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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de diciembre de 2006 334477 DISEÑO Área Bruta Total: 25,000.00 m2 Área Útil Vivienda: 15,526.65 m2 Área de Vías: 7,738.71 m2 Área Recreación Pública: 1,679.22 m2 Área de Compensación: 55.42 m2 PAVIMENTACIÓN DE PISTAS VEREDAS, ORNAMENTACIÓN DE PARQUE: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la super fi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escari fi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20, las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base a fi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetro máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una super fi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Super fi cie de Rodadura .- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la super fi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad f’c=140 kg/cm 2 de 0.15 ml. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será 0.15 m. y el acabado será con mezcla cemento - arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y con fi rmando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de fc= 210 Kg/cm 2, y de dimensiones 0.15x 0.30 m. Rampas Peatonales.- Las aceras y rampas serán estables, y el acabado de sus super fi cies antideslizante. Los descansos entre tramos de rampa consecutivos, y los espacios horizontales de llegada, tendrán una longitud mínima de 1.20 m, medida sobre el ojo de la vía. Según R.M. N° 069-01-MTC/15.04, de fecha 7 de febrero del 2001. Ornamentación del Parque.- El Parque comprenderá la ejecución de veredas, senderos, colocación de bancas, señalizaciones, sembrío de árboles diversos, iluminación y área de recreación activa. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto de mejoramiento y ampliación de obras generales de agua potable y alcantarillado del esquema “Mayorazgo” aprobados por SEDAPAL debiendo poner en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica publica y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas .- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo 4°.- AUTORIZAR la Inscripción de los lotes que se aprueba en la O fi cina Registral de Lima y Callao, los cuales serán destinados a fi nes de vivienda compatible con el uso residencial del entorno, de conformidad con el siguiente cuadro: MANZANA CANTIDAD LOTESNUMERACIÓN ÁREA (m2) A 28 1 al 4, 4A, 5 al 20, 20A, 21 al 26 5,418.75 B 26 1 al 8, 8A, 9 al 14, 14A, 15 al 24 6,033.50 C 24 1 al 24 4,074.40 3 78 TOTAL 15,526.65 Artículo 5°.- AUTORIZAR, a JAIME HANZAWA SHIGAKI a celebrar Contratos de Venta Garantizada con respecto a los lotes que constituyen el área útil de vivienda de la presente habilitación; dejando a salvo el derecho de los adquirientes de exigir al Habilitador Vendedor las Garantías previstas en la Legislación Vigente para asegurar la culminación de las Obras de Habilitación Urbana. Artículo 6°.- CONSIDERAR, con construcción simultánea el proceso de Habilitación Urbana del terreno en cuestión destinado a fi nes de Vivienda compatible con el uso residencial del entorno, debiendo gestionar ante la ofi cina de Obras Privadas de esta Entidad Edilicia la respectiva licencia de construcción. Artículo 7°.- DISPONER que los lotes N°s. 06 al 08 y 09 al 11 de la Mz. “A” de la denominada Urbanización “El Banco de Javier Prado” queden en garantía de pago por el dé fi cit de los aportes correspondientes a Parques Zonales y al Ministerio de Educación con un área cada uno de 500.00 m 2, los mismos que deberán ser cancelado antes de la Recepción de Obra de la Habilitación Urbana. Artículo 8°.- DISPONER que el interesado gestione la inscripción registral ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos el área de Recreación Pública de 1,679.22 m 2. Artículo 9°.- AUTORIZAR, a la Subgerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro a la suscripción del plano de Lotización señalado en el artículo segundo de la presente resolución. Artículo 10°.- DISPONER la Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Resolución, en el plazo de 30 días contados a partir de su noti fi cación a cargo de los interesados. Artículo 11°.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la O fi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la Inscripción de la Habilitación Urbana, al Servicio de Parques de Lima SERPAR - LIMA, al Ministerio de Educación, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 6668-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Exoneran de proceso de selección la contratación de estudio de abogados para asesoría y asistencia técnica en la recuperación de deudas coactivas ACUERDO DE CONCEJO Nº 101-2006-AC-MDMM Magdalena del Mar, 11 de diciembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria Nº 04 de la fecha, y;