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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319964El Peruano Jueves 1 de junio de 2006 provincia de Huaral. Su actual carga procesal será transferida al Segundo Juzgado Mixto de Barranca. Artículo Tercero.- Disponer que la actual Sala Superior Penal conocerá los procesos conforme al artículo 27º del Código Procesal Penal del 2004, con competencia en razón del territorio en el Distrito Judicial de Huaura; su actual carga procesal será transferida a la Sala Superior Penal Transitoria creada por la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que los actuales Juzgados Mixtos de las Provincias de Cajatambo y Oyón continuarán tramitando las causas penales regidas por el Código de Procedimientos Penales en su respectiva circunscripción hasta su culminación; asimismo, a partir del 1º de julio del presente año, en adición a sus funciones, se constituirán en Juzgados de la Investigación Preparatoria, respectivamente, con competencia material y funcional de acuerdo a lo establecido en el artículo 29º del Código Procesal Penal del 2004, y con competencia territorial en las mencionadas provincias. Artículo Quinto.- Disponer, para una adecuada implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura, lo siguiente: - La Sala y Juzgados que conocerán los procesos regidos por el Código Procesal Penal del 2004 estarán a cargo de magistrados titulares, y en caso de no existir recién serán asumidos por provisionales o suplentes. - El Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal del Poder Judicial, en coordinación con la Comisión Distrital de Implementación de la Corte Superior de Justicia de Huaura, realizará el seguimiento del proceso de adecuación materia de la presente resolución, proponiendo y sustentando oportunamente los ajustes que se consideren apropiados. Artículo Sexto: Los gastos que genere lo dispuesto en la presente resolución, serán con cargo al menor gasto producido por el desfase en la implementación de los nuevos órganos jurisdiccionales creados mediante Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 009-2006-CE-PJ y el Fortalecimiento de Órganos Jurisdiccionales, Áreas Administrativas y Estudios de Preinversión del Poder Judicial para el Año Fiscal 2006, aprobado por Resolución Administrativa Nº 045-2006-CE-PJ. Artículo Sétimo.- Disponer que previa coordinación de la Gerencia General del Poder Judicial, el Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia - Banco Mundial implementará los órganos jurisdiccionales creados por la presente resolución, así como la capacitación respectiva, en relación a la puesta en vigencia del Código Procesal Penal. Artículo Octavo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, para que adopte las acciones administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Noveno.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial brindar el apoyo que sea necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Décimo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO09683CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65 /G6C/G61/G73/G20/G53/G61/G6C/G61/G73/G20/G79/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E /G6C/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G73/G6F/G20/G2D/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 188-2006-P-CSJLI/PJ Lima, treinta de mayo del 2006.- VISTOS Y CONSIDERANDO:Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa Nº 107-2006-CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso el inicio del funcionamiento de dos Salas Transitorias y 4 Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo, creados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resoluciones Administrativas Nº 009-2006-CE-PJ y Nº 064-2006-CE-PJ; sumándose éstos nuevos órganos jurisdiccionales a los ya existentes, contando esta Corte Superior, a la fecha, con 4 Salas y 8 Juzgados de la citada especialidad. Segundo.- Que, el objetivo principal de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima es el de proporcionar un servicio de calidad a favor de sus usuarios así como el de apoyar las funciones sustantivas y adjetivas de cada uno de los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Que, en este orden de ideas, para este Despacho, resulta imperioso reforzar la coordinación en el desarrollo de las funciones de las Salas y Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo, con el objeto de cautelar el cumplimiento de los deberes de los Magistrados; en tal sentido, se ve por conveniente encomendar la supervisión de los mencionados órganos jurisdiccionales, al Magistrado Coordinador. Por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas a la suscrita por los incisos 3) y 9) del Art. 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, para el presente año judicial, al señor doctor PEDRO ABEL BETANCOUR BOSSIO, como MAGISTRADO COORDINADOR de las Salas y Juzgados Especializados en lo Contencioso - Administrativo, en adición a su labor jurisdiccional como Presidente de la 2º Sala de la citada especialidad. Artículo Segundo.- DISPONER como funciones específicas del Magistrado Coordinador las siguientes: a) Proponer, en coordinación con las Salas y Juzgados, soluciones para la mejora en la organización de los despachos. b) Encomendar que la atención a los usuarios por parte de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales, sea la más adecuada ciñéndose a las normas que correspondan. c) Recomendar a la Presidencia de la Corte Superior, la emisión de directivas u otras resoluciones con el objeto de mejorar el Despacho Judicial de las citadas judicaturas. d) Efectuar gestiones con la Comisión de Capacitación del Área Contenciosa - Administrativa así como con la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales para que desarrollen periódicamente y de acuerdo a su competencia, actividades de capacitación para los magistrados y auxiliares. e) Remitir un informe mensual a la Presidencia de la Corte Superior sobre el funcionamiento de las Salas y Juzgados y las labores encomendadas como Coordinador. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital así como las correspondientes a