Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2006 (15/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

323736
DICE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano sabado 15 de MORDAZA de 2006

"SEXTO.- PERIODICIDAD Y RECAUDACION Las tasas de arbitrios denominados Limpieza Publica (recoleccion de residuos solidos y barrido de calles), Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, fueron establecidos por periodos mensuales; sin embargo, para efectos de recaudacion con respecto a los ejercicios fiscales 2002 2005, se debera de tener en cuenta los plazos establecidos en el articulo decimo tercero de la presente Ordenanza." DEBE DECIR: "Las tasas de arbitrios denominados Limpieza Publica (recoleccion de residuos solidos y barrido de calles), Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, fueron establecidos por periodos mensuales; sin embargo, para efectos de recaudacion con respecto a los ejercicios fiscales 2002 2005, se debera de tener en cuenta los plazos establecidos en el Articulo Decimo MORDAZA de la presente." Tercero.- Modifiquese el Articulo Decimo MORDAZA de la Ordenanza Nº 077-CDLCH, por el texto siguiente: DICE: "DECIMO CUARTO.- CRONOGRAMA DE PAGOS Para los arbitrios materia de la presente ordenanza quedan establecidas las fechas de vencimiento como sigue: Ano 2002 (1º, 2º, diciembre del 2002 Ano 2003 (1º, 2º, diciembre del 2003 Ano 2004 (1º, 2º, diciembre del 2004 Ano 2005 (1º, 2º, diciembre del 2005" DEBE DECIR: "DECIMO CUARTO.- CRONOGRAMA DE PAGOS Para los arbitrios materia de la presente ordenanza (2002 - 2005) quedan establecidas las fechas de vencimiento hasta el 31 de diciembre del 2006." Cuarto.- Recomendar al Concejo Metropolitano de MORDAZA la modificacion de los plazos concedidos en el articulo Art.4º, inc b) de su Ordenanza Nº 952, dado que vulnera los plazos minimos (48 horas) que la Ley Organica de Municipalidades prevee para convocar a Sesion de Concejo para, como en el presente caso, modificar mediante otra ordenanza una ya expedida, sugiriendo como plazo minimo el de 72 horas habiles. POR TANTO: De conformidad a lo dispuesto por el Art. 20º, numeral 5) de la Ley Nº 27972, promulgo la presente Ordenanza a los cuatro dias del mes de MORDAZA del dos mil seis. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00050-2 3º y 4º Trimestre) Hasta el 31 de 3º y 4º Trimestre) Hasta el 31 de 3º y 4º Trimestre) Hasta el 31 de 3º y 4º Trimestre) Hasta el 31 de

Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en el Articulo 93º, Numeral 6, que las municipalidades estan facultadas para disponer la pintura periodica de las fachadas, y el uso o no de determinados colores; Que, la Ordenanza Nº 156-MSI, que establece Medidas de Proteccion del Ornato de la MORDAZA MORDAZA Dasso, publicada el 10 de junio de 2006, prescribe en su articulo 9º que la gama de MORDAZA de las fachadas para la MORDAZA sera determinada mediante Decreto del Alcaldia; Que, mediante Informe visto la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA eleva a la Gerencia Municipal la propuesta de gama de MORDAZA elaborada en el proyecto de regeneracion MORDAZA de la Av. MORDAZA Dasso; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la gama de MORDAZA para la Av. MORDAZA Dasso, conforme el Anexo 1 que forma parte del presente Decreto. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios, que se encuentran dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 156-MSI, procederan al pintado de las fachadas conforme los MORDAZA aprobados por el presente Decreto. Articulo 3º.- Encargar la difusion del presente Decreto a la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 0015-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Amplian plazo de vencimientos de pago de arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 177-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 14 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza 146-MDSMP, se aprobo la modificacion de la Determinacion de las tasa de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002 al 2005 y de serenazgo del ejercicio 2005 estableciendo ademas los plazos correspondientes para el pago de estos tributos; Que, mediante la Ordenanza Nº 147-MDSMP se aprobo el Regimen de Recoleccion de Residuos Solidos y Escombros, Barrido de Calles, Parques y Jardines asi como de Serenazgo correspondientes al ano 2006, estableciendose ademas las fechas de vencimiento de cada uno de las cuotas mensuales; Que, la Ordenanza Municipal Nº 146-MDSMP consideraba que para regularizar los pagos determinados por concepto de arbitrios municipales para los anos 2002, 2003, 2004 y 2005 siempre que cancelen al contado tendrian como beneficio un equivalente al 20% respecto a los importes establecidos en la mencionada ordenanza, habiendose vencido este termino en el que debian de haber efectuado el pago, por lo que se hace necesario prorrogar el plazo senalado hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso; Que, la Gerencia de Administracion y Rentas con Memorandum Nº 931-2006-GATR/MDSMP, informa que a

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban gama de MORDAZA para la Av. MORDAZA Dasso
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2006-ALC/MSI
San MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTO, el Informe Nº 209-2006-19-GACU/MSI, de fecha 16 de junio de 2006, por el cual la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA eleva a la Gerencia Municipal la propuesta de MORDAZA para la Av. MORDAZA Dasso.

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