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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de diciembre de 2006 334402 CG y en el artículo 6.4 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva del Registro de Veedores Ciudadanos, yo………………………… con D.N.I. Nº ………………., de profesión ………......…………., matrícula Nº …………..DECLARO BAJO JURAMENTO no tener con fl icto de interés con la entidad ………………………………….; no haber laborado o prestado servicios, independientemente de la modalidad contractual en la misma, en los últimos dos (2) años; no tener cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afi nidad en la mencionada entidad; no tener cónyuge o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de a fi nidad con el contratista, proveedor o trabajadores de los mismos en las obras, contratos o programas objeto de veeduría, ni tener algún interés patrimonial directo o indirecto en la ejecución de los mismos . En ese sentido, me acojo a la presunción de veracidad establecida en los artículos IV del Título Preliminar y 42º de la Ley Nº 27444; declarando asimismo, conocer las consecuencias de orden pecuniario, administrativo y penal en caso de falsedad de esta declaración conforme lo regula el artículo 32º de la citada Ley y el Código Penal. ………………………, …….de…………..de 200 Atentamente, Nombre y fi rma Doc. de identidad ANEXO Nº 05 SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VEEDORES CIUDADANOS Señores: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Por la presente, yo…………………………………………………, con DNI Nº…….., domiciliado en ………………………………………………………….., ante ustedes solicito aceptar la renovación de mi inscripción en el Registro de Veedores Ciudadanos, en cumplimiento a lo establecido en la Directiva Nº 02-2006-CG “Procedimiento de Veeduría Ciudadana en las Entidades”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 155-2006-CG del 25 de mayo de 2006. Para tal efecto, remito la documentación mencionada en la Directiva Nº 02- 2006-CG y en la Directiva del Registro de Veedores Ciudadanos, estando sujeta a veri fi cación posterior de acuerdo a la norma vigente. ……………………….de……………de 200 Atentamente, Nombre y Firma Doc. de Identidad 6617-2 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban el Informe Defensorial N° 113 “ Supervisión del Sistema Penitenciario 2006” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 57-2006/DP Lima, 12 de diciembre de 2006VISTO: El Informe Defensorial Nº 113, denominado “Supervisión del Sistema Penitenciario 2006”, elaborado por la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, a través del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoría del Pueblo. ANTECEDENTES: Desde el inicio de sus funciones en 1996, la Defensoría del Pueblo ha supervisado la situación del Sistema Penitenciario peruano emitiendo diversos informes con los resultados de sus investigaciones. Entre ellos destacan el Informe Defensorial Nº 11 “Derechos Humanos y Sistema Penitenciario: supervisión de derechos humanos de personas privadas de libertad - 1997”, el Informe Defensorial Nº 29 “Segundo Informe de Supervisión de Derechos Humanos de Personas privadas de Libertad 1998-2000” y los dos documentos de trabajo sobre la situación del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, de octubre del 1997 y octubre del 2002, respectivamente. En dichos informes se señaló que los principales problemas del Sistema Penitenciario estaban referidos al nivel de hacinamiento, la precaria infraestructura penitenciaria, así como la insu fi ciente capacidad de los servicios penitenciarios, entre otros. Con posterioridad a dichos informes defensoriales se ha observado que la situación de las cárceles se ha ido deteriorando paulatinamente. CONSIDERANDO:Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo en el Sistema Penitenciario. De acuerdo con lo establecido por el artículo 162° de la Constitución Política del Perú y el artículo 1º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, corresponde a esta institución la defensa de los derechos fundamentales y constitucionales de la persona y la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la adecuada prestación de los servicios públicos. En materia penitenciaria, la actividad de la Defensoría del Pueblo está orientada a veri fi car el respeto de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, así como la supervisión de la administración penitenciaria y la seguridad en los penales. La atención a la situación carcelaria ha sido una actividad tradicionalmente vinculada a la labor de la Defensoría del Pueblo. Asimismo, la Defensoría del Pueblo atiende las quejas de las personas privadas de libertad y realiza visitas periódicas a los centros penitenciarios para cautelar los derechos fundamentales de los internos. Segundo.- Contenido del Informe Defensorial. El presente Informe contiene los resultados de la supervisión defensorial realizada en 25 establecimientos penitenciarios del país, desarrollada entre los meses de agosto y octubre del 2006. Los penales supervisados albergan en conjunto al 72.34% del total de la población penal nacional, que en agosto del 2006 ascendía a 36,467 internos. La supervisión muestra las características de la población penal, el hacinamiento, la situación de la infraestructura penitenciaria, los problemas de seguridad al interior de los penales, así como las condiciones en que se encuentran los servicios de salud y alimentación que se brindan a los internos. Asimismo, el Informe aborda la situación de las mujeres privadas de libertad, el servicio legal y el tratamiento penitenciario. Tercero.- El Sistema Penitenciario en cifras. En los últimos años se ha producido un incremento considerable de la población penitenciaria. En efecto, durante la década de 1990, la tasa de crecimiento de la población penal fue del 4.4%. Entre el 2000 y el 2006, el promedio ha sido del 5.8%, habiéndose registrado una tasa de crecimiento del 8% en el 2004, del 12% en el 2005 y del 9% en lo que va del año 2006. Al mes de agosto del 2006, la población penal ascendía a 36,467 personas privadas de libertad, distribuida en 84 establecimientos penitenciarios. La Dirección Regional Lima tiene el índice más alto de internos con 18,616 personas recluidas (51.05% del total de la población penal nacional), en tanto que el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho es el establecimiento con mayor población en el país, albergando a 8,905 internos (24.42% de la población penal nacional). Asimismo, se han podido advertir las siguientes características de la población penal: a) El 68.19% de la población penal agrupa a los internos cuya condición jurídica es la de procesados y el 31.81% a los sentenciados. Estas cifras, proporcionadas por la administración penitenciaria, no han podido