Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2006 (04/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, los viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos quedan prohibidos, exceptuandose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del ano 2006, los que seran aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Cartas GOP/ INST/046/01/06 y GOP/INST/050/01/06, del 10 de enero de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la MORDAZA de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante los dias 5, 7, 8, 9 y 10 de febrero de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 931, 932, 1466, 35806 y 35809, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 058-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 4 al 10 de febrero de 2006; Que, constituyendo una accion que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Direccion General de Aeronautica Civil para el presente ano, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aereas en concordancia con las normas tecnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, modificado por el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de

Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 058-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 4 al 10 de febrero de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 931, 932, 1466, 35806 y 35809, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,400.00 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 02159

Incorporan la carretera Atico-Caraveli a la Red Vial Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 089-2006-MTC/02 MORDAZA, 3 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, es competencia del Sector integrar interna y externamente al MORDAZA, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculado a las areas de recursos, produccion, mercados y centros poblados, a traves de la regulacion, promocion, ejecucion y supervision de la infraestructura de transporte y comunicaciones, a cuyo efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; en consecuencia, tiene entre sus funciones disenar, normar y ejecutar la politica de promocion y desarrollo en materia de transportes y comunicaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2005-MTC se incluyeron dos parrafos en el articulo 6 del Decreto Supremo Nº 062-85-TC, que aprobo el Clasificador de Rutas del MORDAZA, estableciendo que mediante la actualizacion del Clasificador de Rutas se podran incorporar a la Red Vial Nacional aquellas carreteras de las Redes Viales Departamental y Vecinal que se encuentren comprendidas en programas de promocion de la inversion privada a cargo del ente competente del Gobierno Nacional, previa solicitud de los Gobiernos,

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