TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de diciembre de 2006 334469 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Modifican Directiva “Desconcentración de Facultades, Competencias y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Piura” RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 895-2006/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR Piura, 21 de noviembre de 2006 VISTO: El Memorando Nº 2528-2006/GRP-440000 de fecha 31 de julio del 2006, Memorando Nº 2952-2006/GRP-440000 de fecha 1 de septiembre del 2006, y Memorando Nº 3129-2006/GRP-440000 de fecha 18 de septiembre del 2006 de la Gerencia Regional de Infraestructura, Memorando Nº 1625- 2006/GRP-410000 del 7 de septiembre del 2006, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe Nº 084-2006/GRP-410000-410100 de fecha 18 de septiembre del 2006 de la Subgerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión, Informe Nº 943- 2006/GRP-460000 de fecha 13 de septiembre del 2006 de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica e Informe Nº 079- 2006/GRP-410300 de fecha 25 de septiembre del 2006, de la Subgerencia Regional de Desarrollo Institucional. CONSIDERANDO: Que, el objetivo del gobierno es transformar la estructura del estado, haciéndola más ágil, dinámica y efi ciente para mejor acción del gobierno; Que, uno de los medios para alcanzar dicho objetivo es impulsar el proceso de desconcentración de acciones administrativas de mayor nivel hacia los niveles de menor jerarquía, a fi n de dinamizar la Administración Pública Regional; Que, a través de la documentación administrativa se trata de generar las condiciones adecuadas para que las decisiones de los funcionarios se adopten en los niveles organizacionales más cercanas de la demanda de los usuarios; Que, resulta necesario que tanto el Presidente del Gobierno Regional como titular de la entidad y la Gerencia General Regional como responsable administrativo y de coordinación del Gobierno Regional, se encuentren liberados de cualquier rutina de ejecución, así como de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y evaluación de resultados; Que, en armonía a lo dispuesto por la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dan pautas para el proceso de desconcentración de atribuciones; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 411- 2006/GRP-PR de fecha 29 de mayo del 2006, se aprueba la Directiva Nº 10-2006/GOB.REG.PIURA-GRPPAT-SGRDI “Desconcentración de Facultades, Competencias y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Piura”; Que, mediante Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en relación a la revisión de o fi cio de los actos en vía administrativa, en el Artículo 201° sobre la Recti fi cación de Errores, indica que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, estando a lo informado por la Subgerencia Regional de Desarrollo Institucional y las unidades orgánicas indicadas en el documento del visto, y con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Infraestructura, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, O fi cina Regional de Administración, y la Gerencia General Regional; En uso de las atribuciones conferidas a este despacho, mediante Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de la Directiva Nº 10-2006/GOB.REG.PIURA-GRPPAT-SGRDI - “Desconcentración de Facultades, Competencias y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Piura” aprobada con Resolución Ejecutiva Regional Nº 411-2006/GRP-PR de fecha 29 de mayo del 2006, en la parte correspondiente a: a. Punto VIII.- Normas Especí fi cas Desconcentración de Atribuciones, inciso C) Gerencia Regional de Desarrollo Social, acápites a) y b) agregar: Vivienda, Construcción y Saneamiento. b. Anexo A, Tipo: Resolución Ejecutiva Regional, ítem 1.c. Anexo C, Tipo: Resolución Gerencial Regional - Item 3, Gerencia Regional de Infraestructura. - Ítems 7 y 8, Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Ítems 11, 12, 13 y 14, Gerencia Regional de Desarrollo Social. Quedando los Anexos A y C de la manera que se indica en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo Segundo.- Poner de conocimiento la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Consejo Nacional de Descentralización, Consejo Regional, por ley y fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Transcribir copia de la presente Resolución a todas las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional de Piura de la Sede Central y órganos desconcentrados para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Disponer a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. EDUARDO MENDOZA SEMINARIO Presidente (e) 6746-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificaciones al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas aprobada mediante la Ordenanza Nº 893 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 076 Lima, 5 de diciembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa para plani fi car y fomentar el desarrollo integral y autónomo de su circunscripción; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 161º inciso 1 numeral 1.2 de la Ley Nº 27972, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entre otras, controlar el uso del suelo dentro del territorio de su jurisdicción;