Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006
ITEM 2 DESCRIPCION impresion de litho codigo VERSION II, impresion de numero secuencial, control de calidad electronico realizado por lectores opticos que verifiquen la no duplicidad del litho codigo, la intensidad de las tintas y el correcto registro de la impresion, para garantizar que el 100% de las fichas sera leida correctamente incluye: modificaciones en el diseno de la ficha, entrega de la aplicacion de lectura Scantools, instalacion y pruebas. RIBBONS YMCKO (Cintas de impresion): MORDAZA Fargo RIBBON ORIGINAL, rendimiento 250 impresiones a una sola cara TARJETAS PVC BLANCAS: Tarjeta PVC Premium laminadas, calidad grafica (CR80.030) estandar de 30 milesimas de grosor, tamano 54.00cm x 85,60cm KIT DE LIMPIEZA: para impresion a full color para impresora Fargo C-25 CABEZALES TERMICOS: para impresion a full color para impresora Fargo C-25 CINTA CUATRICOLOR: para impresora Fargo C-25, para una sola cara CMYKO

NORMAS LEGALES
UNIDAD CANT. P. UNIT. P. TOTAL Millar 67 740.00 49,580.00

Pag. 309693

3

Unidad

33

410.00 13,530.00

4 5 6 7

Unidad Unidad Unidad Unidad

11900 2 1 25

0.34 250.00

4,046.00 500.00

2,700.00 2,700.00 410.00 10,250.00

Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares remita MORDAZA de la presente resolucion y del Informe Tecnico Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en forma electronica, a traves del SEACE. Articulo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 00371

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del "Servicio de Publicidad Admision 2006" para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 1718-2005-UNFV San MORDAZA, 27 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 927-2005-OPPS-OCLSA-UFV de fecha 29.11.2005, del Jefe de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante el cual solicita la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 00102005-UNFV "Servicio de Publicidad Admision 2006"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion R. Nº 0768-2005-UNFV de fecha 31.5.2005, se aprobo la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2005 de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, y en el se encuentra programado el Concurso Publico Nº 0010-2005-UNFV "Servicio de Publicidad Admision 2006"; por un valor estimado de S/.700,000.00 (SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), financiados con Recursos Directamente Recaudados;

Que, el Articulo 19º Inc. F), del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establece el Reglamento, debiendo ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º de dicho texto legal; Que, el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas, encontrandose expresamente incluidos dentro de esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, lo que pretende el legislador a traves de la citada MORDAZA es precisamente liberar a la Entidad contratante de la obligacion de analizar y fundamentar las caracteristicas inherentes, particulares, o especiales de determinado locador, que lo diferencia de los demas proveedores del mismo servicio; Que, asimismo es necesario advertir que el servicio de publicidad a que se hace referencia y cuya contratacion puede ser objeto de exoneracion, es aquel que puede ser prestado por los medios de comunicacion masiva tales como la television, la radio, periodicos y cualesquiera otro, siempre que pueda ser considerado un medio que transporte la informacion al publico en masa o que esta dirigido a una gran cantidad de personas. Empero no se refiere a los servicios prestado por las agencias de publicidad, entendidas por aquellas que tienen por objeto la elaboracion de la publicidad (por ejemplo, afiches, y spots televisivos o radiales) que va a ser difundida por los medios de comunicacion, ya sea esta televisiva, radial, escrita o de otro MORDAZA, como paneles en la via publica; Que, en otros terminos, al considerarse expresamente como personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion, "en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen", significa que es el legislador el que previamente a la dacion de la MORDAZA, ha realizado el analisis correspondiente, llegando a la conclusion que tales servicios seran personalisimo sea cual fuere el locador o proveedor de los mismos; Que, la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional mediante Oficio Nº 1008 y 1086-2005-OCCIIUNFV, de fecha 7/11/2005 y 24/11/2005 respectivamente, requiere de proveerse de los servicios especializados que prestan los medios de comunicacion para alcanzar la finalidad y los objetivos trazados por la Universidad y en atencion al informe tecnico es que se logra determinar el estudio de MORDAZA de preferencias, donde identifica el nivel ubicacion y preferencias de las carreras de acuerdo al segmento socioeconomico, tambien se determina el plan de medios de comunicacion seleccionados, en cuanto a prensa escrita, televisiva y radial (radios, diarios y otros), considerando la referida Oficina los siguientes medios, como los mas favorables para contratar con la Universidad:
Medio Empresa OCA El Comercio Escrito Correo La Republica Todo Sport SUB TOTAL S/. Radio RPP LA MEGA SUB TOTAL S/. 59,157.31 35,873.15 62,905.26 3,534.30 161,470.02 38,712.13 20,100.53 58,812.66 182,108.39 33,662.72 16,831.36 50,494.08 232,602.47 25,247.04 93,949.82 - 134,553.78 68,702.78 25,247.04 31,873.27 26,239.50 470,393.96 EUPG 82,833.13 46,496.38 52,778.88 17,996.52 12,858.42 USUARIO CEPREVI 50,706.26 EUDED 19,014.85 26,239.50 TOTAL PROLICED GENERAL

TOTAL GENERAL S/. 220,282.68

31,873.27 26,239.50 604,947.74

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