Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en concordancia con la autonomia politica que gozan las Municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al concejo municipal la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, en cumplimiento con la Ley Nº 27972, "Ley Organica de Municipalidades", que en su Titulo V de las competencias y funciones especificas de los gobiernos locales, en su Capitulo I de las competencias y funciones especificas generales en su articulo 73º que habla de las materias de competencia municipal, especificamente en los numerales 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5 referentes a la responsabilidad municipal en la gestion ambiental distrital; Que, conforme al articulo 25º incisos 25.1 y 25.2 de la Ley Nº 28245, "Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental", las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado, articulan sus politicas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM y son creadas mediante ordenanza municipal; Que, de acuerdo con el articulo 49º literal "a" del D.S. Nº 0082005-PCM, "Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental", la Comision Ambiental Municipal tiene como funcion ser la instancia de concertacion de la Politica Ambiental Local en coordinacion con el Gobierno Local para la implementacion del Sistema Local de Gestion Ambiental; Que, el articulo 62º de la Ley Nº. 28611, "Ley General del Ambiente", establece que los gobiernos locales organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseno y la estructuracion de sus organos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el caracter transversal de la gestion ambiental. En ese sentido, deben implementar el Sistema Local de Gestion Ambiental, integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, asi como a la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno local; Que es prioridad del gobierno distrital de MORDAZA de MORDAZA velar por el bienestar y confort de los habitantes del distrito; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto en el Memorandum Nº 602-2006GMA-MSS del 10JUL2006 y el Informe Nº 787-2006-OAJMSS del 11SET2006, emitidos por la Gerencia de Medio Ambiente y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, y el Dictamen Conjunto Nº 005-2006-CSCYMA-CAJ-MSS de las Comisiones de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y Asuntos Juridicos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE MORDAZA DE MORDAZA TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Crease la Comision Ambiental Municipal de MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA de la Ley Nº 28245 ­ Ley

MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y su Reglamento Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. La presente Ordenanza MORDAZA el funcionamiento de la Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA de Surco; constituyendose en el documento normativo que tiene por objeto establecer la naturaleza, finalidad, competencia, funciones y otros aspectos. Articulo 2º.- La Comision Ambiental Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA en adelante CAM-SS, estara sujeta a las disposiciones de alcance general, regional y local sobre la materia. TITULO MORDAZA DEL REGIMEN LEGAL CAPITULO I DE LA DEFINICION, DOMICILIO, PLAZO, OBJETO Y FUNCIONES Articulo 3°.- La Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA (CAM-SS) es un organismo integrado por entidades publicas y privadas, que disenan y proponen instrumentos de gestion ambiental dirigidos a la mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion surcana. Articulo 4°.- La CAM-SS es la instancia encargada de la coordinacion y la concertacion de la politica ambiental local a traves del dialogo y el acuerdo entre los actores locales, y de opinar sobre la aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental del distrito. Articulo 5°.- La CAM-SS tiene su domicilio en el distrito de MORDAZA de MORDAZA en la provincia y departamento de Lima. Articulo 6°.- La CAM-SS tiene un plazo de duracion indefinido. Articulo 7°.- La CAM-SS tiene como objetivo principal, integrar, coordinar y concertar la gestion ambiental distrital, de forma que este acorde con la realidad del distrito, con la finalidad de implementar el Sistema Local de Gestion Ambiental y lograr una mejora continua del medio ambiente. Articulo 8°.- Para el cumplimiento de su objetivo la CAM-SS tiene las siguientes funciones generales: a. Ser la instancia de concertacion de la politica ambiental local en coordinacion con el Gobierno Local para la implementacion del sistema local de gestion ambiental. b. Elaborar participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local que seran aprobados por el Concejo Municipal. c. Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una vision compartida. d. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. e. Facilitar el tratamiento apropiado para la resolucion de conflictos ambientales. Articulo 9°.- Las funciones especificas de la CAM-SS son: a. Proponer lineamientos de politicas, objetivos y metas dirigidas a implementar y consolidar el Sistema Local de Gestion Ambiental. b. Proponer proyectos de ordenanza y otras normas municipales relacionadas con el desarrollo sostenible acorde con las politicas nacionales y regionales. c. Promover la participacion y concientizacion de la ciudadania del distrito en acciones de gestion ambiental, reforzando los conocimientos sobre la proteccion del ambiente. d. Gestionar financiamientos a traves de entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales para la ejecucion de proyectos de proteccion y conservacion ambiental. e. Impulsar la suscripcion de convenios de cooperacion entre municipios e instituciones publicas y privadas para la ejecucion de acciones orientadas hacia la sostenibilidad ambiental del distrito. f. Coordinar con la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, la difusion de la informacion a los vecinos y a los entes regionales y nacionales acerca de los avances en el cumplimiento de sus objetivos.

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