Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2006 (13/12/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2006

organos competentes de la Contraloria o del Sistema, segun corresponda. 3.5 Responsabilidades del veedor ciudadano El ciudadano acreditado debe ejercer la veeduria autorizada observando estrictamente los siguientes principios senalados en el numeral 6.3 de la Directiva Nº 02-2006-CG: a) Autonomia: Actua con independencia de las entidades, libre de influencia alguna y no representa intereses particulares. b) Objetividad: Actua de manera imparcial, libre de cualquier prejuicio o condicionamiento, y no emite apreciaciones subjetivas. c) Especializacion: Posee conocimiento y capacitacion en el ambito, area o materia objeto de la veeduria. d) Transparencia: Genera informacion adecuada y util para las entidades, cuyos resultados pueden ser de conocimiento publico a traves de la Contraloria. e) Probidad: Mantiene conducta intachable y de entrega honesta y MORDAZA en el desarrollo de las labores encomendadas. f) Reserva: Esta impedido de revelar a terceros informacion privilegiada a la que tenga acceso. Adicionalmente, es responsable de cumplir con las exigencias tecnicas institucionales que implica su participacion en la capacitacion que se programe y en las sesiones de trabajo previstas con los organos competentes de la Contraloria o del Sistema sobre lineamientos y procedimientos tecnicos; asi como, dar cabal cumplimiento a las disposiciones administrativas en el manejo de los recursos de la institucion asignados, cuando corresponda. En el caso que el veedor exceda las facultades y funciones establecidas en la normativa sobre veedurias ciudadanas para los fines de apoyo al control gubernamental, o incurra en actos irregulares o ilegales, sera de su exclusiva responsabilidad, pasible de las acciones legales a que hubiera lugar. La actuacion del veedor se debe cenir a lo observado en la Directiva Nº 03-2003-CG/AC "Normas de transparencia en la conducta y desempeno de los funcionarios y servidores de la Contraloria General de la Republica y de los Organos de Control Institucional" aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 368-2003-CG, en lo que le sea aplicable. IV. PROCEDIMIENTOS TECNICO - OPERATIVOS 4.1 Seleccion, capacitacion e inscripcion en el registro de veedores El MORDAZA de seleccion de los veedores ciudadanos se efectua con base a una convocatoria publica nacional, regional o local, segun sea el caso, y de acuerdo con el perfil requerido para el objeto de la veeduria. Los ciudadanos interesados solicitan participar en el MORDAZA de seleccion de veedores, de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 10-2006-CG/SG para el Registro de Veedores Ciudadanos. El ciudadano, ademas de cumplir con el perfil de la convocatoria correspondiente al objeto de la veeduria en la cual esta interesado en participar, debe tener en cuenta los siguientes requisitos estipulados en el numeral 7.3 de la Directiva Nº 02-2006-CG: a) Ser persona natural en ejercicio de sus derechos civiles. b) Contar con estudios superiores o tecnicos. c) Capacitacion en las materias a ser objeto de la veeduria. d) No tener antecedentes penales, policiales o judiciales. e) No encontrarse inhabilitado por medida disciplinaria, en las entidades publicas, colegios profesionales, CONSUCODE, ni estar incluido en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido u otro registro relacionado con la contratacion y adquisicion de bienes y

servicios por parte del Estado. f) No ejercer cargos politicos o integrar agrupacion politica alguna. g) No prestar servicios bajo cualquier modalidad contractual o laboral en alguna de las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Control. h) De preferencia contar con amplia experiencia tecnica o profesional, segun su formacion. i) Gozar de buena salud. La solicitud en el caso de los requisitos previstos en los literales e), f) y g) MORDAZA indicados, conlleva la MORDAZA de una declaracion jurada escrita respecto del cumplimiento de los mismos. La Contraloria lleva a cabo el MORDAZA de seleccion entre los ciudadanos interesados que formulan solicitud para los fines del registro de veedores, en funcion de lo establecido en las bases de la convocatoria publica y de los resultados de la capacitacion a la cual estan obligados a seguir. La Escuela Nacional de Control -en adelante Escuelacomo organo academico de la Contraloria programa, organiza, desarrolla y evalua la capacitacion para los ciudadanos, poniendo enfasis en temas relacionados con el MORDAZA normativo del control gubernamental, control social y vigilancia ciudadana; etica y lucha contra la corrupcion; gestion publica; sistemas administrativos del Estado; y, tecnicas y procedimientos para las veedurias. Una vez concluida la capacitacion y de haber obtenido la nota aprobatoria, el ciudadano queda apto para proseguir con las acciones subsecuentes del MORDAZA de seleccion, a efectos de proceder a su inscripcion en el registro. La inscripcion en el registro de veedores ciudadanos de la Contraloria faculta al ciudadano para ser acreditado como veedor en la vigilancia de las entidades del Sistema -segun objeto de la veeduria-, en los terminos previstos en la Directiva Nº 02-2006-CG. Los veedores ciudadanos como parte de su inscripcion en el registro, suscriben un Acta de Compromiso con la Contraloria y prestan juramento solemne como veedor ciudadano respecto a su correcto desempeno, con sujecion al cumplimiento de las disposiciones de la Directiva Nº 02-2006-CG. 4.2 Ejecucion de las veedurias ciudadanas a) Planificacion y organizacion del trabajo De acuerdo con la envergadura del objeto de la veeduria a realizarse, se determina el numero de veedores participantes, los mismos que son identificados a traves del registro y requerida su participacion mediante comunicacion escrita por la Contraloria. En el caso que la veeduria requiera de mas de un integrante, se constituye un grupo de veedores, designando la Contraloria al coordinador del mismo, ademas de establecer el lugar de reuniones. La Contraloria asigna al veedor o grupo de veedores el ambito objeto de la veeduria, les proporciona el programa de trabajo con pautas tecnicas especificas para la ejecucion de su labor y los formatos documentarios necesarios, asi como los procedimientos para acceder a la informacion de la entidad. En el caso de designarse a un coordinador de grupo, este asume el encargo de: convocar a las reuniones de trabajo, trasladar las consultas tecnicas a la Contraloria y presentar el reporte de la veeduria. De encontrarse el veedor o grupo de veedores incursos en las incompatibilidades establecidas en el numeral 7.7 de la Directiva Nº 02-2006-CG, deberan abstenerse de participar. b) Recoleccion de informacion La Contraloria proporciona al veedor o grupo de veedores la informacion especifica al objeto de la veeduria que se va a realizar, que obra en sus sistemas de informacion y archivos. Durante la ejecucion de la veeduria, cuando los veedores requieran informacion complementaria de la

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