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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 11 de agosto de 2006 326135REPUBLICADELPERU TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20 /G79/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 635-2006-MTC/01 Lima, 9 de agosto de 2006CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario encargar el citado cargo en tanto se designe a su Titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y en el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al señor Guillermo Ernesto Villanueva Pinto, Director de la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, el cargo de Director General de la Dirección General de Gestiónde Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin perjuicio de seguir atendiendo su cargo y en tanto se designe a su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERONICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 00947-1 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65 /G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G54/G41/G43/G41/G20/G50/G45/G52/GDA/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C /G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 128-2006-MTC/12 Lima, 20 de julio del 2006 Vista la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU sobre Renovación y Modificación de Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros,carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 073-2002- MTC/15.16 del 22 de abril del 2002, modificada por Resolución Directoral Nº 226-2003-MTC/12 del 17 de septiembre del 2003, Resolución Directoral Nº 261-2003-MTC/12 del 18 de noviembre del 2003 y Resolución Directoral Nº 065-2005-MTC/12 del 13 de mayo del 2005, se otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACAPERU, Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (4) años; Que, con Documento de Registro Nº 2006-006915 del 14 de marzo del 2006, Documento de Registro Nº 019665 del 23 de marzo del 2006, Documento deRegistro Nº 206-010958 del 26 de abril del 2006 y Documento de Registro Nº 030656 del 9 de mayo del 2006, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicitóla Renovación y Modificación de Permiso de Operación, a fin de modificar material aeronáutico, rutas y frecuencias; Que, con Memorándum Nº 318-2006-MTC/12.AL, Memorándum Nº 403-2006-MTC/12.AL y Memorándum Nº 467-2006-MTC/12.AL emitidos por la Asesora Legal,Memorándum Nº 055-2006-MTC/12 y Memorándum Nº 095- 2006-MTC/12 emitidos por la Asesora de Política Aérea y Memorándum Nº 1527-2006-MTC/12.04 emitido por laDirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento;y, demás disposiciones legales vigentes: Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con el Certificado de Explotador de ServiciosAéreos Nº 009 y sus Especificaciones de Operación - OPSPECS respectivas: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, la Dirección General de Aeronáutica Civil resuelve en primera instancia respecto de lasautorizaciones y procedimientos administrativos a que se refiere la mencionada ley, así como los establecidos en la Ley de Aeronáutica Civil, por lo que el presentepermiso se otorga mediante Resolución Directoral; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g), de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante laexpedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracionesjuradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lodispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreascompetentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovación y Modificación dePermiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del 23 de junio del 2006, fecha siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 073-2002-MTC/15.16 del 22 de abril del 2002, modificada por Resoluciones Directorales Nº 226-2003-MTC/12 del 17 de septiembre del 2003, Nº 261-2003-MTC/12 del 18 denoviembre del 2003 y Nº 065-2005-MTC/12 del 13 de mayo del 2005, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Internacional MATERIAL AERONÁUTICO: - AIRBUS A-319. - AIRBUS A-320. - AIRBUS A-321. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCO- MERCIALES: SUDAMÉRICA: I. De conformidad con la Decisión 582 de la Comunidad Andina de Naciones, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - CARACAS Y VV., hasta catorce (14) frecuencias semanales.