, para los propietarios de más de predio o un predio con uso distinto al de Vivienda o Terreno Sin Construir, el mismo queda establecido de la siguiente manera: El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 12 de mayo - Pago fraccionado : Primera Cuota : 12 de mayo El plazo para el pago de la Tasa de Arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 12 de mayo - Pago fraccionado : Primera Cuota : 12 de mayo Artículo 2º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento establecido en los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 95-MDA, para los propietarios de un solo predio o unpredio destinado a vivienda o terreno sin construir, el mismo queda establecido de la siguiente manera: El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 12 de mayo - Pago fraccionado : Primera Cuota : 12 de mayo El plazo para el pago de la Tasa de Arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 12 de mayo - Pago fraccionado : Primera Cuota : 12 de mayo Artículo 3º.- PRORROGAR, la vigencia del beneficio otorgado en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 096-MDA, teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente Decretode Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Agencias Municipales de Salamanca, Huaycan y Santa Clara y demás áreaspertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 07361 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban como calle definitiva la vía pœblica que une el AsentamientoHumano "La Voz de Israel" con laavenida Tœpac Amaru ORDENANZA MUNICIPAL Nº 098-A/MDC Carabayllo, 9 de diciembre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,