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PÆg. 310136 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de enero de 2006 tardar el 7 de febrero de 2006, no admitiéndose reprogramación o suspensión de las mismas por ningún motivo bajo responsabilidad del Fiscal Superior Decano. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los Fiscales Supremos, Fiscales Superiores Coordinadores de las Fiscalías Especializadas, Fiscalías Superiores Decanos de la República, Fiscales Provinciales de las Fiscalías Provinciales Especializadas a que se refiere el Artículo Quinto de la presente Resolución, Gerencia Central de Personal y Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 00678 S B S Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1935-2005 Lima, 27 de diciembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la señora Elba Tello de Godinez para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 19-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora Elba Tello de Godinez con matrícula Nº N-3776 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 00647 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y CrØdito de Trujillo el traslado de agencia y apertura de oficina en laprovincia de Trujillo RESOLUCIÓN SBS Nº 1972-2005 Lima, 30 de diciembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.) para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada en el distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución SBS Nº 0433-94 del 28-06-1994, se autorizó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.), la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en la avenida José Gabriel Condorcanqui Nº 1299, distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y, Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" y la Intendencia General de Microfinanzas, mediante el Informe Nº 138-2005- DEMB; y, De conformidad con el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, cuya base legal es el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular Nº CM-334-2005; el artículo 41º y la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.), el traslado de su agencia ubicada en la avenida José Gabriel Condorcanqui Nº 1299, distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, a su nueva dirección, sita en la avenida José Gabriel Condorcanqui Nº 1252, distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-334-2005, dentro de los siete (7) días calendario de formalizado el traslado, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.) deberá remitir el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00650 RESOLUCIÓN SBS Nº 1973-2005 Lima, 30 de diciembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.) para que se le autorice la apertura de una Oficina, en la modalidad de Oficina Especial, en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" y la Intendencia General