Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2006 (14/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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LICA DEL P E

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323636

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 14 de MORDAZA de 2006

c) Tercera Etapa: Entrevista Personal, con un puntaje MORDAZA de 20 puntos. Articulo 20º.- Primera Etapa del Concurso: Evaluacion Escrita Se realizara a traves de una prueba escrita de cincuenta (50) preguntas de opcion multiple, con un punto cada pregunta. Abarcara cuatro aspectos basicos: a) Conocimientos sobre Gestion Gubernamental y la Realidad Regional y Local en sus aspectos politicos, juridicos, sociales, economicos y administrativos (10 puntos). b) Conocimientos sobre Gestion Institucional y Administrativa en Educacion: Planeamiento, organizacion, presupuesto, administracion de personal, administracion de recursos materiales y financieros y supervision educativa (15 puntos). c) Conocimientos y Habilidades sobre Gestion Pedagogica: Curriculo, estrategias metodologicas, teorias psicologicas y educativas, clima institucional, evaluacion del educando y Reglamentos de la Ley 28044, Ley General de Educacion (15 puntos). d) Comprension Lectora y Razonamiento Matematico (10 puntos). Concluida la Evaluacion Escrita, la Comision publicara los resultados, indicando que solo pasan a la siguiente etapa, los postulantes que obtuvieron 26 puntos o mas. La Comision podra requerir el apoyo tecnico de una entidad publica o privada o de personal especializado, para que con la debida reserva formule los reactivos y apoye con la calificacion de los examenes escritos. Articulo 21º.- MORDAZA Etapa del Concurso: Evaluacion del Curriculo Vitae Los Curriculo Vitae de los postulantes aptos para esta etapa, seran evaluados de acuerdo a la Tabla de Calificacion que aparece como Anexo 01 del presente Reglamento. Concluida la evaluacion de esta etapa, la Comision publicara los resultados indicando que solo son considerados para la seleccion a la Entrevista Personal quienes hayan obtenido 16 puntos o mas. Articulo 22º.- Tercera Etapa del Concurso: Entrevista Personal Solo pasaran a esta etapa, hasta cinco (05) postulantes por Unidad de Gestion Educativa Local, que hayan obtenido el mayor puntaje acumulado, resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en la primera y MORDAZA etapa. En caso de empate en el puntaje del MORDAZA lugar, se incluira a todos los postulantes que registren esta condicion. En las Bases del Concurso se establecera el tiempo de duracion de la entrevista y la tematica sobre la que versara, la misma que tendra relacion con los factores de evaluacion establecidos en el Articulo 11º del presente Reglamento. Articulo 23º.- Solicitudes de Reclamo Los postulantes que se consideren afectados, en cada una de las etapas del Concurso Publico, podran presentar su solicitud de reclamo dirigida al Presidente de la Comision Regional de Concurso, dentro de las 24 horas de publicados los resultados, las que seran resueltas en un plazo MORDAZA de 48 horas. CAPITULO VII DE LA PUBLICACION DE RESULTADOS, DE LA DESIGNACION, INHABILITACION Y LA NULIDAD Y DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS Articulo 24º.- Publicacion de Resultados Preliminares La Comision Regional de Concurso Publico, una vez resueltas las posibles solicitudes de reclamo de la Tercera Etapa del Concurso, en un plazo MORDAZA de 24 horas, publicara el Cuadro de Meritos, especificando los puntajes parciales y total de cada postulante y declarando Ganador Prelimar a quien ocupe el primer lugar , siempre y cuando MORDAZA obtenido un puntaje total de 55 puntos o mas. Los que ocuparon el MORDAZA y tercer lugar en el Cuadro de Meritos, seran considerados en la Lista de Elegibles, siempre y cuando alcancen 55 puntos o mas.

Articulo 25º.- Informe de Resultados La Comision Regional de Concurso Publico presentara al Director Regional de Educacion, con MORDAZA al Presidente del Gobierno Regional y al Despacho Vice Ministerial de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion, el Informe Final detallado y documentado de todo el MORDAZA, considerando el Cuadro de Meritos con el nombre del Ganador Preliminar y los integrantes de la Lista de Elegibles. Articulo 26º.- Designacion del Ganador El Director Regional de Educacion, en un plazo MORDAZA de 24 horas de recibido el Informe Final de la Comision Regional de Concurso Publico y siempre y cuando no hayan recursos de impugnacion a los resultados, designara mediante Resolucion Directoral Regional, al Director de la Unidad de Gestion Educativa Local. La designacion del Director de la UGEL sera por un periodo de tres (03) anos, al termino del cual se volvera a convocar a Concurso Publico. Articulo 27º.- Inhabilitacion y Nulidad de Designacion Si se detecta que el postulante presento documentacion falsa o que la declaracion jurada no tiene la veracidad manifestada, quedara inhabilitado para participar o seguir participando en el Concurso Publico. De haberse emitido la Resolucion de designacion, esta sera declarada nula de puro derecho, debiendo reemplazarse al Director de la UGEL destituido, con uno de los integrantes de la Lista de Elegibles, en estricto orden de meritos. Articulo 28º.- Recursos Administrativos Los recursos administrativos de impugnacion, de existir, se resolveran con estricta sujecion a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. La reconsideracion se presentara ante el Director Regional de Educacion, dentro de las 24 horas de publicado el Cuadro de Meritos, debiendo ser resuelto hasta 48 horas despues de haberse recibido el Informe Final. La apelacion se presentara ante el Director Regional de Educacion, quien la elevara al Gerente General del Gobierno Regional. La revision se presentara ante el Gerente General del Gobierno Regional, quien la elevara al Presidente del Gobierno Regional. En este nivel se agotara la via administrativa. CAPITULO VIII RESPONSABILIDADES POR OMISIONES Y ENTORPECIMIENTO Articulo 29º.- Responsabilidades y Sanciones Los actos u omisiones que impidan o entorpezcan el Concurso Publico, o MORDAZA causas del incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, seran puestos en conocimiento del Ministerio de Educacion, del Gobierno Regional, de la Contraloria General de la Republica y del Ministerio Publico, segun el caso, para la determinacion de las responsabilidades y sanciones a que hubiera lugar. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En la Direccion de Educacion de MORDAZA Metropolitana, la Convocatoria del Concurso Publico sera realizada despues de concluirse con la transferencia de competencias a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la posterior designacion del Director Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana, mediante concurso. Segunda.- Las Direcciones Regionales de Educacion en coordinacion con los Gobiernos Regionales, evaluaran en periodos no menores al semestre ni mayores al ano, la gestion de los Directores de las Unidades de Gestion Educativa Local designados por concurso. Los resultados de la evaluacion motivaran su renovacion en el cargo o su remocion del cargo. El Ministerio de Educacion emitira las normas para reglamentar la presente disposicion. Tercera.- Las situaciones no reguladas ni previstas en el presente Reglamento, seran resueltas por la Direccion Regional de Educacion, en coordinacion con el Gobierno Regional correspondiente.

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