Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2006 (15/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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UB

LICA DEL P E

RU

323724
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 15 de MORDAZA de 2006

Articulo 1º.- Interpretar los alcances del inciso e) del articulo 47º de la Ley del MORDAZA de Valores, en los siguientes terminos: La excepcion al deber de reserva prevista en el inciso e) del articulo 47º de la LMV constituye un supuesto de acceso restringido a la informacion de los inversionistas del MORDAZA de valores, por lo que opera unicamente respecto de casos concretos en los que se observe el ejercicio de facultades de la administracion tributaria relacionadas con un contribuyente o sujeto pasivo del impuesto a la renta a que se refiere la Ley del Impuesto a la Renta. La informacion a la que es posible acceder por parte de la SUNAT respecto de los participes de los fondos, inversionistas u otros contribuyentes del impuesto a la renta, es aquella que se consigna en el certificado de atribucion de rentas a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, no siendo posible que la SUNAT acceda a informacion adicional respecto de los participes, pues ello implicaria una vulneracion del deber de reserva. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion en el MORDAZA de CONASEV y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente 00078-1

resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124° del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Articulo Segundo.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la concesion minera KOALA 05, codigo N° 010095506, cuyo titulo se aprobo en el mes de MORDAZA del 2006 y que por error se omitio su publicacion, para los efectos a que se contraen los articulos 124° del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 12162

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas de la Municipalidad de Ancon que establecen arbitrios de limpieza publica, parques y jardines correspondientes a los ejercicios 2002 al 2005 y de serenazgo de los ejercicios 2003 al 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 249
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de MORDAZA del ano en curso el Oficio Nº 001-090-00003503 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 081-2006-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 084-2006-MDA, que establece la modificacion de la determinacion de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005, asi como el servicio de serenazgo por los ejercicios 2003 al 2005, en la circunscripcion del distrito de Ancon, aprobadas por la citada Municipalidad Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, modificada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-06-06, en aplicacion de la Ley Nº 28762, que establecio el plazo excepcional hasta el 15 de MORDAZA del 2006, para la publicacion de las citadas Ordenanzas. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727, 830 y 952, emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el

INACC
Disponen la publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de junio de 2006 y concesion minera cuyo titulo fue aprobado en MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 2925-2006-INACC/J MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se denomino al Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, asi como de administrar el Derecho de Vigencia y el Catastro Minero, como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, el articulo 5° de la MORDAZA legal citada dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Junio del 2006, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente

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