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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de diciembre de 2006 333746 departamento de Piura, delimitada por las siguientes coordenadas geográ fi cas (DATUM WGS 84): VÉRTICE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 5° 48’ 0.94320” 81° 05’ 56.4716” B 5° 48’ 10.7568” 81° 05’ 31.4124” C 5° 48’ 42.3900” 81° 05’ 39.0768” D 5° 48’ 56.7792” 81° 05’ 59.3664” E 5° 48’ 39.3876” 81° 06’ 14.0796” F 5° 48’ 32.3892” 81° 06’ 01.0800” Artículo 2°.- La concesión para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el artículo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtención de larva planctónica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesión. Artículo 3°.- La concesión a que se re fi eren los artículos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) años, renovable por un período igual; debiendo la titular de la concesión cumplir con lo establecido en el Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, así como: - Tramitar ante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorización para la ocupación del área acuática, en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la concesión. - Tramitar ante el Ministerio de la Producción la autorización para la instalación de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del área de la concesión otorgada. - Presentar informes semestrales a la Dirección General de Acuicultura, con copia a la Dirección Regional de la Producción Piura, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Obtener la cali fi cación sanitaria emitida por la Dirección de Inspección y Control Sanitario del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, y presentar a la Dirección General de Acuicultura y a la Dirección Regional correspondiente, antes de dar inicio a sus actividades de cosecha. Artículo 4°.- La utilización del objeto de la concesión con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgó, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivó su otorgamiento, no acreditar la ejecución de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolución Directoral serán causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Artículo 5°.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Regional de la Producción Piura, Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SULMA CARRASCO BARRERA Directora General de Acuicultura (e) 6242-2 RELACIONES EXTERIORES Incorporan personal del Ejército como integrante del grupo de avanzada de la Décimo Sétima Campaña Científica del Perú en la Antártida - ANTAR XVII RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1456/RE Lima, 30 de noviembre de 2006VISTAS:La Resolución Nº 1441-2006/RE del 22 de noviembre de 2006, y la Comunicación Nº 19 D. 10.2/SINGE del 29 de noviembre de 2006 emitida por el Servicio de Ingeniería del Ejército, por la cual se designa al E/C EP Cosme Aldo Saavedra Bustinza como personal integrante de la Compañía de Operaciones Antártica del Ejército; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1441-2006/ RE del 22 de noviembre de 2006, se designó en Misión Ofi cial (Comisión Especial de Servicio en el Extranjero) a los integrantes del grupo de avanzada de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII, para que viajen el 1 de diciembre a la Ciudad de Punta Arenas - República de Chile, de donde se embarcarán en el navío brasileño Ary Rongel, a fi n de ser trasladados hasta la Estación Antártica Machu Picchu en la cual permanecerán hasta el 11 de febrero de 2007; Que, se hace necesario incorporar al E/C E.P. Cosme Aldo Saavedra Bustinza como parte de la Misión O fi cial integrante del grupo de avanzada de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida – ANTAR XVII, según comunicación Nº 19 D. 10.2/SINGE de vistas; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar al E/C E.P. Cosme Aldo Saavedra Bustinza como parte de la Misión Ofi cial (Comisión Especial de Servicio en el Extranjero) integrante del grupo de avanzada de la Décimo Séptima Campaña Cientí fi ca del Perú en la Antártida, bajo los mismos alcances de la Resolución Ministerial Nº 1441-2006/RE del 22 de noviembre de 2006, para que viaje el 1 de diciembre a la Ciudad de Punta Arenas - República de Chile, donde se embarcará en el navío brasileño Ary Rongel, a fi n de ser trasladado hasta la Estación Antártica Machu Picchu donde permanecerá hasta el 11 de febrero de 2007, considerándose un día de viáticos para gastos de alojamiento en Punta Arenas, Chile, de acuerdo al siguiente detalle Nombres y ApellidosPasajes US $Viáticos US $Tarifa Aeropuerto US $ E/C E.P. SAAVEDRA BUSTINZA, Cosme Aldo1,319.50 200.00 30.25 Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores – Pliego Presupuestal Nº 081 - Instituto Antártico Peruano de la Unidad Ejecutora 001 - Instituto Antártico Peruano. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6328-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes en comisión de servicios de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 867-2006 MTC/02 Lima, 29 de noviembre de 2006