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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2006 (13/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 310140 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de enero de 2006 aprobación del Decreto Nº 005-2005-CR-EAPED/FE de fecha 26 de setiembre de 2005, que modifica las Tasas Educativas, la fusión de aulas, exoneración de pago por concepto de sede y/o especialidad, a partir del Semestre Académico 2005-I de los alumnos de la mencionada Escuela; Que, el mencionado expediente ha sido puesto a consideración del Consejo Universitario, el mismo que en su sesión de fecha 25 de noviembre de 2005, acordó: Modificar las Tasas Educativas. Exonerar el pago por concepto de cambio de sede y/o cambio de especialidad, así como el TUPA en los puntos 23 y 1.7; Estando a lo anteriormente expuesto, según consta en las Actas de su propósito; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la modificación de las TASAS EDUCATIVAS para el Programa de Formación Docente Semiescolarizado y Autofinanciado (PROFDOSA), por concepto de Pensión de Enseñanza, a partir del Ciclo 2005-I (17 de setiembre de 2005), según la escala siguiente: - Aulas de 20 o más alumnos : S/. 80.00Nuevos Soles (mensual por alumno) - Aulas de 13 a 19 alumnos : S/. 90.00Nuevos Soles (mensual por alumno) - Aulas de 6 a 12 alumnos : S/. 100.00Nuevos Soles (mensual por alumno) Artículo 2º.- EXONERAR el Pago por concepto de Cambio de Sede y/o Cambio de Especialidad, a aquellos estudiantes, que después de cada matrícula conforman grupos minoritarios de cinco (5) o menos alumnos por especialidad. Artículo 3º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2005, en lo referente al punto de las Tasas Educativas: Punto 1.7: Pensión de Enseñanza - PROFDOSA. Según lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo 4º.- INCLUIR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2005, en lo referente al punto: Punto 23: Concepto de Cambio de Especialidad y/o Sede. Según lo establecido en el Artículo Segundo de la presente Resolución. Artículo 5º.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Universidad que publique la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- TRANSCRIBIR la presente resolución a las instancias respectivas de la Universidad para su conocimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 00591 Aprueban donación efectuada por empresa a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 036 Lima, 11 de enero de 2006 Visto el Oficio Nº 01637-UT/OCEF-2005, de la Unidad de Tesorería de la Oficina Central de Economía y Finanzas de esta Casa Superior de Estudios, comunicando una donación efectuada por la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C. a favor nuestra Universidad;CONSIDERANDO: Que, la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C., con RUC Nº 20161738272 ha efectuado una donación dineraria a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, la misma que asciende a la suma de US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dólares Americanos), registrada el 28 de diciembre del 2005 según Recibo por Donación Nº 0000172 emitido por la Unidad de Tesorería de la Oficina Central de Economía y Finanzas, donación comunicada a la Oficina Central de Planificación mediante Oficio Nº 01637-UT/OCEF-2005, y que será destinada para el Proyecto Página Web de la Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica; Con la opinión favorable de la Oficina Central de Planificación, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 52º del Estatuto de la Universidad, inciso d) del artículo 33º de la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE:Aprobar y agradecer la donación dineraria que efectúa la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C., con RUC Nº 20161738272 a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, la misma que asciende a la suma de US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dólares Americanos), registrada el 28 de diciembre del 2005 según Recibo por Donación Nº 0000172 emitido por la Unidad de Tesorería de la Oficina Central de Economía y Finanzas, donación comunicada a la Oficina Central de Planificación mediante Oficio Nº 01637-UT/OCEF-2005, y que será destinada para el Proyecto Página Web de la Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERTO MORALES MORALES Rector 00641 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE Modifican el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 018-2006-CONSUCODE/PRE Jesús María, 10 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 200-2005- CONSUCODE/PRE, se aprobó el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial. Que la puesta en marcha de dicha modalidad de selección ha evidenciado que, con la finalidad de optimizar más aún los beneficios que presenta, existen algunos aspectos de su Reglamento que deben ser precisados o mejorados. Que es necesario definir los tipos de productos que tienen la categoría de bienes comunes transables a través de subasta inversa para efectos de aprobarse sus respectivas fichas técnicas y ser incluidos en el listado correspondiente, así como establecer que el recuento de las reglas que la normativa establece para la realización del acto público y para la suscripción del contrato, entre otras, debe ser incluido en las Bases del proceso de selección, debiendo recaer en el órgano correspondiente de CONSUCODE la tarea de velar por la adecuación de las Bases y de la convocatoria a la normativa existente. Que resulta pertinente disminuir los márgenes dentro de los cuales las Entidades deben establecer el