Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6745-5 RESOLUCION JEFATURAL N° 1088-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio N° 1860-2006/GP/ y el Informe N°10882006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 1 de setiembre de 2006; y CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que los ciudadanos que declararon llamarse MORDAZA MORDAZA KUGA MORDAZA, Eddy MORDAZA KUGA MORDAZA, MORDAZA INOUE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitaron tramites de inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando como sustento partidas de nacimiento emitidas presuntamente por las respectivas Oficinas de Registros Civiles detallados en los documentos del visto; Que, las personas no identificadas detalladas en el Informe del Visto, solicitaron tramites de inscripcion y/o rectificacion de fecha de nacimiento y nombre respectivamente, para lo cual adjuntaron como sustento de sus propuestas registrales documentos que contienen datos falsos, con lo cual queda en evidencia, que obtuvieron de manera irregular su inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales utilizando una identidad que no les corresponde, aportando de esta manera datos falsos respecto de su identidad, perjudicando la seguridad juridica registral; Que, si bien se ha procedido administrativamente a excluir del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales a las inscripciones Nº 40897257, 41890823, 42718937 y 42026081, mediante las Resoluciones Nºs. 257-2006-SGDAR/GP/RENIEC, 207-2006/SGDAR/GP/RENIEC y 165-2006/SGDAR/ GP/RENIEC; de los hechos MORDAZA mencionados, se desprende que ciudadanos no identificados, quienes manifestaron llamarse MORDAZA MORDAZA KUGA MORDAZA, Eddy MORDAZA KUGA MORDAZA, MORDAZA INOUE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber insertado datos falsos como si fuesen legitimos ante el registro, con el fin de obtener una identidad que no les corresponde, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, falsificacion de documentos en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro

Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6745-7 RESOLUCION JEFATURAL N° 1089-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1575-2006-GP/RENIEC y el Informe N° 886-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 1 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, de acuerdo a la informacion recabada por la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA YANAGITA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA DOY MORDAZA, JHON EINSTEIN MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA UMINA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARREDONDO o WILBER MORDAZA AMEZQUITA y ANGELUZ MORDAZA OSHITA o ANGELUZ JANETT MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron y obtuvieron inscripciones irregulares en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, se ha detectado que la persona que se identifico como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la Inscripcion Nº 32925984, obtuvo indebidamente otra inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; esta vez a nombre de MORDAZA YANAGITA MORDAZA con el Nº 32133215, sustentando su propuesta registral con Libreta Militar y declarando haber nacido el 19 de junio de 1968 en el Distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; esto conforme se ha determinado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 226-2006/AP/SGDAR/GP y el Informe Nº 011-2006-UFI/JR5CHIM/GO/RENIEC que senala que no se encuentra registrado el nacimiento de MORDAZA YANAGITA MORDAZA en la Oficina Registral correspondiente; Que, se ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 15727886, obtuvo indebidamente una MORDAZA inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales con el nombre de MORDAZA DOY MORDAZA con Nº 41762186; esto conforme se ha determinado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 277-2006/AP/SGDAR/GP; Que, los ciudadanos que se identificaron como JHON EINSTEIN MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvieron las inscripciones Nº 41664589 y 40773792 respectivamente en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, registrando haber nacido en MORDAZA de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, acreditando sus propuestas registrales mediante Partidas de Nacimiento de los anos 1980 y 1981; sin embargo, mediante Oficio Nº 128004-GO/JR2TRU se informa que dichas Partidas de Nacimiento han sido canceladas mediante la Resolucion Jefatural Nº 152-2004/GO/JR2/TRU-RENIEC por cuanto

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