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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de diciembre de 2006 334479 de conformidad al artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo ser la Gerencia Municipal la que realice la contratación de los servicios mediante acciones inmediatas hasta Diciembre del año 2007, una vez que sea publicado el presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ESTABLECER como valor referencial el 20% del monto máximo a recuperar equivalente a la suma de S/. 500,000.00 (Quinientos Mil 00/100 nuevos soles). Artículo Cuarto.- DISPONER que los honorarios a abonarse al estudio Gálvez Monteagudo & Abogados, serán honorarios de éxito, otorgándole un porcentaje equivalente al 20% incluido los impuestos de Ley, de la recaudación efectivamente captada, como consecuencia de la demostrable prestación del servicio. Artículo Quinto.- PRECISAR que el pago de los servicios personalísimos materia de la contratación indicada, se efectuará con cargo a la partida presupuestal 5.3.11.33, Servicio de Consultoría con fuente de fi nanciamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. Artículo Sexto.- DISPONER que Secretaría General remita copia del acuerdo y del informe técnico legal correspondiente que sustenta la exoneración, a la Contraloría General de la República dentro de los diez días (10) naturales siguientes a la fecha de su aprobación, así como la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente acuerdo de concejo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 6739-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Establecen importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007 en el distrito de Pueblo Libre ORDENANZA Nº 235-MPL Pueblo Libre, 4 de diciembre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 036-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modi fi catoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º, del Texto Constitucional, consagra la potestad tributaria de los Gobiernos Locales para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, asimismo, de conformidad con la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, concordante con el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;Que, el artículo IV del Título Preliminar, de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, es necesario determinar el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2007, para garantizar el mantenimiento de los servicios públicos y una adecuada distribución del costo, entre los contribuyentes y los responsables; Que, en relación al ejercicio anterior, se mantiene la estructura de costos, los criterios de distribución, y los demás aspectos de la obligación tributaria; En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA CAPITULO ÚNICO DISPOSICIÓN GENERAL Artículo Único .- Establézcase el importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007, conforme a la Ordenanza Nº 195-MPL, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 416 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 28 de diciembre del 2005. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Apruébese el Informe Técnico anexo a la presente Ordenanza que establece el nivel de cumplimiento en la ejecución de los costos de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2006, los cuales se van a prorrogar. En todo lo no previsto en la presente norma, téngase presente en lo que le sea aplicable, lo estipulado en la Ordenanza Nº 195-MPL. Segunda .- Deróguese la Ordenanza Nº 229-MPL y toda norma municipal que se oponga a la presente. Tercera .- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta .- Encárguese a la O fi cina de Administración Tributaria y a la O fi cina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la O fi cina de Comunicación Social su difusión y a la O fi cina de Administración, su publicación. Quinta .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2007, previa publicación del Acuerdo de rati fi cación que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 235-MPL INFORME TÉCNICO Para el ejercicio fi scal 2007, la Municipalidad de Pueblo Libre ha decidido mantener los costos de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo; conforme a la Ordenanza Nº 195-MPL, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 416, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 28 de diciembre del 2005. Para este ejercicio 2007, los costos del ejercicio anterior podrán cubrir de manera efectiva y e fi ciente los servicios públicos principalmente por la reestructuración de procesos y la repotenciación de equipos y vehículos, por lo cual no disminuirá la e fi ciencia con la que se ha venido prestando los servicios públicos arriba detallados; motivo por el cual se mantiene la estructura de costos del ejercicio anterior, los criterios de distribución así como los demás aspectos de la obligación tributaria. El cuadro adjunto muestra la ejecución de gastos de los arbitrios municipales, como detalla a continuación: