Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2006 (13/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

334403

ser contrastadas con otras MORDAZA porque no existe informacion disponible emitida desde otras instituciones publicas. b) Los delitos contra el patrimonio comprenden al 41.55% de la poblacion penal nacional (15,152 internos); el delito de trafico ilicito de drogas comprende al 23.64% (8,622 internos); los delitos contra la MORDAZA comprenden al 19.72% (7,193 internos); los delitos contra la MORDAZA, el cuerpo y la salud comprenden al 8.72% (3,180 internos) y el delito de terrorismo comprende al 2.25% (821 internos). El resto de la poblacion penal, es decir el 4.11% (1,499 internos), ha cometido otro MORDAZA de delitos. c) La poblacion penal masculina constituye el 93.06% y la femenina el 6.94% de la poblacion penitenciaria en el ambito nacional. d) La poblacion penal nacional esta compuesta basicamente por jovenes. El segmento integrado por las personas que tienen entre 20 y 34 anos de edad representa el 60% de la poblacion penal. Cuarto.Las condiciones del Sistema Penitenciario en el Peru. La supervision defensorial en los establecimientos penitenciarios ha permitido advertir las siguientes situaciones: a) Capacidad de albergue de los establecimientos penitenciarios: la capacidad de albergue de las carceles peruanas es para 20,497 personas privadas de MORDAZA, lo que resulta insuficiente para recluir a la poblacion penitenciaria que al mes de agosto del 2006 ascendia a 36,467 internos. Esta situacion origina un 75% de sobrepoblacion penitenciaria, es decir, existen 15,970 privados de MORDAZA que no tienen condiciones adecuadas de detencion. Asi, esta realidad estructural de sobrepoblacion propicia espacios que afectan derechos fundamentales como la MORDAZA, integridad y la salud, resquebraja el MORDAZA de autoridad, favorece los actos de corrupcion y genera violencia entre las propias personas privadas de libertad. El hacinamiento no solo afecta al Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, sino que tambien existen otros establecimientos penitenciarios en condiciones similares o mas criticas, como el caso de los penales de MORDAZA Colonia (Callao), Mujeres de Chorrillos, Tarapoto y Juanjui (San Martin), Iquitos (Loreto) y Tambopata (Puerto Maldonado). b) Infraestructura penitenciaria: la informacion recabada muestra que el 35% de los establecimientos penitenciarios se encuentran en buenas condiciones, mientras que el 65% esta en regular y mal estado de conservacion. Asimismo, se constata que no se han adoptado las medidas necesarias para atender el incremento de la poblacion penitenciaria ni para mejorar el estado de la infraestructura, habiendo disminuido el presupuesto destinado a este rubro. c) Seguridad penitenciaria: el 71% de los penales (58) tienen problemas de infraestructura destinada a la seguridad, como los muros perimetricos, las concertinas, las mallas de seguridad y los torreones, que son elementos destinados a garantizar el orden y la disciplina asi como evitar fugas y motines. La supervision realizada ha permitido constatar que entre el 2005 y el 2006 se han producido 42 fugas de internos. d) Derecho a la salud de los internos: se ha verificado que existen 63 medicos, 34 enfermeros y 179 tecnicos de salud para atender al total de la poblacion penitenciaria nacional. Conviene destacar la ejecucion del proyecto "Fortalecimiento de la Prevencion y Control del VIH/ SIDA y TBC en el Peru", a cargo de Cooperative for Assistance and Relief Everywhere - Peru (CARE-PERU), implementado en 11 establecimientos penitenciarios del pais. Durante las visitas de supervision se ha comprobado la existencia de una adecuada infraestructura (miniclinicas de reciente construccion), que, sin embargo, muestran un deterioro prematuro (rajaduras y filtraciones) debido a la falta de mantenimiento adecuado. e) La alimentacion en el Sistema Penitenciario: se observa que, desde el ano 2000, se ha incrementado

en un MORDAZA sol (S/. 1.00) el presupuesto diario para la alimentacion, sin que ello MORDAZA mejorado la calidad y cantidad alimenticia. Desde el ano 2004, la principal innovacion de la gestion penitenciaria ha sido la concesion del servicio de alimentacion a empresas privadas, modelo que, en su inicio, mostro algunas dificultades como la falta de un control adecuado de la administracion penitenciaria al proveedor, la inexistencia de examenes medicos oportunos al personal responsable de cocina y problemas de higiene y calidad de los alimentos. Sin embargo, progresivamente se han ido superando algunos de estos problemas. f) Tratamiento penitenciario (trabajo y educacion): Se constata el numero insuficiente de profesionales de tratamiento (asistentes sociales y psicologos, especialmente), lo que restringe las actividades de trabajo y educacion, como elementos esenciales para la rehabilitacion de los internos. Las actividades en educacion y trabajo no alcanzan a la mayoria de la poblacion penitenciaria, dejando a cerca de 12,000 internos fuera de estas actividades. Durante la supervision se ha podido observar un retraso y descuido en la entrega y operacion de las maquinarias industriales donadas por el proyecto japones denominado "Non Project" para el trabajo de las personas privadas de MORDAZA en los centros penitenciarios. g) Situacion de las mujeres privadas de libertad: la supervision ha permitido observar un conjunto de problemas que afectan especialmente a este sector. En los penales que albergan a mujeres y varones, la poblacion femenina se encuentra en condiciones inequitativas en comparacion a la poblacion masculina, enfrentando dificultades para acceder a los servicios penitenciarios. La infraestructura de los penales no considera sus necesidades especificas para las actividades de trabajo y educacion. Asimismo, en algunos casos no se toma en cuenta su condicion de "jefa de hogar" en materia de regimen y tratamiento penitenciario. De igual modo, existe un tratamiento diferenciado respecto a la visita intima, en tanto existen mayores condicionamientos para que las mujeres puedan acceder a este beneficio, lo que evidenciaria un trato discriminatorio que afecta los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres privadas de libertad. h) Derecho de defensa: el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio tiene un numero limitado de abogados de oficio para atender a la poblacion penitenciaria. De igual modo, se advierte la precariedad de la infraestructura y logistica necesaria para que los abogados desarrollen sus labores. i) Beneficios Penitenciarios: en los ultimos anos se ha tornado visible una tendencia a restringir los beneficios penitenciarios para algunos delitos, especialmente en los casos de semilibertad, liberacion condicional y redencion de la pena por el trabajo o la educacion. Se ha observado el retraso en el tramite de los beneficios penitenciarios tanto en sede penitenciaria como judicial, asi como la aplicacion de criterios disimiles por los magistrados para decidir su concesion o rechazo. j) Administraciones paralelas en el Sistema Penitenciario: un hecho que dificulta la direccion y coordinacion, es la existencia de dos instituciones a cargo de la administracion de los establecimientos penitenciarios. El numero de penales a cargo de la Policia Nacional del Peru (PNP) ­encargada de la administracion interna y externa­ es de 29, en tanto que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) tiene a su cargo 55 penales. La PNP mantiene el control de los principales establecimientos penitenciarios, entre ellos el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho. Esta situacion dificulta una direccion unica en el Sistema Penitenciario. Quinto.- Obligacion del Estado en relacion a los derechos de las personas privadas de libertad. De acuerdo a la legislacion nacional e internacional, el Estado peruano se encuentra obligado a garantizar y proteger los derechos fundamentales de las personas privadas de MORDAZA, entre los que destacan el respeto a la dignidad de la persona, la existencia de condiciones adecuadas de detencion, la prohibicion de aplicacion de torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, la finalidad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.