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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de diciembre de 2006 333738 Financieras del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas; y, que asímismo, mediante el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 053-2006-EF/76.01, se incluye el Numeral 1.4 en el Artículo 1º de los Lineamientos antes referidos; Que, conforme a lo señalado en la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28880 y a la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 y su modi fi catoria, el Gobierno Nacional, mediante Resolución Ministerial efectúa las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, teniendo como requisito previo la suscripción de los Convenios para la ejecución de los Proyectos de Inversión – Ley Nº 28880 Artículo 3º Numeral 3.2; Que, mediante Memorándum Nº 664-06-MEM/DEP/ DAF de fecha 15 de noviembre de 2006, la Unidad Ejecutora Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos conformante del Pliego Institucional, ha solicitado se apruebe la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor de la Municipalidad Distrital de Chocope (La Libertad), que se señala en el Artículo Nº 1 de la parte Resolutiva del presente dispositivo legal, para la ejecución de 4 proyectos de electri fi cación rural descritos en el Anexo 01, por la suma total de S/. 238 391,00; Que, mediante Memorándum Nº 672-2006-MEM/ DEP-DAF, de fecha 22 de noviembre de 2006, la Unidad Ejecutora Nº 002 – Dirección Ejecutiva antes mencionada, ha solicitado la Modi fi cación Presupuestaria en el Nivel Funcional Programático por el monto de S/. 238 391,00, que permita viabilizar la Transferencia Financiera en la Cadena Funcional Programática y de Gasto correspondiente; para tal efecto, es pertinente precisar que los créditos y anulaciones presupuestarias que se realicen se consideran comprendidos dentro de los fi nes para los cuales fueron autorizados los recursos en la Ley Nº 28880; Que, mediante Informe Nº 087-2006-MEM-OGP/ PRES de fecha 23 de noviembre de 2006, la O fi cina de Presupuesto ha emitido opinión favorable, certi fi cando la disponibilidad presupuestaria en las cadenas funcionales programáticas y de gasto que harán factible las operaciones de Transferencias Financieras a los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; la Ley Nº 28880 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y dicta otras medidas; y Lineamientos contenidos en la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 y la Res olución Directo ral Nº 053- 2006-EF/76.01, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; Con la opinión favorable de la Directora de Presupuesto y el Vº Bº del Director General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática, del Director General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 238 391,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2006; a favor de La Municipalidad Distrital de Chocope (La Libertad), para la ejecución de 4 proyectos de inversión descritos en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Recursos, materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Chocope, efectúe anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, órgano nacional competente en materia de electri fi cación rural, de acuerdo al siguiente detalle: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS PROGRAMA : 035 Energía SUBPROGRAMA : 0100 Electri fi cación Rural ACTIVIDAD : 1 038920 Transferencia para Proyectos de Inversión – Ley Nº 28880 CATEGORÍA DEL GASTO : 6 GASTOS DE CAPITAL GRUPO GENERICO DEL GASTO : 7 Otros Gastos de Capital La ejecución de los recursos autorizados mediante la transferencia fi nanciera, materia de la presente Resolución, está sujeta a los Calendarios de Compromisos que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Financiamiento de los Proyectos de Inversión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Municipalidad Distrital de Chocope. Artículo 6º.- La Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, será responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO : DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 575-2006-MEM/DM MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS ANEXO N° 01 PROYECTOS A SER EJECUTADOS POR EL GOBIERNO LOCAL VÍA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO LEY N° 28880 - CRÉDITO SUPLEMENTARIO 2006 N° PROYECTO UBICACIÓNUNIDAD EJECUTORAEMPRESA CONCESIONARIAINVERSIÓN TOTAL SNIP (S/.)ASIGNACIÓN LEY Nº 26880 (S/.)SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 2006 1 CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓNRURAL SANJON Y PALMERAS, DISTRITO DE CHOCOPE - ASCOPE - LA LIBERTADLA LIBERTAD ASCOPE CHOCOPE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOCOPEHIDRANDINA S.A. 181 198 36 240 31 122