Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2006 (13/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 13 de enero de 2006

Fijan tasas de interes aplicables a las devoluciones por pagos realizados indebidamente o en exceso por concepto de tributos internos y aduaneros
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2006/SUNAT MORDAZA, 11 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 38º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, corresponde a la Administracion Tributaria la determinacion de la tasa de interes aplicable a las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso a efectuarse en moneda nacional; Que asimismo, el literal b) de la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953, establece respecto a las deudas en moneda extranjera que en virtud a convenios de estabilidad o normas legales vigentes se declaren y/o paguen en dicha moneda, que las devoluciones de pagos indebidos o en exceso se efectuaran en la misma moneda agregandose un interes fijado por la Administracion Tributaria; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, senala que en lo no previsto por dicha MORDAZA o por su Reglamento se aplicara supletoriamente las disposiciones del Codigo Tributario; Que mediante el Decreto Supremo Nº 61-2002-PCM, se dispuso la fusion de la Superintendencia Nacional de Aduanas con la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, otorgandose a esta MORDAZA la calidad de entidad incorporante; Que en tal sentido, es necesario establecer las tasas de interes aplicables a las devoluciones de pago realizados indebidamente o en exceso, por concepto de tributos internos y aduaneros; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 38º del TUO del Codigo Tributario, la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953, la Cuarta Disposicion Complementaria del TUO de la Ley General de Aduanas, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijase en sesenta centesimos por ciento (0.60%) mensual, la tasa de interes aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2006, a las devoluciones en moneda nacional que se efectuen por pagos realizados indebidamente o en exceso. Articulo 2º.- Fijase en veinte centesimos por ciento (0.20%) mensual, la tasa de interes aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2006, a las devoluciones en moneda extranjera que se efectuen por pagos realizados indebidamente o en exceso. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 00672

Que el numeral 1 del articulo 45º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF, modificado por el articulo 27º del Decreto Supremo Nº 134-2004-EF, establece la obligacion de los agentes de retencion de rentas de MORDAZA, cuarta y MORDAZA categorias, de entregar MORDAZA del 1 de marzo de cada ano, a los contribuyentes domiciliados, perceptores de dichas rentas un certificado de rentas y retenciones en el que se deje MORDAZA, entre otros, del importe abonado y del impuesto retenido correspondiente al ano anterior; Que el numeral 2 del articulo MORDAZA citado preve que los agentes de retencion que paguen rentas de cualquier categoria a contribuyentes no domiciliados, deberan entregar el certificado de rentas y retenciones cuando el contribuyente lo solicite para efectos distintos a los que se refiere el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatorias; Que, asimismo, el penultimo parrafo del articulo 45º del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta preve que mediante Resolucion de Superintendencia la SUNAT podra establecer las caracteristicas, los requisitos, informacion minima y demas aspectos de los certificados de rentas y retenciones senalados en los parrafos anteriores; Al MORDAZA del articulo 45º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, del articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y del inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolucion se entendera por: a) Ley : Al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1792004-EF y modificatorias.

b) Reglamento : Al Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF y modificatorias. c) Impuesto d) RUC : Al Impuesto a la Renta. : Al Registro Unico de Contribuyentes.

Articulo 2º.- CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES POR RENTAS DE MORDAZA, CUARTA Y MORDAZA CATEGORIAS 2.1 Los agentes de retencion del Impuesto por rentas de MORDAZA, cuarta y MORDAZA categorias correspondientes a contribuyentes domiciliados en el MORDAZA, deberan emitir un certificado de rentas y retenciones, el que debera contener como minimo la siguiente informacion: a) La denominacion de "Certificado de Rentas y Retenciones por rentas de Segunda/Cuarta/Quinta Categoria", segun corresponda. b) Ejercicio al que corresponde el certificado. c) Fecha de emision del certificado. d) Datos del agente de retencion: (i) Nombres y apellidos, denominacion o razon social. (ii) Numero de RUC. (iii) Domicilio fiscal. (iv) Nombres y apellidos, y MORDAZA y numero del documento de identidad del representante legal acreditado en el RUC, de ser el caso. e) Datos del contribuyente a quien se entregara el certificado: (i) Nombres y apellidos. (ii) Numero de RUC o, tratandose de sujetos que no se encuentren obligados a inscribirse en el RUC, el MORDAZA y numero del documento de identidad.

Dictan normas sobre los Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 010-2006/SUNAT MORDAZA, 11 de enero de 2006

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