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PÆg. 312001 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de febrero de 2006 Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de julio del 2005, y además se tendrá en cuenta todas las recomendaciones y propuestas efectuadas por los Señores Consejeros para la conformación de las Comisiones Evaluadoras.Asimismo, se debe tener en cuenta el Informe Nº 207- 2005-CEAA-CONAFU del 6 de agosto del 2005 respecto a la conformación de las Comisiones Calificadoras; Que, por acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, acordó por UNANIMIDAD primero: En cumplimiento a la Ley Nº 28564y a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la Resolución Nº 128-2005-CONAFU, el CONAFU inicia la evaluación de los Proyectos de Filiales Universitariasde las Universidades que han realizado el pago correspondiente y que estos hayan sido transferidos al CONAFU; Que, la Comisión Calificadora designada mediante Resolución Nº 172-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005; presenta su Informe Final decalificación de fecha 28 de diciembre del 2005, efectuada a la Filial en Chiclayo de la Universidad Alas Peruanas S.A. alcanzando un 82.50%, con un calificativo de MUYBUENO; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de juliodel 2005, Reglamento de la Ley Nº 28564 en su artículo 6º incisos 1), 2), 3), 4) y 5) se establecen los procedimientos normativos para la Ratificación yAutorización de Funcionamiento de Filiales Universitarias, tramitados ante la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 28564; Que, mediante Resolución Nº 098-2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 – Estatuto del CONAFU, en su artículo 4º dispone: Son fines del Consejo Nacional parala Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) incisos a) Promover una Educación Universitaria de calidad, en concordancia con los finesde la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente y, b) Desarrollar en el país una cultura de evaluación institucional orientada a la acreditaciónuniversitaria y, en su artículo 11º dispone: Son atribuciones del Pleno del CONAFU; inciso s) Constituir y designar comisiones especiales para el desempeñode encargos específicos y; en el inciso t) Asumir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos específicos corresponda al Pleno del CONAFU; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 004-2006- CONAFU del 11 de enero del 2006, se ACORDÓ conformar las comisiones verificadoras de las FilialesUniversitarias en concordancia con lo señalado en el Art. 6º inciso 4) de la Resolución Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de julio del 2005 y con arreglo, a la LeyNº 28564 la cual en su Disposición Transitoria Única, señala entre otras, a las siguientes Universidades y proyectos de Filiales Universitarias pasibles deevaluación: Universidad Alas Peruanas S.A.– Filial - Chiclayo y Filial – Huancayo. Que, la Comisión Verificadora designada mediante Resolución Nº 005-2006-CONAFU de fecha 17 de enero del 2006; presenta su Informe Final de fecha 22 de enero del 2006; emitiendo dentro de sus conclusiones que laUniversidad Alas Peruanas Filial Chiclayo ha alcanzado un puntaje superior al 82.05 por ciento que corresponde al calificado de MUY BUENO en los diferentesparámetros considerados por el CONAFU; Que, la respectiva Comisión Verificadora ha entregado su Informe con opinión favorable de autorización de laFilial Universitaria de Trujillo de la Universidad Alas Peruanas S.A., sometida a evaluación, ello al haber obtenido puntaje aprobatorio en la aplicación de las tablasde evaluación aprobadas por el CONAFU por lo que, corresponde expedirse la resolución de su propósito; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 020-2006- CONAFU. de fecha 26 de enero del 2006, se acordó AUTORIZAR a la Universidad Alas Peruanas S.A. el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la ciudad deChiclayo con las siguientes carreras profesionales: Turismo, Hotelería y Gastronomía; Derecho y Ciencias Políticas; Enfermería; Ingeniería de Sistemas eInformática; Tecnología Médica; Psicología Humana; y Estomatología; Estando a lo expuesto, Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, el Oficio Nº 1520-2005-SE/SG de fecha 22 de julio del 2005, la Resolución Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de julio del 2005, el Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 245-2005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU del 6 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, la Resolución Nº 172-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005, el Informe Final de fecha 28 dediciembre del 2005, Resolución Nº 098-2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 – Estatuto del CONAFU, el Acuerdo de Pleno Nº 004-2006-CONAFU del 11 de enerodel 2006, la Resolución Nº 005-2006-CONAFU de fecha 17 de enero del 2006, Informe Final de fecha 22 de enero del 2006, el Acuerdo de Pleno Nº 020-2006-CONAFU defecha 26 de enero del 2006; SE RESUELVE:Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Universidad Alas Peruanas S.A. el Funcionamiento de su Filial Universitariaen la ciudad de Chiclayo con las siguientes carreras profesionales: Turismo, Hotelería y Gastronomía; Derecho y Ciencias Políticas; Enfermería; Ingeniería deSistemas e Informática; Tecnología Médica; Psicología Humana; y Estomatología. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la Ciudad de Chiclayo de la Universidad Alas Peruanas S.A., funcionará con sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, hará uso pleno de laautonomía universitaria que le otorga la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, el Decreto Legislativo Nº 882 y demás disposicionescomplementarias y conexas; y conforme a los términos, condiciones y requisitos que aparecen en el proyecto de la Filial presentada ante el CONAFU. Artículo Tercero.- Notifíquese, a la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines de Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CÉSAR CRUZ CARBAJAL Presidente WUILDER TRUJILLO REYNA Secretario General 02120 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables dedelitos de peculado en agravio de laMunicipalidad Provincial de Padre Abad RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 030-2006-CG Lima, 1 de febrero del 2006VISTO; el Informe Especial Nº 004-2006-CG/ORIQ resultante del Examen Especial efectuado a laMunicipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el período 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, efectuó un Examen Especial en la Municipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali, orientado aevaluar y determinar si el grado de cumplimiento de los objetivos y metas institucionales del período 2002, respecto a la adquisición de bienes y a la ejecución deobras públicas; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha evidenciado que lasautoridades municipales, aprobaron sin sustento técnico el proyecto "Modernización de la Administración", incluyéndolo en el Programa de Inversiones delPresupuesto Institucional de Apertura 2002, financiado con recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero, siendo