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PÆg. 310151 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de enero de 2006 Que, el artículo 49º incisos a), c) y e) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala las funciones en materia de salud de los Gobiernos Regionales, teniendo la función de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional. Participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud de conformidad con la legislación vigente. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 1 de diciembre del 2005; ORDENA:Artículo Primero.- Conformar el Consejo Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas de la Región Ancash. Artículo Segundo.- El Consejo Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas de la Región Ancash, diseñará e implementará la Estrategia Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas 2005 - 2007, concordante con la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2002 - 2007. Promoverá la creación de Comités Provinciales y Distritales como espacios de actuación y aplicación de políticas para la Reducción de la Demanda de Drogas, en coordinación con los Gobiernos Locales, sectores del Estado y Sociedad Civil organizada. Artículo Tercero.- El Consejo Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas de la Región Ancash, estará conformado de la siguiente manera: a) El Presidente del Gobierno Regional de Ancash o quien lo represente, lo presidirá. b) El Prefecto Regional de Ancash o quien lo represente. c) El Director Regional de Salud o quien lo represente. d) El Jefe de la Policía Nacional de la Región o quien lo represente. e) El Decano del Ministerio Público o quien lo represente. f) El Poder Judicial o quien lo represente.g) El Director Regional de Educación o quien lo represente. h) El Jefe Regional del MIMDES o quien lo represente.i) El Defensor del Pueblo de Ancash o quien lo represente. j) El Representante de los Municipios Provinciales de Ancash. k) El Representante elegido por sus Órganos, de organizaciones civiles que realizan labores de lucha contra las drogas. Artículo Tercero.- Los miembros titulares del El Consejo Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas de la Región Ancash contarán con sus alternos quienes concurrirán en ausencia del titular. Artículo Cuarto.- El Consejo Regional para la Reducción de la Demanda de Drogas de la Región Ancash, diseñará e implementará la estrategia regional de lucha contra las drogas 2005-2006. Concordante con la estrategia nacional de lucha contra las drogas 2002- 2007. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los siete días del mes de diciembre del 2005. ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO:Mando se publique y cumplaDado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los siete días del mes de diciembre del 2005. RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente Gobierno Regional de Ancash. 00617 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 212-2005-GRA/PR Mediante Oficio Nº 002-2006-GRA-PR-GGR/SG, el Gobierno Regional de Arequipa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 212- 2005-GRA/PR, publicada en nuestra edición del día 3 de enero de 2006. DICE:CUARTO CONSIDERANDORenovación de la designación en el cargo de Director Regional de Salud, al doctor Wilfredo Pino Chávez. DEBE DECIR:CUARTO CONSIDERANDORenovación de la designación en el cargo de Director Regional de Educación, al Prof. MAURO ROCHA BERRIOS. 00636 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Designan Director Regional de Salud del Callao RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 004-2006-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 12 de enero de 2006VISTOS:El Informe Nº 001-2006-REGION CALLAO/PPR-MÑT, de fecha 3 de enero del 2006, del Procurador Público Regional; el Informe Nº 001-2004-COMISION REGIONAL DE CONCURSO-LAG de fecha 17 de febrero del 2004, del Presidente de la Comisión del Concurso de Selección del Director Regional de Salud del Callao, el Informe Nº 038-2006-REGION CALLAO/ GAJ, de fecha 10 de enero del 2006 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 012-CND- P-2003, se aprobó la Directiva Nº 001-CND-P-2003 “Lineamientos Generales para Concurso Público de selección de los Directores Regionales Sectoriales”, modificado por la Resolución Presidencial Nº 025-CND- P-2003 y la Resolución Presidencial Nº 066-CND-P-2003; Que, los numerales 5.3.1 y 5.3.2 de la Directiva mencionada en el considerando precedente, establecen que los Presidentes de los Gobiernos Regionales en coordinación con los Titulares de los Sectores del Gobierno Nacional, realizarán la convocatoria a Concurso Público para la selección de los Directores