Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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comprendidas bajo el ambito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designacion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 0082006/029-FONAFE, correspondiente a la sesion instalada con fecha 21 de noviembre de 2006, se designo como miembro de directorio de empresa en la que FONAFE participa como accionista, a la persona que se senala a continuacion: NOMBRE MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA EMPRESA ETECEN S.A. CARGO DIRECTOR

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 6761-21

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Dictan disposiciones referentes a la implementacion de la reincorporacion de trabajadores beneficiados de la Ley Nº 27803, de la Sede Central y Direcciones Regionales Sectoriales
ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2006-REGION ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece que la Descentralizacion es una forma de Organizacion Democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; y el articulo 191º del mismo cuerpo legal, senala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, senala que es mision del Gobierno Regional, organizar y conducir su gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region; Que, el numeral a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, senala que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar y derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el gobierno central mediante Ley Nº 27803, instituyo el Programa Extraordinario de acceso a beneficios a favor de los ex Trabajadores que calificaron y se encuentran debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores, cuyos ceses colectivos llevados a cabo por la autoridad administrativa de trabajo en el MORDAZA del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada, que mediante Ley Nº 27452, han sido consideradas irregulares y a los ex trabajadores cuyos ceses colectivos en el sector publico y gobiernos locales han sido considerados igualmente irregulares, en funcion a los parametros determinados por la comision multisectorial creada por Ley Nº 27586, asi como para ex servidores que mediante coaccion fueron obligados a renunciar al MORDAZA de la Ley Nº 26093, o MORDAZA de reorganizacion a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 27487; Que, articulo 3º de la Ley Nº 27803, establece que los ex trabajadores comprendidos en el ambito de aplicacion del Programa Extraordinario de Reincorporacion, tendran derecho a optar alternativa y excluyente entre los beneficios de reincorporacion o reubicacion laboral, jubilacion adelantada,

compensacion economica y capacitacion y reconversion laboral; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 347-2002-TR y 059-2003-TR, asi como mediante Resolucion Suprema Nº 034-2004-TR, dispuso la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del primer, MORDAZA y tercer listado respectivamente de los ex trabajadores cesados irregularmente con el derecho a acceder a los beneficios citados a los trabajadores que optaron por la reincorporacion o reubicacion laboral con la finalidad de que se inicie dicho proceso; Que, la Ley Nº 28299, que modifica la Ley Nº 27803 establece que para atender el beneficio de reincorporacion, las plazas vacantes presupuestadas de caracter permanente en las entidades del sector publico, son los generados a partir del ano 2002, hasta la culminacion del programa de acceso a beneficios extraordinarios dispuestos en la ley primigenia; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902; y, demas normas pertinentes; y estando a lo acordado por mayoria en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 7 de setiembre de 2006; ORDENA : Articulo Primero.- Disponer que el organo ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, implemente la reincorporacion como servidores de MORDAZA en los cargos previstos en el Cuadro para Asignacion de Personal del Pliego 441 del Gobierno Regional de MORDAZA a los trabajadores beneficiados de la Ley Nº 27803 de la Sede Central y las Direcciones Regionales Sectoriales, que hayan optado por el beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral del Programa Extraordinario de Acceso a los Beneficios y se encuentren adscritos en el Registro Nacional de Cesados Irregularmente, en los cargos y niveles remunerativos Articulo Segundo.- Disponer al organo ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA la gestion del Credito Suplementario para el presente ejercicio economico, ante el Ministerio de Economia y Finanzas para cubrir las plazas previstas para el cumplimiento con lo dispuesto en el articulo primero de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Disponer al organo ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA la formulacion y ampliacion del presupuesto institucional para el ejercicio economico del 2007, en el grupo generico del gasto 1 personal y obligaciones sociales, para el cumplimiento de la Ley Nº 27803. Articulo Cuarto.- Disponer a las Direcciones Sectoriales, bajo responsabilidad reporten de las plazas presupuestadas vacantes y previstas para el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27803. Articulo Quinto.- Disponer al organo ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, por intermedio de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia Regional de Administracion la implementacion y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, en estricta observancia de lo establecido en la Ley Nº 27803, su modificatoria Ley Nº 28299 y reglamento de la materia y de las que los involucre. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y el MORDAZA Electronico. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre de 2006. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre de 2006. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 6676-1

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