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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de diciembre de 2006 334196 Financiero así como la liquidación de su patrimonio, por lo que debe ser excluida del uso del SEMT; Que mediante Resolución SBS Nº 1256-2006 la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ha autorizado el funcionamiento del HSBC Bank Perú S.A. como una empresa bancaria, por lo que se ha considerado necesario incorporar a la citada empresa al SEMT; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 932, el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- EXCLUSIÓN DE EMPRESA DEL SISTEMA FINANCIERO DE LA RELACIÓN DE OBLIGADAS A USAR EL SISTEMA DE EMBARGO POR MEDIOS TELEMÁTICOS (SEMT) Exclúyase al Banque BNP Paribas Andes S.A. con RUC N° 20101070248 de la relación de Empresas del Sistema Financiero incorporadas en el SEMT por la Resolución de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT. Artículo 2°.- INCORPORACIÓN DE EMPRESA DEL SISTEMA FINANCIERO AL SISTEMA DE EMBARGO POR MEDIOS TELEMÁTICOS (SEMT) Incorpórase al HSBC Bank Perú S.A. a la relación de Empresas del Sistema Financiero incluidas en el SEMT por la Resolución de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT. Artículo 3°.- IMPLEMENTACIÓN DEL SEMTEl HSBC Bank Perú S.A. deberá implementar el SEMT antes del 2 de enero de 2007 en la forma establecida en la Resolución de Superintendencia N° 201-2004/SUNAT. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIALa presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 6527-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 159- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONASHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, está elaborado en función a la Unidad Impositiva Tributaria vigente, y Arts. 37º y 38º, de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas que lo complementan; por lo tanto, tiene validez jurídica para su propósito, instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico y conforme a la evaluación practicada al documento, éste cumple con los requisitos establecidos siendo procedente su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 016, mediante Acuerdo Nº 241-2006 de fecha 23 de noviembre de 2006, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Único.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas, que en veinte y seis (026) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil seis MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente - Gobierno Regional de Amazonas 6498-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos de enriquecimiento lácteo para el Programa del Vaso de Leche del Cercado de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 386 Lima, 1 de diciembre de 2006Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de noviembre de 2006, el Memorando Nº 844-2006-GMM-MML de la Gerencia Municipal Metropolitana y O fi cio Nº 218-2006-MML-GA de la Gerencia de Administración, poniendo en consideración del Concejo, la solicitud de Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para la Adquisición de Alimento Enriquecido Lácteo para el Programa del Vaso de Leche del Cercado de Lima.