Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2006 (04/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2006

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y Regidora del Concejo Distrital de Quinches
RESOLUCION Nº 058-2006-JNE Exp. Nº 34-2006-VAC MORDAZA, 1 de febrero de 2006 VISTO el Escrito Nº 01-C del 17 de enero del 2006, comunicando el fallecimiento del MORDAZA del Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Suyo; CONSIDERANDO: Que en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 8 de enero de 2006, que obra en fojas 3-5, el Concejo Distrital de Quinches declaro la vacancia del cargo de Regidor correspondiente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en virtud de lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 que dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el Concejo Municipal en caso de muerte; Que con el Acta de Defuncion, que obra a fojas 6, se acredita que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fallecio el 4 de enero del 2006; Que conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades mencionada, en caso de vacancia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA y en caso del regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; correspondiendo llamar al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que ocupe el cargo de MORDAZA y asimismo convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la lista de la organizacion politica nacional "Partido Democratico Somos Peru", segun Acta de inscripcion definitiva de candidatos del MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, que obra de fojas 8; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, otorgandosele la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e). 02112

MORDAZA Gavelan MORDAZA, personero legal del partido politico "Movimiento Nueva Izquierda", contra el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 016-2006-JEE/LC de fecha 7 de enero de 2006 del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro; CONSIDERANDO: Que la Resolucion Nº 016-2006-JEE/LC del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en su Articulo Primero, admitio a tramite la solicitud de inscripcion de la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada el 3 de enero de 2006 por el personero del partido politico "Movimiento Nueva Izquierda" para las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA de 2006; y en su Articulo MORDAZA, declaro improcedente el cambio provisional de denominacion del referido partido por el de "Frente Amplio de Izquierda (FAI)" y de simbolo, para ser utilizados en el MORDAZA de Elecciones Generales del ano 2006; Que el recurso de apelacion expresa agravios senalando que el extremo apelado de la Resolucion Nº 016-2006-JEE/LC no permite al partido politico "Movimiento Nueva Izquierda" usar una denominacion y un simbolo que los identifique temporalmente en este MORDAZA electoral, sin modificar definitivamente los ya inscritos, siendo la denominacion que se pretende adoptar para la MORDAZA electoral la de "Frente Amplio de Izquierda (FAI)", y el simbolo, una bandera flameante de color MORDAZA, con bordes negros y en cuyo centro contiene la letra "i" en color MORDAZA con bordes negros; exponiendo que dicho cambio temporal ha sido acordado por el Consejo Directivo Nacional, al encontrarse previsto en el estatuto partidario, el mismo que fue presentado a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, sin que se MORDAZA observado; y que, si bien el procedimiento que se pretende no esta considerado en el MORDAZA del MORDAZA Nacional de Elecciones, ello no significa que se restrinja el derecho a utilizar una denominacion y simbolo que convenga a los intereses de la organizacion; Que el partido politico "Movimiento Nueva Izquierda" tiene una denominacion y un simbolo inscritos en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones de conformidad con lo previsto en el articulo 4º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, los mismos que son unicos y diferentes a los de otras organizaciones politicas, y que lo identifican; Que el cambio temporal de denominacion y simbolo como parte de la MORDAZA electoral no esta previsto en la Ley de Partidos Politicos, debiendo las organizaciones politicas participar en elecciones con sus respectivas denominaciones, tal como lo hacen los candidatos con sus nombres, conforme se encuentran inscritos ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 35º concede personalidad juridica a los partidos politicos, y el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley de Partidos Politicos senala que estos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas juridicas de derecho privado; en tal sentido, si bien los partidos politicos tienen la facultad de autorregularse internamente a traves de sus estatutos, su participacion en los procesos electorales debe situarse dentro del MORDAZA de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094 y la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, es decir, normas electorales que se encuentran dentro del ambito de las normas de derecho publico; por lo que la formula presidencial y demas listas de candidatos que presente el partido politico "Movimiento Nueva Izquierda" deberan ser inscritas bajo la denominacion registrada ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que no se ha formulado tachas contra los candidatos de la formula presidencial presentada por el partido politico "Movimiento Nueva Izquierda"; y habiendose verificado que la correspondiente solicitud de inscripcion cumple con las exigencias senaladas en los articulos 104º, 106º y 109º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y lo normado en los articulos 3º y 4º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 393-2005-JNE de fecha 14 de diciembre de 2005, resulta arreglado a derecho proceder a su inscripcion definitiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 111º de la Ley Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Disponen inscripcion de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica del partido politico "Movimiento Nueva Izquierda"
RESOLUCION Nº 059-2006-JNE Expediente Nº 032-2006 MORDAZA, 2 de febrero de 2006 Visto en Audiencia Publica de fecha 31 de enero de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don Zetti

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