Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2006 (04/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Nº de orden DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2006

Derecho de CALIFICACION Dependencia Autoridad Recursos Pago Auto- Evaluacion Previa donde se inicia Competente para Administrativos y Forma matico Positivo Negativo el tramite Aprobacion

f) MORDAZA del informe que contenga la evaluacion de los riesgos asociados a las operaciones que se brindaran a traves de los cajeros corresponsales y determinacion de las medidas que se tomaran para mitigar el riesgo, elaborado por la Unidad de Riesgos o equivalente. g) MORDAZA del informe que contenga la opinion de la Unidad de Auditoria Interna, respecto de la adecuacion de los controles internos implementados en la etapa previa al lanzamiento de operaciones o productos conforme el Reglamento de Auditoria Interna. h) Las modifiacciones estatutarias de la empresa, de ser pertinente. i) MORDAZA del modelo de contrato que se suscribira con el operador de servicios, persona natural o juridica que cuenta con establecimientos propios o de terceros donde se implementaran los cajeros corresponsales, el cual debe incluir clausulas que permitan una adecuada revision de la respectiva prestacion por parte de las empresas, la Unidad de Auditoria Interna, la Sociedad de Auditoria Externa, asi como por parte de la Superintendencia o la persona que esta designe. Adicionalmente, en el caso de utilizarse establecimientos de terceros, se debera remitir MORDAZA del modelo de contrato que suscribiran el operador de servicios, persona natural o juridica, con los terceros que brinden espacios fisicos u otra infraestructura necesaria para el desarrollo de la actividad de cajero corresponsal. j) Analisis costo-beneficio del proyecto. k) Modificaciones requeridas a los manuales de organizacion y funciones, politicas y procedimientos, control de riesgos, auditoria interna, asi como las de mejora del sistema de control interno de la empresa, para incorporar las operaciones con cajeros corresponsales. La Superintendencia realizara las evaluaciones que considere pertinentes, pudiendo determinar la viabilidad de los contratos en funcion a la exposicion de riesgos que los mismos impliquen para la empresa. De ser favorable, se emite la Resolucion de autorizacion en un plazo no mayor de 30 dias calendario de recibida la solicitud. Tratandose de suscripcion de nuevos contratos, se debera presentar una nueva solicitud de autorizacion, indicando el numero de contratos que se desea suscribir, asi como presentar la siguiente informacion: a) Nombre, denominacion o razon social del operador de servicios, persona natural o juridica, segun corresponda, con la que se suscribira el contrato de cajero corresponsal y los establecimientos comerciales, propios o de terceros, donde operaran los cajeros corresponsales, detallando sus respectivas actividades. b) Establecimientos propios o de terceros en los que se ofrecera el servicio de cajeros corresponsales, el horario de atencion y la oficina de la cual dependaran estos. c) Los servicios que se brindara a traves de cajeros corresponsales y los limites a ser aplicados. Asimismo, debera quedar a disosicion de la Superintendencia, la informacion adicional que resulte pertinente de los Anexos C y D de la MORDAZA que regula los cajeros corresponsales. Base Legal: Numeral 11 y Anexos C y D de la Circular B-2147-2005 y sus modificatorias, publicada el 17/06/2005. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001.

02187

Dictan disposiciones sobre modificaciones a la regulacion de cajeros corresponsales
CIRCULAR Nº B-2152-2006 MORDAZA, 3 de febrero de 2006 CIRCULAR Nº BFSCMCREAFEDPYME2152 -2006 0492 -2006 0615 -2006 0339 -2006 0208 -2006 0232 -2006 0121 -2006

y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, y con la finalidad de fomentar una mayor bancarizacion mediante la operacion de cajeros corresponsales, esta Superintendencia ha considerado conveniente emitir las disposiciones siguientes: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas facultadas a constituir cajeros corresponsales conforme lo senalado en la Circular B-2147-2005; F-0487-2005; S-0612-2005; EAF-0230-2005; CM-0334-2005; CR0203-2005; EDPYME-0118-2005. 2. Modificaciones a la regulacion de cajeros corresponsales Modificar el primer parrafo del numeral 10, primer parrafo del numeral 11, numeral 2 del Rubro I y literal e) del Rubro II del Anexo C y los literales a., b., e i. del Anexo D de la Circular B-2147-2005; F-0487-2005; S-0612-2005; EAF-0230-2005; CM-0334-2005; CR-0203-2005; EDPYME-0118-2005, conforme el siguiente texto:

----------------------------------Ref.: Modificaciones a las normas de cajeros corresponsales ----------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confieren los numerales 7 y 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero

10. Uso de Cajeros Corresponsales "Los Cajeros Corresponsales son operadores de servicios constituidos por personas naturales o juridicas que funcionan en establecimientos propios o de terceros, distintos de los del sistema financiero, respecto

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