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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2006 (14/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 14 de julio de 2006 323639REPUBLICADELPERU Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra, emanados del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM; Que, en atención a lo específico y especializado de los términos de referencia a los que se ha hecho referencia precedentemente, se tiene que el Dr. Wilfredo Ruiz Ávila esun abogado especializado en derecho penal y procesal penal, que cuenta con amplia experiencia en materia de defensa judicial por delitos contra la Administración Pública,habiendo prestado asesoría especializada dirigida a empresas y entidades públicas y privadas; cuyas condiciones y características personales sustentanrazonable e indiscutiblemente su contratación para encargarse de la defensa de los funcionarios denunciados y estar este caso enmarcado en lo dispuesto por el DecretoSupremo Nº 018-2002-PCM; Que, en el ejercicio de las facultades de delegación contenidas en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; y sus modificatorias; resulta conveniente delegar, en la OficinaGeneral de Administración, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al proceso exonerado bajo la modalidad de servicios personalísimos a que se refierela presente resolución y las bases correspondientes; En virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM y su modificatoria; y el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003- EM; y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva "Contratación de Asesoría Legal", para contratar en la modalidad de serviciospersonalísimos, en forma directa y mediante acciones inmediatas, al Dr. Wilfredo Ruiz Ávila. Artículo 2º.- La contratación a la que se refiere el artículo precedente será realizada por la Oficina de Abastecimientos de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, hasta por el monto deS/. 36 500,00 (Treinta y Seis Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), valor referencial que incluye los impuestos de ley, por el período que dure el litigio, concargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, monto que será pagado al mencionado asesor legal de acuerdo a lo estipulado enel contrato a suscribirse con éste. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administración la aprobación del expediente y de lasBases correspondientes al proceso exonerado en la modalidad de servicios personalísimos. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de Administración remita copia de la presente Resolución y de los informes del Visto a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de su emisión; adicionalmente, deberá publicarla a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 12223 INTERIOR /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1482-2006-IN/1601 Lima, 12 de junio del 2006VISTO: El Acta Nº 003-2006-COESPROADMI APERTURA DE PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, del 19 de abril de 2006, de la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, designados mediante Resolución Ministerial Nº 0221- 2006-IN/0901 del 20 de enero 2006, y modificada con laResolución Ministerial Nº 0874-2006-IN-0901 del 20 de marzo del 2006, relacionado con la Instauración del Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionariosSr. Wilman GODOY PALOMINO, ex Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informática y los señores Dr. Luis Alberto CASTILLO BUESA Y Dr. Francisco BURGAVALDEZ, ex Directores de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, conforme fluye del contenido del Informe Nº 353-2005-IN/15 de fecha 11 de noviembre de 2005, la Dra. HERICA ZAPATA GOYCOCHEA, Directora de laOficina de Asesoría Legal de la DGGI, hace de conocimiento al señor LUIS ANGEL GARCIA HERMOZA, Director General de la DGGI sobre la determinación deresponsabilidad administrativa por la prescripción de la acción administrativa, relacionada al amago de incendio ocurrido el día 12 de mayo de 2003; así mismo con elInforme Nº 8371-2005-IN-0204, de fecha 20 de diciembre del 2005, la Dra. CECILIA ESPICHE ELIAS, Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica delMinisterio del Interior Opina que se proponga a la Alta Dirección un proyecto de Resolución Ministerial designando una Comisión Especial para que se pronunciesobre la apertura de PAD a los ex funcionarios de la Oficina de Telecomunicaciones e Informática y de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General deGobierno Interior del Ministerio del Interior, señores Wilman GODOY PALOMINO, Luis Alberto CASTILLO BUESA y Francisco BURGA VALDEZ; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0221-2006- IN/0901 del 20 de enero 2006, y su modificatoria con la Resolución Ministerial Nº 0874-2006-IN-0901 de fecha20 de marzo del 2006, se designa los miembros de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, que encumplimiento de las normas legales sesionaron, calificaron e informaron a la autoridad competente; Que, conforme fluye del contenido del Acta Nº 03- 2006-COESPROADMI-APERTURA DE PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, del 19 de abril de 2006, los miembros de la Comisión Especial actuandobajo el Principio de Legalidad con respeto al Derecho del Debido Proceso, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el artículo 151º y estando a lo facultadopara calificar las faltas de conformidad a lo previsto en el artículo 152º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto SupremoNº 005-90-PCM y cumpliendo con el artículo 166º de la acotada norma, informan adjuntando el acta indicada mediante el cual individualizaron y se pronuncian porUnanimidad por la apertura de Proceso Administrativo Disciplinario, a los ex funcionarios Wilman GODOY PALOMINO, ex Director de la Oficina deTelecomunicaciones e Informática de la DGGI, Dr. Luis Alberto CASTILLO BUESA Y Dr. Francisco BURGA VALDEZ, ex Directores de la Oficina de Asesoría Legalde la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, es preciso señalar que en el acta indicada en el visto de esta Resolución, los miembros de la Comisión Especial evaluaron las condiciones en cumplimiento estricto del artículo 151º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, resolviendo que los ex funcionarios antes citados serían pasibles de sanción por las faltas cometidas y establecidas en los Incs. a) y d), del Art. 28ºde la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276; así mismo están incursosen la acción de incumplimiento, según el Art. 132º, inciso 132.3 y el Art. 143º incisos 143.1, y 143.2, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;