Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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de origen la modificacion al Contrato de Concesion Nº 033-94. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguiente a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 11799

Aprueban transferencia parcial de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica que efectua Electroandes S.A. a favor de Electrocentro S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2006-EM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 14001093, sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, cuyo titular es Electroandes S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11264232 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, y la solicitud de transferencia parcial de concesion presentada el 16 de setiembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 0962001-EM, de fecha 18 de MORDAZA de 2001, Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (hoy Electroandes S.A.) es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica otorgada originariamente mediante Resolucion Suprema Nº 08693-EM, la cual comprende diversas lineas de transmision, entre ellas, la Linea de Transmision de 138 kV CH Yaupi - SE Carhuamayo, asumiendo los derechos y obligaciones comprendidos en el Contrato de Concesion Nº 068-95; Que, mediante el documento presentado el 16 de setiembre de 2005, ingresado bajo el Registro Nº 1559622, Electroandes S.A. solicito la aprobacion de la transferencia parcial de la concesion a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro S.A., adjuntando para ello MORDAZA del Contrato de Cesion Parcial de Concesion de Transmision, suscrito el 18 de MORDAZA de 2005, conforme al cual, Electroandes S.A. transfirio parcialmente la concesion a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro S.A. exclusivamente en lo que se refiere a linea de transmision de 138 kV CH Yaupi - SE Carhuamayo, la cual viene siendo operada a un nivel de tension de 22,9 kV; Que, de acuerdo con la documentacion obrante en el Expediente presentada por Electroandes S.A. y por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro S.A. el 18 de enero de 2006, bajo el Registro Nº 1584716 y el 22 de febrero de 2006, bajo el Registro Nº 1592167, respectivamente, el Contrato de Cesion Parcial de Concesion de Transmision suscrito entre MORDAZA concesionarias, comprende exclusivamente la linea de transmision, toda vez que los equipos e instalaciones para la conexion de la misma

pertenecen a EGECEN en cuanto al punto de salida, y a ADINELSA en cuanto al punto de llegada; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2002-EM y estando a lo dispuesto en el articulo 1436º del Codigo Civil, segun el cual la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, procede aprobar la transferencia parcial solicitada y tener como titular de la nueva concesion a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro S.A., la que debera elevar el Contrato de Cesion Parcial de Concesion de Transmision a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, como consecuencia de la transferencia parcial producida, la mencionada linea de transmision materia de la nueva concesion debe ser excluida de la concesion otorgada originariamente mediante Resolucion Suprema Nº 086-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 304-2005-DGECEL; De conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia parcial de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, que efectua Electroandes S.A. a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. Electrocentro S.A., asignandole el Codigo Nº 1400109302. Articulo 2º.- La transferencia parcial aprobada en el articulo precedente esta conformada por la siguiente linea de transmision:
Salida/Llegada de la Linea de Transmision4 CH Yaupi1 - SE Carhuamayo2
1 2 3 4

Tension3 (kV) 138

Nº de Ternas 01

Longitud (km.) 67,3

Los equipos de conexion de la linea son de propiedad de ADINELSA Los equipos de conexion de la linea son de propiedad de EGECEN La linea opera en 22,9 kV La Lineas de Transmision de 138 kV es de propiedad de CENTROMIN PERU S.A., quien la ha cedido en Cesion en Uso a favor de ADINELSA, con el proposito de encargar su administracion a Electrocentro S.A. en el MORDAZA del Contrato de Administracion Nº 001-98, celebrado el 19 de noviembre de 1998.

Articulo 3º.- Tener como titular de la nueva concesion a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - Electrocentro S.A., y aprobar el Contrato de Concesion Nº 268-2005 a suscribirse entre el Estado y la mencionada empresa, el mismo que consta de 17 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Excluyese de la concesion otorgada originariamente mediante Resolucion Suprema Nº 08693-EM la Linea de Transmision a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo 3º de la presente Resolucion y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 6º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporada en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Cesion Parcial de

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