Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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para el que fue nombrado el Jefe de la ONPE o Jefe del RENIEC, segun corresponda. Contenido de la publicacion de la convocatoria Articulo 5º.- La publicacion de la convocatoria a que se refiere el articulo anterior debera contener como datos minimos, el nombre del funcionario convocado, cargo que ostenta, base legal, comunicacion del funcionario que exprese su deseo de someterse al MORDAZA de ratificacion, fecha de inicio del MORDAZA, cronograma de actividades incluida la fecha de entrevista personal, convocatoria a participacion ciudadana, asi como la informacion requerida al funcionario convocado a que se refiere el articulo 7º del presente reglamento. La publicacion se efectua en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional. La Presidencia del Consejo dispondra la notificacion en forma personal del inicio del MORDAZA al Jefe de la ONPE o al Jefe del RENIEC, segun corresponda. Solicitud de informacion Articulo 6º.- Treinta dias naturales MORDAZA del inicio del MORDAZA, el Presidente del Consejo solicitara los informes a que se refieren los articulos 9º, 10 y 11º del presente reglamento, conforme a lo dispuesto por el articulo 35º de la Ley Organica del CNM, que obliga a todo organismo e institucion publica o privada a remitirle informacion que requiera para el desempeno de sus funciones, bajo responsabilidad. Informacion que debe presentar el funcionario convocado Articulo 7º.- Para los efectos de la evaluacion, el funcionario convocado, en el plazo de diez dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la convocatoria, se apersonara por escrito dirigido al Presidente del Consejo, indicando sus datos personales y senalando domicilio en la MORDAZA de MORDAZA para los actos de notificacion. A dicho escrito debera anexar, lo siguiente: a) Curriculum Vitae actualizado y documentado. El curriculum se presentara de acuerdo al formato aprobado por la Comision para tal efecto que estara disponible en el MORDAZA web del CNM. b) MORDAZA de su Documento Nacional de Identidad. c) MORDAZA certificada de su acta de nacimiento. d) MORDAZA de las declaraciones juradas de bienes y rentas presentadas a la institucion en la cual labora con arreglo a la Constitucion y las leyes de la materia. e) Copias de las memorias anuales institucionales efectuadas conforme a las disposiciones legales correspondientes en el desempeno de sus funciones, durante el periodo materia de evaluacion. f) MORDAZA de los documentos que contengan el Plan de Trabajo Institucional periodico, en los que consten las actividades y metas alcanzadas y por alcanzarse al final de la gestion del funcionario respectivo. g) Certificado medico expedido por el area de salud correspondiente que acredite que se encuentra en buen estado de salud fisica. h) Certificado medico expedido por el area de salud correspondiente que acredite que se encuentra en buen estado de salud mental. i) Declaracion jurada actual con firma legalizada ante notario publico, de sus bienes y rentas a la fecha de la convocatoria. En dicha declaracion debera indicarse los bienes muebles o inmueble adquiridos durante el plazo en que duro su gestion y cuyo valor superen el monto de cinco unidades impositivas tributaria a la fecha de adquisicion. j) Declaracion jurada en la que informara lo siguiente: 1. Si ha sido sancionado o es procesado por imputarsele responsabilidad penal, civil o disciplinaria, precisando, de ser el caso, la sancion aplicada, el motivo y la autoridad que la aplico. 2. La fecha de ingreso a clubes sociales y deportivos. 3. Si tiene parentesco hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA por afinidad o por razon de

matrimonio con trabajadores o funcionarios que laboren o hayan laborado en la entidad de la que es titular durante el periodo en el que ha desempenando el cargo. Plazo para subsanar omision, ampliar o aclarar informacion Articulo 8º.- En caso de haber omitido la MORDAZA de algun requisito o, si se estimara necesario ampliar o aclarar algun MORDAZA contenido en la informacion suministrada por el funcionario convocado, la Comision dispondra que cumpla con presentar la documentacion omitida, o amplie o aclare lo que corresponda en el plazo de 3 dias habiles. El evaluado podra autorizar el levantamiento de la reserva bancaria y tributaria. Informacion solicitada a la ONPE y a RENIEC Articulo 9º.- La Presidencia del Consejo solicitara a la ONPE o al RENIEC, segun corresponda, que remitan informes actualizados y documentados del escalafon del evaluado. Ademas se solicitara informacion sobre: a) Numero de licencias concedidas, con indicacion del motivo y de su duracion. b) Ausencias del lugar donde se ejerce el cargo sin aviso o inmotivadas. Informacion solicitada a la Contraloria General de la Republica Articulo 10º.- La Presidencia del CNM solicitara a la Contraloria General de la Republica informacion sobre la existencia de algun procedimiento que MORDAZA concluido con una recomendacion de acciones preventivas o correctivas como consecuencia de una accion de control, efectuados a la ONPE o al RENIEC, de conformidad con la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; asimismo de los informes que se hayan emitido durante la gestion de los funcionarios sujetos a evaluacion. Informacion solicitada a otras entidades publicas. Articulo 11º.- Sin perjuicio de lo normado precedentemente, el Presidente solicitara informacion a cualquier entidad publica o privada a efectos de reunir informacion sobre la gestion y labor desarrollada por dichos funcionarios. Tratandose de documentacion e informacion relativa a hechos bancarios o tributarios, la Comision efectuara las gestiones pertinentes con arreglo a lo previsto en el articulo 2º, numeral 5. de la Constitucion Politica del Peru. Participacion ciudadana. Requisitos y tramite. Articulo 12º.- Cualquier ciudadano debidamente identificado, institucion u organismo publico o privado legalmente representado puede poner en conocimiento del Consejo la existencia de hechos y meritos que favorezcan la continuidad en el cargo o, que contrariamente, lo desmerezcan para seguir ocupandolo. La comunicacion que se presente via participacion ciudadana se efectuara mediante escrito dirigido al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura y, contendra los requisitos siguientes: a) Nombres y apellidos y nombres del presentante, indicando el numero de su documento nacional de identidad, carne de extranjeria, su domicilio real y, opcionalmente, domicilio procesal en la capital de la Republica. En su caso, indicara que documento acredita la representacion respectiva. Si el escrito lo presenta una pluralidad de personas debe consignarse los datos de cada una de ellas, senalandose un domicilio procesal comun; b) Nombres y apellidos del funcionario sometido a ratificacion; c) La descripcion de los hechos y los fundamentos de derecho en que se apoya; d) La relacion de documentos que sustenten la informacion;

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