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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de diciembre de 2006 334188 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1992/INC Lima, 29 de noviembre de 2006VISTO, el Informe N° 2088-INC/DREPH/DA/SDSP- VFH de fecha 10 de octubre de 2006 del Lic. Víctor Falcón Huayta, arqueólogo de la Subdirección de Supervisión y Peritajes de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe N° 2088-INC/DREPH/DA/ SDSP-VFH de fecha 10 de octubre de 2006 el Lic. Víctor Falcón Huayta, Arqueólogo de la Sub Dirección de Supervisión y Peritajes de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha realizado la inspección a los sitios arqueológicos Araya Grande y Las Huertas, ubicados en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, los mismos que están siendo afectados por huaqueros y otras actividades antrópicas, como la elaboración de inscripciones y, eventualmente la existencia de un cementerio moderno adyacente; Que, mediante Informe Nº 1225-2006-INC/DREPH/ DA/SDIC-JARG de fecha 9 de noviembre del 2006 el Lic. Jesús Ramos Giraldo, Arqueólogo de la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Araya Grande y Las Huertas, ubicados en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo N° 982 de fecha 17 de noviembre de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Araya Grande y Las Huertas, ubicados en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto S upremo Nº 017- 2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Araya Grande y Las Huertas, ubicados en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura, la elaboración del expediente técnico de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 6477-3RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1993/INC Lima, 29 de noviembre de 2006VISTO, el Expediente Nº 17810 de fecha 25 de octubre de 2006 que contiene el O fi cio Nº 1639-2006-AG-PETT- DE-DTSL del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O fi cio Nº 1639-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 24 de octubre de 2006 el Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite los expedientes técnicos de siete (7) sitios arqueológicos registrados en los distritos de Santiago de Chuco, Otuzco, Sinsicap y Paranday, provincia de Santiago de Chuco y Otuzco, departamento de La Libertad, elaborados por la Lic. María del Rosario Guerrero Sarmiento; Que, mediante Informe N° 1222-2006-INC-DREPH/ DA/SDIC/JJNG de fecha 10 de noviembre de 2006, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha efectuado la revisión de los siete (7) expedientes técnicos de los sitios arqueológicos: Cerro Yanacopto, Cerro Llangamasha, Cerro Yangón Grande, Huacas Corral, Cerro Shir, Peña El Órgano, Cerro Nogol; registrados en los distritos de Santiago de Chuco, Otuzco, Sinsicap y Paranday, provincia de Santiago de Chuco y Otuzco, departamento de La Libertad, no encontrándose ninguna observación, así mismo señala que no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 981 de fecha 17 de noviembre 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Cerro Yanacopto, ubicado en el distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; 2. Cerro Llangamasha, ubicado en el distrito de Sinsicap y Paranday, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 3. Cerro Yangón Grande, ubicado en el distrito de Sinsicap y Paranday, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 4. Huacas Corral, ubicado en el distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; 5. Cerro Shir, ubicado en el distrito de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 6. Peña El Órgano, ubicado en el distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; 7. Cerro Nogol, ubicado en el distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Yanacopto N° 98-INC-PETT-2006 a escala 1/2000 de fecha marzo de 2006, con un área de 2.9750 Ha y un perímetro de 764.67 m., ubicado en el distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Llangamasha N° 234-INC-PETT-2005 a escala