Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de conformidad al articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo ser la Gerencia Municipal la que realice la contratacion de los servicios mediante acciones inmediatas hasta Diciembre del ano 2007, una vez que sea publicado el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ESTABLECER como valor referencial el 20% del monto MORDAZA a recuperar equivalente a la suma de S/. 500,000.00 (Quinientos Mil 00/100 nuevos soles). Articulo Cuarto.- DISPONER que los honorarios a abonarse al estudio MORDAZA MORDAZA & Abogados, seran honorarios de exito, otorgandole un porcentaje equivalente al 20% incluido los impuestos de Ley, de la recaudacion efectivamente captada, como consecuencia de la demostrable prestacion del servicio. Articulo Quinto.- PRECISAR que el pago de los servicios personalisimos materia de la contratacion indicada, se efectuara con cargo a la partida presupuestal 5.3.11.33, Servicio de Consultoria con fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Sexto.- DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo y del informe tecnico legal correspondiente que sustenta la exoneracion, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias (10) naturales siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente acuerdo de concejo. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 6739-1

Que, el articulo IV del Titulo Preliminar, de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, es necesario determinar el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2007, para garantizar el mantenimiento de los servicios publicos y una adecuada distribucion del costo, entre los contribuyentes y los responsables; Que, en relacion al ejercicio anterior, se mantiene la estructura de costos, los criterios de distribucion, y los demas aspectos de la obligacion tributaria; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA CAPITULO UNICO DISPOSICION GENERAL Articulo Unico.- Establezcase el importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007, conforme a la Ordenanza Nº 195-MPL, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 416 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 28 de diciembre del 2005. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Apruebese el Informe Tecnico anexo a la presente Ordenanza que establece el nivel de cumplimiento en la ejecucion de los costos de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2006, los cuales se van a prorrogar. En todo lo no previsto en la presente MORDAZA, tengase presente en lo que le sea aplicable, lo estipulado en la Ordenanza Nº 195-MPL. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 229-MPL y toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente. Tercera.- Facultar al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2007, previa publicacion del Acuerdo de ratificacion que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 235-MPL INFORME TECNICO Para el ejercicio fiscal 2007, la Municipalidad de Pueblo Libre ha decidido mantener los costos de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo; conforme a la Ordenanza Nº 195-MPL, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 416, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 28 de diciembre del 2005. Para este ejercicio 2007, los costos del ejercicio anterior podran cubrir de manera efectiva y eficiente los servicios publicos principalmente por la reestructuracion de procesos y la repotenciacion de equipos y vehiculos, por lo cual no disminuira la eficiencia con la que se ha venido prestando los servicios publicos arriba detallados; motivo por el cual se mantiene la estructura de costos del ejercicio anterior, los criterios de distribucion asi como los demas aspectos de la obligacion tributaria. El cuadro adjunto muestra la ejecucion de gastos de los arbitrios municipales, como detalla a continuacion:

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Establecen importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007 en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 235-MPL Pueblo Libre, 4 de diciembre del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 036-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º, del Texto Constitucional, consagra la potestad tributaria de los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, asimismo, de conformidad con la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, concordante con el articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley;

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