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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de diciembre de 2006 333733 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM de fecha 8 de agosto de 2006, se prohíbe en las entidades del Sector Público comprendidas en los anexos de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro; Que, el Artículo 2º del referido Decreto Supremo establece que el Titular de la Entidad o quien éste delegue podrá autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa reconoce a la Marina de Guerra del Perú como Órgano de Ejecución del Sector Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a proceder a la impresión, fotocopiado y publicaciones a color, para cumplir con las actividades que se detallan por anexo y que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- El Comandante General de la Marina realizará las acciones administrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 6307-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa del Brasil y de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1175-2006-DE/SG Lima, 30 de noviembre de 2006CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1073 de fecha 17 de octubre de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en la III Conferencia Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Brasil, se acordó la participación de personal militar del Brasil en el Curso de Comando y Estado Mayor del Ejército del Perú, como parte de las medidas de con fi anza mutua desarrolladas entre ambos países; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 de diciembre de 2006 al 31 de enero de 2009, con el fi n de participar en el Curso de Comando y Estado Mayor del Ejército del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 6307-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1176-2006 DE/SG Lima, 30 de noviembre de 2006CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1123, de fecha 25 de octubre de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, a través del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América en el Perú, la Marina de Guerra del Perú recibió el ofrecimiento de llevar a cabo diversos tipos de entrenamiento con las Fuerzas Navales del Perú por la Infantería de Marina de dicho país, en el que se encuentra considerado un Entrenamiento en Operaciones Militares con Vehículo Mecanizado en terreno Urbano, Parte I; Que, dicha instrucción esta orientada para el personal de Comandos de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, que permitirá el entrenamiento utilizando vehículos anfi bios de la Comandancia de Infantería de Marina; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 3 al 8 de diciembre de 2006, para realizar un entrenamiento en operaciones militares con vehículo mecanizado en terreno urbano con Comandos de la Infantería de Marina de Guerra del Perú, en las instalaciones de la Marina en Ancón. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 6307-3