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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2006 (07/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 7 de julio de 2006 323141REPUBLICADELPERU Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11862 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61 /G79/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E /G42/GE9/G6C/G67/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0755-2006-RE Lima, 4 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivelglobal; Que, la negociación y suscripción de un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina y la UniónEuropea que incluya el diálogo político, programas de cooperación y un acuerdo comercial, es uno de los principales intereses del Perú en su relación con la UniónEuropea, siendo un objetivo prioritario el lanzamiento de negociaciones de un Acuerdo de Asociación CAN-UE en el 2006; Que, en la IV Cumbre de Jefes de Estado de América Latina y el Caribe -Unión Europea, celebrada en la ciudad de Viena, Austria, el 12 de mayo de 2006, la ComunidadAndina y la Unión Europea decidieron entablar en el transcurso del año 2006, un proceso conducente a la negociación de un Acuerdo de Asociación que incluya eldiálogo político, programas de cooperación y un acuerdo comercial, para lo cual se estableció como fecha límite el 20 de julio de 2006, para clarificar y definir las bases dela negociación que permitan una participación plena y beneficiosa para todas las partes; Que, en el marco de la Comunidad Andina se celebró una Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, en la ciudad de Quito, Ecuador, el 13 de junio de 2006, precedida por una Reunión Extraordinaria delConsejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores ampliado con la Comisión, el 12 de junio de 2006; Que, en esa ocasión los Presidentes andinos se comprometieron a impulsar el proceso acordado en la Cumbre de Viena para el inicio de las negociaciones de un Acuerdo de Asociación con la Unión Europea. LosPresidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú aprobaron la "Declaración de Quito", en la que se acuerda ejecutar un plan de trabajo con miras a clarificary definir con la Unión Europea, antes del 20 de julio de 2006, las propuestas de base de negociación de un Acuerdo de Asociación; Que, para tales efectos la Comunidad Andina y la Unión Europea han convenido en sostener reuniones a fin de aprobar el informe de Valoración Conjunta CAN-UE y definir las bases de la negociación de un Acuerdo de Asociación que incluya el diálogo político, programas de cooperación y un acuerdo comercial, los días 10, 11,12 y 13 de julio de 2006, en la ciudad de Bruselas, Bélgica; Que, en consecuencia, es necesario designar a la delegación peruana que participará en las reuniones dela Comunidad Andina y la Unión Europea; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; enconcordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio deRelaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos; el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; modificado por el artículo 15º delDecreto de Urgencia Nº 002-2006; y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en las reuniones entre la Comunidad Andina y la Unión Europea, a realizarse en la ciudad deBruselas, Reino de Bélgica, los días 10, 11, 12 y 13 de julio de 2006, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios diplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Harold Winston Forsyth Mejía, ViceministroSecretario General de Relaciones Exteriores, quien la presidirá, y - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Emilio Romero Cevallos, Subsecretario de Asuntos Económicos y Coordinador Nacional Titular del Perú para la Política Exterior Común de la Comunidad Andina. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación de los citados funcionarios diplomáticos,serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) díasal término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Nº de Total Tarifa Apellidos US$ por día días Viáticos Aeropuerto US$ US$ US$ Harold Forsyth Mejía 1, 786.00 260.00 4+2 1,560.00 30.25 José Emilio Romero Cevallos 1, 786.00 260.00 4+2 1,560.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince días (15) días calendario siguientes al término de la referidacomisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viajeautorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11754 SALUD /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G2C/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G2C /G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G2C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G2C /G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G2C/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G2C/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G20/G79/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 612-2006/MINSA Lima, 6 de julio del 2006Visto el Expediente Nº 06-053676-001, que contiene las Actas de Entrega y Recepción de funciones sectoriales y recursos, debidamente suscritas por la