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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2006 (15/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 15 de julio de 2006 323729REPUBLICADELPERU De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria- SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 174-2006-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 077- CDLCH, modificada por la Nº 079-CDLCH, en lo correspondiente a la tasa de los arbitrios de parques y jardines de los ejercicios 2002 al 2005 y serenazgodel ejercicio 2003 (2º, 3º y 4º trimestre), 2004 y 2005en la circunscripción del distrito de Lurigancho- Chosica, dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia delTribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- No ratificar los arbitrios de limpieza pública correspondientes a los ejercicios 2002 al 2005 (recolección de residuos sólidos y barrido de calles), en atención a que se ha procedido a distribuir elcosto total de ambos servicios de cada uno de los años,en función únicamente de los criterios de distribución aplicables al caso de residuos sólidos, no guardando correspondencia con lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 00053-2004-PI/TC, de la misma forma no procede la ratificación del arbitrio de serenazgo correspondiente al ejercicio 2002 y el primer trimestre del ejercicio 2003, enatención a que la citada Municipalidad dispuso a través de sus Ordenanzas Nos. 038-CDL-CH publicada el 29- 04-2003 y Ordenanza Nº 037-CDL-CH publicada el 9-5- 05 y dejar sin efecto los cobros por dicho concepto. Artículo Tercero.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 15de julio del 2006, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nos. 077-CDLCH, modificada por la Nº 079- CDLCH, de los anexos que contienen el informe técnico, los cuadros de estructuras de costos y estimación deingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio que la sustentan. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe señalarse que los documentos presentados para la ratificación de las Ordenanzas antes indicadas, tienecarácter de Declaración Jurada, para los efectos legales aque hubiera lugar, en aplicación de las Ordenanzas N°s. 607-MML y 952-MML. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 00049-1 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G74/G61/G20/G48/G65/G72/G6D/G6F/G73/G61/G20/G71/G75/G65/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G6F/G73/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G2C /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ACUERDO DE CONCEJO Nº 256 Lima, 13 de julio de 2006 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de julio del año en curso el Oficio Nº 001-090-00003511 de laJefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 086-MDPH, que establece el régimen tributario de losarbitrios municipales en la circunscripción del distrito dePunta Hermosa, correspondiente al ejercicio 2006,aprobada por dicha Municipalidad Distrital; y,CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º delTexto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF . Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por lasMunicipalidades Provinciales de su circunscripción, parasu entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima reguló el procedimiento para la ratificación de Ordenanzas Tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, modificada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-6-06, en aplicación de la Ley Nº 28762, que estableció elplazo excepcional hasta el 15 de julio del 2006, para lapublicación de las citadas Ordenanzas. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la ratificación, remitiéndola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con lainformación y/o documentación sustentatoria respectiva, laque tiene carácter de Declaración Jurada. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727, 830 y 952, emitidas por la Municipalidad Metropolitana deLima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por elTribunal Constitucional en los expedientes Nºs. 0041-2004- AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) delArtículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML y el Inc. d) del artículo 4º de la Ordenanza Nº 952-MML, concluyendo según Informe Nº 004-082-00000505, que procede la ratificación de la mencionada Ordenanza, por cumplir losrequisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria -SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 175-2006-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la MunicipalidadMetropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 086- MDPH, que establece el marco legal, la distribución y ladeterminación de los arbitrios de limpieza pública, parquesy jardines públicos y serenazgo en la circunscripción del distrito de Punta Hermosa, correspondiente al ejercicio 2006, dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentracondicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 15 de julio del 2006, conjuntamente con el texto íntegro de la Ordenanza Nº 086-MDPH, de los anexos quecontienen el informe técnico, los cuadros de estructurasde costos y estimación de ingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio que la sustentan. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe señalarse que los documentos presentados para la ratificación de laOrdenanza antes indicada, tiene carácter de DeclaraciónJurada, para los efectos legales a que hubiera lugar, en aplicación de las Ordenanzas Nºs. 607-MML y 952-MML Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 00051-2