Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

la actividad de distribucion de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, organizado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000323 de la Oficina Registral Trujillo; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva tiene por objeto desarrollar la actividad de distribucion en el Pequeno Sistema Electrico Catilluc - Tongod, ubicado en los distritos de Catilluc y Tongod, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 245-2002EM/DGAA, modificada por Resolucion Directoral Nº 3542005-MEM/AAE, de fechas 4 de setiembre de 2002 y 31 de octubre de 2005, respectivamente, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental del Pequeno Sistema Electrico Catilluc - Tongod; Que, las obras del Pequeno Sistema Electrico Catilluc - Tongod fueron concluidas y transferidas como aporte del Estado al capital de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA, segun consta en la Resolucion Ministerial Nº 178-2001-EM/DEP de fecha 18 de MORDAZA de 2001, y en virtud del Contrato de Administracion Nº 004-98, suscrito el 19 de noviembre de 1998, la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA ha entregado la administracion de las obras electricas del Pequeno Sistema Electrico a que se refiere la presente Resolucion, a favor de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A.; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º de la Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 142-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en las zonas de concesion del Pequeno Sistema Electrico Catilluc - Tongod, ubicado en los distritos de Catilluc y Tongod, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion otorgada, comprende las siguientes zonas de concesion, segun las especificaciones obrantes en el expediente:
ZONAS DE CONCESION 1 Tongod 2 La MORDAZA 3 Catilluc DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA PROVINCIA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA DISTRITO Tongod Tongod Catilluc PLANO Nº Catilluc 01/01 Catilluc 01/01 Catilluc 01/01

de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Nº 275-2006, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 11802

Aprueban modificacion de Contrato de Concesion para la generacion de energia electrica celebrado con EGECUZCO S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2006-EM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 11117501, organizado por Empresa de Generacion Hidroelectrica del Cuzco S.A. EGECUZCO S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11359658 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Pucara; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 211-2003; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 030-2003EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de agosto de 2003, se otorgo a favor de EGECUZCO S.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Pucara, que se ubicara en el departamento del MORDAZA, utilizando los recursos hidricos de los MORDAZA Irubamba, Salcca y MORDAZA, con una capacidad instalada de 130 MW; Que, en virtud de ello, fue suscrito el Contrato de Concesion Nº 211-2003, mediante el cual, entre otros aspectos, se establecio la obligacion de EGECUZCO S.A. de iniciar la ejecucion de las obras el 17 de setiembre de 2005, debiendo culminar con la puesta en operacion comercial de la Central el 18 de noviembre de 2008, conforme el Cronograma de Ejecucion de Obras que dicha empresa propuso y que forma parte integrante del referido Contrato; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28447 que, entre otros aspectos, modifico el literal b) del articulo 36º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844, senalando que la concesion caduca cuando el concesionario no realice estudios y/o no ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor o razones tecnico-economicas debidamente acreditadas y aprobadas por el Ministerio de Energia y Minas;

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 275-2006 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., el que consta de 18 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato

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